Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0031 - 2017-GRU-CR.
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” ucagáli
ORDENANZA REGIONAL N* 031-2017-GRU-CR
Pucallpa, seis de diciembre de 2017
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demas normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N* 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, conómica y administrativa en los asuntos de su competencia;
ue, la Constitución Política del Perú declara en su artículo 1” que la persona humana y el respeto de su lignidad son el fin supremo de la Sociedad y del Estado, y en el inciso 2 del artículo 2* garantiza que toda persona tiene derecho a la igualdad y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, condición económica o de cualquier otra indole, y el artículo 7° señala que todos tienes derecho a la protección de su salud;
Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley, y en el Artículo 4°, literal a), establece que, los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas Nacionales y Sectoriales; |
Que, el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras aprobar, modificar o derogar las mormas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; así también el artículo 60°, inciso h), establece como función de los Gobiernos Regionales formular y ejecutar políticas de acciones para que la asistencia social se torne productiva para la Región, con protección y apoyo a los Niños, Jóvenes y Adolescentes;
Que, la atención de la primera Infancia y la Adolescencia es una política de Estado que compromete a todas las Instituciones Públicas de nuestra Región, con participación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efectivizar resultados inmediatos y generar políticas públicas en la Región; garantizando la protección, defensa y promoción de los derechos de los niños y niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral;
Considerando que en la Región Ucayali existe un alto índice de embarazo en Jóvenes entre 15 y 19 años tal como lo muestran los principales indicadores sanitarios tememos que en el Perú, según la última Encuesta Nacional Demográfica y Salud Familiar (ENDES 2016), el indice de embarazo en jóvenes de 15 a 19 años fue de 12.7%, el cual mostró una ligera disminución con respecto del año 2015 (13.6%); sin embargo, en la Región Ucayali por el contrario, se mostró un incremento de 0.5% alcanzando un 26.7% con respecto del año anterior (ENDES 2015: 26.2%), situando a la Región Ucayali en segundo lugar de embarazo en jóvenes a nivel nacional de 15 a 19 años;
A nivel nacional, en cuanto al área de residencia se evidencia una marcada diferencia entre el área rural y urbana, mostrándonos un 22.7% de embarazo en Adolescentes en las zonas rurales frente a un 9.8% en zonas urbanas, ubicando a Purús y Atalaya como las dos Provincias con mayor cantidad de casos de embarazos en Adolescentes, a diferencia de Coronel Portillo y Padre Abad; asimismo que de acuerdo a etnicidad, esta problemática sitúa a la población indígena de la Amazonía como la etnia que muestra más
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"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali ¡Región Productiva!
casos de esta problemática a nivel nacional. Siendo éstas (area de residencia y etnia) dos características importantes de nuestro espacio geográfico;
Que, el Estado Peruano asumió en los últimos años una serie de compromisos para incrementar los Servicios de Nutrición, Salud, Educación y protección a favor de la Primera Infancia y mejorar así su calidad de atención, figurando entre ellas el Acuerdo Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo N° 105-2002-PCM, el Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia — PRAIA, aprobado mediante Decreto Supremo N’ 001-2012-MIMP, el mismo que mediante Ley N° 30362 es elevado a rango de ley y declara de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos para garantizar su cumplimiento; el Proyecto Educativo Nacional, aprobado mediante Resolución Suprema N° 00 1-2007-ED; el Pacto Social por la Educación de la Primera Infancia y Los Lineamientos para la Gestión Articulada Intersectorial e Intergubernamental orientada a promover y proteger la Primera Infancia y Adolescencia aprobada con DS N* 010-2016/MIDIS;
La Adolescencia es el periodo del ciclo de vida donde los seres humanos alcanzan la madurez sexual e inician un proceso gradual de búsqueda, autonomía e independencia orientada a contribuir el desarrollo integral al que tienen derecho. Por tanto, las Adolescentes que pasan por un embarazo no deseado afrontan un número importante de situaciones en la dimensión individual, familiar y social tales como: terrupción de proyecto de vida, el abandono de su pareja y el acceso a oportunidades de desarrollo. Un mbarazo no deseado incrementa en las Adolescentes el riesgo de enfermar y/o morir, así como en el / producto de la gestación;
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Que, en este sentido El Plan Regional Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2017-2021, es una expresión del Gobierno Regional de Ucayali, de los diferentes sectores públicos,
ay aes privados y de los representantes de la población Adolescente y Joven, frente a la necesidad de formar IS 6 ciudadanos y ciudadanas con conocimientos, valores, actitudes y habilidades sociales que les posibiliten la bd vivencia de una sexualidad saludable, plena y responsable, en el marco de la realización de un plan de
2, y un mejor acceso a oportunidades de desarrollo y bienestar, en el marco del plan bicentenario “El NO pro Perú hacia el 2021” (CEPLAN) y el Plan Regional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2013-2021 (PRAIA 2021) el cual establece el desarrollo de oportunidades y acceso a servicios, los mismos que se encuentran en los objetivos de desarrollo sostenible;
Que, con INFORME LEGAL N° 045-2017-GRU-CR/WGM, de fecha 17 de noviembre de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez — Abogado IV del Consejo Regional, opina aprobar!la propuesta normativa - Ordenanza Regional sobre el “PLAN REGIONAL MULTISECTORIAL PARA LA PREVENCIÓN DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES 2017 - 2021”;
Que, mediante Dictamen N° 003-2017-GRU-CR-CDS, de fecha 17 de noviembre de 2017 la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional, declara procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional referente al “PLAN REGIONAL MULTISECTORIAL PARA LA PREVENCIÓN DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES 2017 - 2021”;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha seis de diciembre de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan Regional Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2017-2021 y declarar de prioridad Pública Regional, la prevención y reducción del embarazo en Adolescentes menores de 18 años de edad.
ARTÍCULO SEGUNDO. ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación, monitoreo y evaluación de las acciones que conlleve a la articulación de esfuerzos, fondos, proyectos, programas e iniciativas que se dan en la Región Ucayali a fin de lograr las metas al 2021; contando para ello la participación activa de los sectores de Salud, Educación, Trabajo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Gobiernos Locales y demás programas sociales públicos y
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privados que tengan relación directa e indirecta con el tema y generen la movilización de recursos y todos los actores en el Ambito Regional .
ARTICULO TERCERO. - DISPONER la conformación de un grupo de monitoreo y seguimiento para las acciones que se establezcan como prioridad en el cumplimiento del Plan Regional Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2017 - 2021, el cual estará integrado por representantes de todos los sectores involucrados y será liderado por el Gobierno Regional de Ucayali a través de la Dirección Regional de Salud.
ARTÍCULO CUARTO. ENCARGAR a Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial “EL PERUANO”, y en el
diario de mayor circulación en la capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali
ARTÍCULO QUINTO. - DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los seis dias del mes de diciembre de dos mil diecisiete
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POR TANTO: CONSEJERA DELEGADA
Mando se publique y cumpla.
Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintinueve días del mes de diciembre de dos
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Manvel Gambjiúr Rupay GOBERNADOR GIONAL
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