Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0017 - 2015-GRU-CR.
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“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru” “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
ORDENANZA REGIONAL N° 017-2015-GRU/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197% y 198° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralización, Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias, Ley N° 27902, Ley N°28013, Ley N2 29053; y demás normas complementarias, en Sesión Extraordinaria del 27 de noviembre del 2015, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene la atribución de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo, 38% de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N2 001-2015-GRU/CR de fecha 11 de febrero de 2015, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P y el Cuadro Nominal de Personal - CNP, de la Dirección Regional de Salud de Ucayali.
Que, el Artículo 82, numeral 8.1, literal g) de la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la cual se autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N* 1153, de los profesionales de la salud, de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales; para tal efecto, mediante Decreto Supremo del Ministerio de Salud, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y SERVIR se establecerán los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el referido proceso de nombramiento. El Decreto Supremo N2 032-2015-SA; Establece los lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, de los
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Gobierno Regional de Ucayali
técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las entidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud - CLAS.
Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, inciso c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38% de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N% 152-2014- SERVIR/PE. que Aprueba la Directiva N% 001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad” y su modificatoria; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, se establecen los requisitos mínimos para la elaboración del CAP provisional, que se ha cumplido estrictamente.
Que, con Informe N2* 051-2015-GRU-GRPPAT-SGDI/WEMM, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, presenta el sustento técnico de la procedencia y necesidad de la aprobación de la modificatoria del Cuadro de Asignación del Personal Provisional - CAP-P 2015 de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, toda vez que este cuenta con el informe técnico sustentatorio y el informe legal correspondiente para su aprobación;
Que, mediante Informe Legal Ampliatorio N° 0113-2015-GRU-GGR--ORAJ, de fecha 26 de noviembre del 2015, el Gerente de la Oficina Regional de Asesoría © Jurídica, opina favorablemente para la aprobación de las propuestas para la *. modificación del Cuadro de Asignación del Personal Provisional - CAP-P 2015 de la “Dirección Regional de Salud de Ucayali de sus diferentes órganos desconcentrados;
Que, mediante Oficio N° 0687-2015-GRU-GR, de fecha 24 de noviembre del 2015, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali remite a la Secretaría del Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la modificatoria del Cuadro de Asignación del Personal Provisional - CAP-P 2015 de la Dirección Regional de Salud de Ucayali;
Que, el literal 0) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;
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De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 92 y 10%, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Extraordinaria de fecha veintisiete de noviembre del dos mil quince, el Consejo Regional de Ucayali por unanimidad aprobó la siguiente Ordenanza Regional,
ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del. Cuadro para
Asignación de Personal Provisional - CAP-P y el Cuadro Nominal de Personal - CNP, de la Dirección Regional de Salud de Ucayali que comprende:
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI - SEDE CENTRAL.
TOTAL DE CARGOS PLAZAS OCUPADAS | PLAZAS PREVISTAS | | 225 153 7
DIRECCION DE RED DE SALUD - CORONEL PORTILLO.
| TOTAL DE CARGOS | PLAZAS OCUPADAS | PLAZAS PREVISTAS. | 716 356 360
DIRECCION DE RED DE SALUD - FEDERICO BASADRE - YARINACOCHA.
[| TOTALDECARGOS | PLAZAS OCUPADAS | PLAZAS PREVISTAS | | 514 - 298 216 |
Conteniendo un total de mil cuatrocientos cincuenta y cinco (1455) plazas, de las cuales ochocientos siete (807) plazas se encuentran en condición de ocupados y seiscientos cuarenta y ocho (648) en condición de previstos, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario local de mayor circulación de la Región Ucayali, y a la Oficina de Sistemas para su difusión a través del Portal Web Electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www regionucayali.gob.pe).
ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
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LL YBLICA DE; PO Crea,
Gobierno Regional de Ucayali
Ucayáll Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación.
En Ucayali, a los veintisiete días del mes de noviembre del dos mil quince.
GOBIERNO
IONAL DE UU CON AL DE UCAYALI
Eber Portocatrero Tananta CONSEJERO DELEGADO
POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dada en la sede central del Gobierno Regional de Ucayali a los treinta días del mes de noviembre del dos mil quince.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078459-ordenanza-regional-nro-0017-2015-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206193/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200017%20-%202015-GRU-CR..pdf