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RESOLUCION-0677-2026-JNE resolucion nacional In force

Resolución N° 0677-2026-JNE - Aprueban el uso del padrón de electores afiliados de la organización política Movimiento Regional Arequipa Avancemos para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026

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Resolución Nº 0677-2026-JNE

Lima, 3 de abril de 2026

VISTOS: el Oficio N° 000740-2026/SGEN/RENIEC remitido por la secretaria general del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), el 26 de marzo de 2026, con el cual informa sobre la elaboración de los padrones de electores afiliados de las organizaciones políticas para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; el Informe N° 000096-2026-DNROP/JNE, del 30 de marzo de 2026 y el Informe ampliatorio N° 000163-2026-DNROP/JNE del 1 de abril de 2026 suscritos por el director de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), con el cual comunica el número de afiliados contenido en el padrón de electores afiliados de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS, así como su carga en el repositorio informático del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

CONSIDERANDOS

  1. Mediante el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 7 de enero 2026, la Presidencia de la República convocó, para el domingo 4 de octubre de 2026, a Elecciones Regionales y Municipales 2026, para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

  2. Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, la determinación de candidaturas y su orden en la lista correspondiente se realiza a través de elecciones primarias, las cuales son organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), asimismo, al Reniec le corresponde elaborar los padrones de electores afiliados sobre la base de la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, de conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

  3. De acuerdo con lo previsto en los artículos 21 y 25 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 -aprobado mediante la Resolución N° 0679-2025-JNE-, se establece que cada organización política que participa en las elecciones primarias tiene su correspondiente padrón de electores afiliados, el cual está conformado por todos los afiliados presentados oportunamente ante la DNROP, dentro del plazo establecido en el cronograma electoral, esto es, hasta el 7 de enero de 20261, y es aprobado para su uso en las elecciones primarias, de manera independiente para cada organización política, hasta el 3 de abril de 20262.

  4. A través de la Resolución Gerencial N° 000047-2026-GOECOR/ONPE, del 26 de febrero de 2026, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la ONPE tuvo por comunicada la modalidad de elecciones primarias de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS: modalidad a prevista en el artículo 24 de la LOP, modificado por la Ley N° 31981, es decir, la elección con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los afiliados y de electores no afiliados previamente registrados ante la organización política.

  5. En ese contexto, la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS optó por la modalidad de elecciones primarias antes señalada, lo que implicaba contar tanto con un padrón de electores afiliados como con un padrón de electores no afiliados previamente registrados. No obstante, conforme al informe ampliatorio citado en el visto de la presente resolución, el personero legal titular de la organización política presentó, el 26 de febrero de 2026, un padrón de electores no afiliados para participar en las elecciones primarias, y mediante escrito, del 13 de marzo de 2026, formuló desistimiento respecto de dicha presentación, el cual fue aceptado mediante la Resolución N° 000167-2026-DNROP/JNE, de fecha 17 de marzo de 2026.

  6. Así las cosas, para el caso de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS, el Reniec ha elaborado el correspondiente padrón de electores afiliados con la información proporcionada por la DNROP; en tal sentido, dicho padrón, que registra un total de 2 434 afiliados, se encuentra expedito para la oportuna aprobación de su uso y su posterior puesta a disposición de la ONPE, a fin de que se continúe con la organización de las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1.- APROBAR EL USO, para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, del padrón de electores afiliados de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS, elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual contiene un total de 2 434 afiliados.

2.- PONER A DISPOSICIÓN de la Oficina Nacional de Procesos Electorales el padrón de electores afiliados de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS, que se encuentra alojado en el servidor informático del Jurado Nacional de Elecciones.

3.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como del Órgano Electoral Central de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AREQUIPA AVANCEMOS, para los fines pertinentes.

4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Fecha límite para que las organizaciones políticas presenten padrones incrementales de afiliados, según la Ley N° 32536, y el Cronograma electoral actualizado de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, aprobado con la Resolución N° 0003-2026-JNE, del 4 de enero de 2026.

2 Fecha límite para la aprobación del uso de los padrones de electores afiliados y no afiliados para elecciones primarias, según el Cronograma Electoral actualizado de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, aprobado con la Resolución N° 0003-2026-JNE, del 4 de enero de 2026.

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