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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0021-2015-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0021 - 2015-GRU-CR.

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J . a Gobierno Regional de Ucayali '... . Ucayali “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú” a

“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

ORDENANZA REGIONAL N° 021-2015-GRU/CR.

EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el Artículo 1972 y 1982 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralización, Ley N* 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias, Ley N° 27902, Ley N°28013, Ley N° 29053; y demás normas complementarias, en Sesión Extraordinaria del 27 de noviembre del 2015, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Politica del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene la atribución de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15% de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 382 de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;

Que, mediante Ordenanza Regional N* 02-2015-GRU/CR de fecha 22 de diciembre de 2014, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P y el Cuadro Nominal de Personal - CNP, de la Dirección de la Red de Salud de Atalaya.

Que, el Artículo 8°, numeral 8.1, literal g) de la Ley N* 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la cual se autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153, de los profesionales de la salud, de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales; para tal efecto, mediante Decreto Supremo del Ministerio de Salud, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y SERVIR se establecerán los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el referido proceso de nombramiento. El Decreto Supremo N* 032-2015-SA; Establece los lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las entidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud - CLAS.

Jr. Raymondi N° 220 Pucallpa - Perú Telef.: 57-1506

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ES Gobierno Regional de Ucayali

Región Pjoduciva?

Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, inciso c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 382 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N2 152-2014-SERVIR/PE. que Aprueba la Directiva N2 001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad” y su modificatoria; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERViR/PE, se establecen los requisitos mínimos para la elaboración del CAP provisional, que se ha cumplido estrictamente,

Que, con Informe N2 044-2015-GRU-GRPPAT-SGDI/WEMM, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, presenta el sustento técnico de la procedencia y necesidad de la aprobación de la modificatoria del Cuadro de Asignación del Personal Provisional - CAP-P 2015 de la Dirección de Red de salud de Atalaya, toda vez que este cuenta con el informe técnico sustentatorio y el informe legal correspondiente para su aprobación;

Que, mediante Informe Legal Ampliatorio N° 0113-2015-GRU-GGR--ORAJ, de fecha 26 de noviembre del 2015, el Gerente de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, opina favorablemente para la aprobación de las propuestas para la modificación del Cuadro de Asignación del Personal Provisional - CAP-P 2015 de la Dirección de Red de salud de Atalaya;

Que, mediante Oficio N° 0687-2015-GRU-GR, de fecha 24 de noviembre del 2015, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali remite a la Secretaría del Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la modificatoria del Cuadro de Asignación del Personal! Provisional - CAP-P 2015 de la Dirección de Red de salud de Atalaya - Ucayali;

Que, el literal 0) del artículo 21% de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;

De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 92 y 10%, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Extraordinaria de fecha veintisiete de noviembre del dos mil quince, el Consejo Regional de Ucayali por unanimidad aprobó la siguiente Ordenanza Regional,

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P y el Cuadro Nominal de Personal CNP, de la Dirección de la Red de Salud de Atalaya, conteniendo un total de doscientos treintaisiete (237) plazas, de las cuales setenta y dos (72) plazas se encuentran en condición de ocupados y ciento sesenta y cinco (165) en condición de previstos, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.

Jr. Raymondi N° 220 Pucallpa - Perú Telef.: 57-1506

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ucayall

Retén Priduciiva:

Gobierno Regional de Ucayali

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario local de mayor circulación de la Región Ucayali, y a la Oficina de Sistemas para su difusión a través del Portal Web Electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación.

En Ucayali, a los veintisiete días del mes de noviembre del dos mil quince.

ero Tananta CONSEJERO DELEGADO

POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla.

Dada en la sede central del Gobierno Regional de Ucayali a los treinta días del mes de noviembre del dos mil quince.

Rupay GOBERNADOR REGIONAL

Jr. Raymondi N° 220 Pucallpa - Perú Telef.: 57-1506


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078455-ordenanza-regional-nro-0021-2015-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206188/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200021%20-%202015-GRU-CR..pdf