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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0017-2012-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0017 - 2012-GRU-CR.

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ORDENANZA REGIONAL N° 017-2012-GRU/CR.

EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de diciembre del 2012, y;. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Resolución Directoral Regional Nº 012-2004-GRUCAYALI-P-D.R.PRODUCE-Uc, de fecha 29 de enero de 2004, en su Artículo Primero; se aprueba el Manual de Organización y Funciones – MOF de la Dirección Regional Sectorial de la Producción de Ucayali. Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, literal c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión; Reglamento de Organización y Funciones – ROF, Manual de Organización y Funciones – MOF y el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las instituciones públicas adscritas al Gobierno Regional, en concordancia con el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Directiva Nº 001-95-INAP/DNR – Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones en la Administración Pública, se establecen las normas del proceso de formulación del documento normativo. Que, mediante Oficio Nº 9652012/GRU-GRDE-DIRESEPROU-P de fecha 29 de agosto del 2012, la Dirección Regional Sectorial de la producción de Ucayali, remite la propuesta del Manual de Organización y Funciones – MOF a la gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ucayali, siendo evaluado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, en coordinación con la instancia y el responsable de la formulación del MOF, recomendando elevar el documento normativo a las instancias correspondientes según el Informe Nº 036-2012-GRU-P-GGR-GRPPyAT-SGDI/WEMM, de fecha 03 de octubre del 2012, para su aprobación por el Consejo Regional. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Inciso a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar,

modificar ó derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali, en sesión Ordinaria de fecha 05 de diciembre del 2012, con el voto unánime de sus Consejeros Regionales, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Manual de Organización y Funciones MOF de la Dirección Regional Sectorial de la Producción de Ucayali, que describe las funciones generales de las Unidades Orgánicas y las funciones específicas de los cargos o puestos de trabajo previstos en la Estructura Orgánica y en el Cuadro para Asignación de Personal -CAP, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Regional Sectorial de la Producción de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en un diario de circulación local y a la Oficina de Sistemas para su difusión a través del Portal Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali. (www.regionucayali.gob.pe); ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil doce.

POR LO TANTO: Mando se Publique y Cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los catorce días del mes de diciembre del dos mil doce.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078530-ordenanza-regional-nro-0017-2012-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206254/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200017%20-%202012-GRU-CR..pdf