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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0020-2017-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0020 - 2017-GRU-CR.

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI ón, >= CONSEJO REGIONAL

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ORDENANZA REGIONAL N” 020-201 7-GRU-CR Pucallpa, cinco de octubre de 2017

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N* 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley;

Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Inciso a) del artículo 15 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que faculta, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38% de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional;

Que, la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en su artículo 16° dispone que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley;

articulo 16-A de la misma Ley N° 27181 otorga a los Gobiernos Regionales competencia normativa, de gestión y fiscalización en materia de transportes, conforme a lo señalado en el artículo 56° de la Ley N° 27967 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

El literal b) del artículo 56° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es competencia de los Gobiernos Regionales en materia de transportes: planificar, administrar, y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la red vial nacional o rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional;

Que, el Decreto Supremo N° 11-2016 de fecha 23 de julio de 2016, decreta la aprobación de la

actualización del clasificador de rutas hechas por los artículos 2,3,5,8 del Decreto Supremo N* 012-2013- MTC;

Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, se aprobó el Reglamento de Jerarquización Vial, el reglamento el cual tiene por objeto establecer los criterios de clasificación de vías, destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de esas áreas, como los criterios para la declaración de áreas o vias de acceso restringido;

Que, por Resolución Ministerial N° 763-2017-MTC/01.02, de fecha 09 de Agosto del 2017, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, Bruno Giuffra Monteverde, clasifica a las carreteras señaladas como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Ucayali, a fin que sean incorporadas en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras — SINAC, además que reclasifica de manera definitiva las Rutas Vecinales o Rurales, o tramos de éstas, como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Ucayali e incorpora en la Red Vial Departamental o Regional del Departamento de Ucayali del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras — SINAC;

Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

CONSEJO REGIONAL

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

bey PERU GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI ED UD

Que, mediante Oficio N° 444-2016-GRU-DRTC, de fecha 20 de Setiembre del 2016, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, remitió al Gobernador Regional de Ucayali, para su evaluación y aprobación el proyecto de Ordenanza Regional de “Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017-2026";

Que, el presente Plan Vial Departamental ha sido actualizado considerando el corredor vial y vias de integración de la Región de Ucayali, el cual permite articular la Región, incluyendo los principales nodos de desarrollo, zonas de frontera, capitales de provincias del departamento, favoreciendo el desarrollo socioeconómico e inversión pública de infraestructura vial; se pretende lograr en los próximos años el asfaltado de 1,663.58 Kilómetros de caminos departamentales en el marco de la Resolución Ministerial N° 763-2017-MTC/01.02;

Que, la mencionada Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017-2026, permitirá determinar, priorizar, formular y ejecutar los proyectos del corredor vial y vias de| integración regional, con financiamiento estatal y/o de Cooperación Técnica Internacional;

Que, con el informe N° 396-2016-GRU-DRTC-DC, de fecha 15 de setiembre del 2016, sobre la “Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017” señala que la actualización propuesta ha sido actualizada considerando el corredor vial y las vias de integración de la Región Ucayali; estimando definitivamente 31 vias de reclasificación de vias vecinales con una longitud de 467.35 km;12 vías para la clasificación de vías con una longitud de 274.94 km; 22 vias por aperturar y clasificar con un total de 706.22 km; 07 vias departamentales actuales sumando un total de 1,662.61 km lineales distribuidos en las cuatro provincias de la Región Ucayali: Coronel Portillo, Atalaya, Padre Abad y Purús;

Que, mediante el Oficio N* 612-2017-FRU-DRTC de fecha 21 de setiembre 2017, el Director de la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones, en atención al Oficio N° 009-2016-GRUCRU/CPPYAT de fecha 01 de diciembre del 2016, remite el levantamiento de las observaciones solicitadas debido a que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones se ha pronunciado mediante la Resolución isterial No 763-2017-MTC/01.02, señalando la clasificación de diversas carreteras como rutas departamentales o regionales de la Red Vial del Departamento de Ucayali. Asimismo se adjunta el Informe Legal N° 353- 2017-GRU-DRTC-AL de fecha 19 de setiembre del 2017, el cuadro resumen de vias actualizadas de las cuatro Provincias (Coronel Portillo, Atalaya, Padre Abad y Purús) que consta de 851.31 km de longitudes de carreteras existentes y de 812.27 km, lineas de carretera por aperturar sumando un total de 1,663.58 Km notándose una pequeñísima variación de 0.97 Km, con respecto a la anterior propuesta que fue de 1662.61 Km, y el Mapa de la Red Vial actualizada Departamental de Ucayali;

Que, con INFORME LEGAL N” 029-2017-GRU-CR-SCR/AIV-WGM, de fecha 03-10-2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martinez - Abogado IV del Consejo Regional, opina aprobar la propuesta normativa - Ordenanza Regional de “ACTUALIZACIÓN DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DE UCAYALI 2017-2026";

Que, mediante Dictamen N° 002-2017-GRU-CR-CDS, de fecha 29 de mayo de 2017 la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional, declara procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional de “ACTUALIZACIÓN DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DE UCAYALI 2017-2026";

Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9* y 10° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha cinco de octubre de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la ACTUALIZACIÓN DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DE UCAYALI 2017-2026, elaborado por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, comprendidos de 812.27 km de longitud de apertura de caminos y 851.31 km de longitud de caminos existentes sumando un total de 1,663,58 km de longitud de Caminos Departamentales.

Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI (_\

CONSEJO REGIONAL QA "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

ARTÍCULO SEGUNDO. - DEROGAR la Ordenanza Regional N’ 00 1-2009-GRU-CR de fecha 28 de enero de 2009 y la Ordenanza Regional N° 019-201 3-GRU-CR de fecha 20 de setiembre de 2013.

ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, la implementación de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial “EL PERUANO”, y en el diario de mayor circulación en la capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

ARTÍCULO QUINTO. - DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación

En Pucallpa, a los veinte dias del mes de noviembre de dos mil diecisiete

AL DE UCAYALI GIONAL

LIC, LUAS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA CONSEJERO DELEGADO POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los doce dias del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

GOBERNADOR REGIONAL

Dirección: Jr. Apurimac N° 460 - Pucallpa - Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078412-ordenanza-regional-nro-0020-2017-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206147/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200020%20-%202017-GRU-CR..pdf