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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0029-2017-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0029 - 2017-GRU-CR.

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI pá, » CONSEJO REGIONAL ew

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

ORDENANZA REGIONAL N' 029-2017-GRU-CR

Pucallpa, treinta de noviembre de 2017

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los articulos 191° y 1922 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley Ne 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley;

Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el articulo 38% de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;

Que, de conformidad con lo descrito en el articulo 35°, literal c) de la Ley No 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de Gestión de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en este caso el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo;

Que, el articulo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones administrativas y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública en los tres niveles de gobierno y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Decreto Supremo N’* 004-2013-PCM aprobaron la Politica Nacional de Modernización de la Gestión Pública en las Instituciones de los tres niveles de Gobierno, que establece la visión a largo plazo de tener un Estado moderno, al servicio del ciudadano; para lo cual, implica una transformación de sus enfoques y prácticas de gestión, concibiendo sus servicios o intervenciones como expresiones de derechos de los ciudadanos. Aquél Estado moderno, caracterizado por estar orientado al ciudadano, eficiente, unitario y descentralizado, inclusivo y abierta [transparente y que rinda cuentas);

Que, en el contexto del considerando precedente, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó mediante Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM el Plan de Implementación de la Politica Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013 - 2016, que establece las acciones, indicadores, metas, plazos y entidades responsables de liderar la implementación de los objetivos y lineamientos de la referida política, bajo un enfoque de gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 020-2007-GRU/CR, aprobaron el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali, siendo necesario su actualización e implementación en el marco del Proceso de Modernización de la Gestión Pública en las Unidades Orgánicas y Ejecutoras del Gobierno Regional de Ucayali;

Que, mediante el Articulo Primero de la Ordenanza Regional N° 005-2015-GRU/CR, el pleno del Consejo Regional, declararon en Proceso de Modernización de la Gestión Pública en todas las Unidades Orgánicas y Ejecutoras integrantes del Pliego 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, con el objeto de incrementar su eficiencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadania y optimizar el uso de los recursos para que sea competitiva; para tal fin, mediante Resolución Ejecutiva Regional N' 442-2015-GRU-GR, el Gobernador Regional de Ucayali conformó la Comisión Regional de Modernización de la Gestión Pública a nivel de Gobierno Regional para que lideren el proceso, establezcan los lineamientos básicos Para su ejecución y supervisen las acciones del proceso de

Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

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modernización de la gestión pública. Asimismo, conformó el Equipo Técnico conductor del proceso de Modernización de la Gestión Pública a nivel del Gobierno Regional;

Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, hicieron teniendo en cuenta los criterios técnicos de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública”, aprobado mediante Decreto Supremo N’ 043:2006-PCM;

Que, con INFORME LEGAL N' 039-2017-GRU-CR-SCR/AIV-WGM, de fecha 13 de noviembre de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martinez - Abogado IV del Consejo Regional, opina declarar procedente la propuesta de aprobar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali;

Que, mediante Dictamen N° 026-2017-GRU-CR-CPPyAT, de fecha 29 de noviembre de 2017 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, dictaminó aprobar el Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF, de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali;

Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Politica del Estado, Articulos 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha treinta de noviembre de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública en sus unidades orgánicas y órganos desconcentrados. Cuyo documento de Gestión Institucional, consta de Seis (06) Títulos, Diez (10) Capitulos, Cincuenta (50) Articulos y Cuatro (04) Disposiciones Complementarias y/o Finales; y, como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO TERCERO. - DEROGAR la Ordenanza Regional N' 020-2007-GRU/CR, y cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO CUARTO. - DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologias de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

Comuniquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los treinta dias del mes de noviembre de dos mil diecisiete.

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POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil diecisiete

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Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef, (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078403-ordenanza-regional-nro-0029-2017-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206138/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200029%20-%202017-GRU-CR..pdf