Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0013 - 2016-GRU-CR.
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ORDENANZA REGIONAL N” 013-201 6-GRU-CR
Pucallpa, tres de setiembre de 2016 POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N” 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas Complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia:
Que, el artículo 3° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a ley;
Que, el Consejo Regional, tiene las atribuciones de normar la organización interna de. Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que f modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de compet
y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38° de la misma norma legal. que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 017-2015-GRU/CR, de fecha 27 de noviembre de 2015, aprobó la modificación del Cuadro para Asignación Personal — CAP-P- y el Cuadro Nominal de Personal — CNP, de la Dirección Regional de Salud de Ucayali;
Que, el literal h}, del numeral 8.1, del Artículo 8° de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el cual autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo No 1153, de los Profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales de la Salud del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, para tal efecto, mediante Decreto Supremo del Ministerio de Salud, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y SERVIR se establecerán los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el referido proceso de nombramiento, mediante Decreto Supremo Ne 032-2015-SA, establecen lineamiento para el proceso de nombramiento de Jos Profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales de la Salud del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud — CLAS;
Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucallpa Teléf. (061)57-4192 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef, (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
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Que, de conformidad con lo prescrito en el inciso c) del Artículo 35° de la Ley N° 27783
- Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto Institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N* 304-2015-SERVIR/PE, de fecha 13 de noviembre de 2015, aprobó la Directiva N° 002-201 5-SERVIR/GPGSC, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”;
Que, asimismo mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, de fecha 01 de abril de 2016, modificó la Directiva N°’ 002-20 15-SERVIR/GPGSC, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE”;
Que, mediante Informe Ne 099-2016-SERVIR/GDSRH de fecha 25 de Julio 2016, la Gerencia de Desarrollo de Sistema de Recursos Humanos - Autoridad Nacional del SERVIR - Oficina Jesús Maria, consideró pertinente la propuesta del CAP Provisional 2016 planteada por la Unidad Ejecutora Ne 400: DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI;
Que, mediante Oficio N* 1132-2016-SERVIR/PE de fecha 27 de julio 2016, el Presidente Nacional de Servicio Civil - SERVIR, hace suya la opinion legal, que considera favorable la propuesta del CAP provisional 2016 planteada por la Unidad Ejecutora N* 400: DIRECCION ¥ REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI, en el Informe Ne 099-20 16-SERVIR/GDSRH de fecha 25 de julio 2016;
Que, mediante Informe Ne 023-2016-GRU-DIRESA-DG//OEGYDRH, de fecha 24 de Mayo del 2016, el Director Ejecutivo de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, señala que la propuesta de la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional 2016, está elaborado de acuerdo a la Normas para la Gestión del Proceso de Administración de puestos, elaboración y aprobación del cuadro de puestos de Entidad — CPE;
Que, mediante Oficio N° 438-2016-GRU-DIRESA-DEPFyGI, de fecha 18 de agosto de 2016, el Director Ejecutivo de Planeamiento Finanzas y Gestión Institucional de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, señala la viabilidad presupuestal de la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional 2016, donde el presupuesto se encuentra incorporado en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) 2016 de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, garantizando la asignación presupuestaria para el nombramiento de los profesionales de la Salud:
Que, mediante OFICIO Ne 444-20 16-GRU-DRSU-OEGYDRH-D.G, de fecha 02 de agosto de 2016, la Dirección General de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, remite propuesta
Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucallpa Teléf. (061)57-4192 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
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de Cuadro para Asignación de Personal Provisional [CAP-P) 2016, de la Unidad Ejecutora 400: Dirección Regional de Salud Ucayali, para su revisión y aprobación, y elevar al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional;
Que, mediante INFORME Ne 101-2016-GRU-GRPPAT-SGDI, de fecha 23 de agosto de
2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ucayali, hace de
conocimiento que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional [CAP-P] 2016, de la
Dirección Regional de Salud Ucayali, ha sido formulado en función a la Resolución de
Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, el que modifica la Directiva N° 002-2015-
5 SERVIR/GPGSC, “Normas para la gestión dei proceso de administración de puestos,
MR elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, sustentado por el
7 Artículo 8°, Numeral 8.1, Literal h) de la Ley N* 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ano Fiscal 2016;
Que, contando con el Informe Legal N° 045-20 16-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 25 de agosto de 2016, la Oficina Regional de Asesoría Juridica del Gobierno Regiona! de Ucayali opina favorablemente de aprobar la "MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL — CAP-P 2016 Y EL CUADRO NOMINAL DE PERSONAL - CNP, DE LA UNIDAD EJECUTORA No 400: DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI”:
Ao SN Que, contando con el Dictamen N° 008-2016-GRU-CR-CPPyAT, :de fecha 02 de
\ setiembre de 2016, presentado por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, declaró procedente la propuesta de Ordenanza Regional de “MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL — CAP-P 2016 Y EL CUADRO NOMINAL DE PERSONAL - CNP, DE LA UNIDAD EJECUTORA No 400: DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI”, solicitado por el Gobernador Regional;
Que, siendo así, es necesario la aprobación de la presente Ordenanza Regional sobre la “MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP-P 2016 Y EL CUADRO NOMINAL DE PERSONAL - CNP, DE LA UNIDAD EJECUTORA Ne 400 - DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI”, por estar debidamente justificado su modificación y estar conforme a la normatividad vigente:
Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Articulos 9° y 10°, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 modificado por las Leyes No 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha tres de setiembre de dos mil dieciséis, aprobaron por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 017-2015-GRU/CR, de fecha 27 de noviembre de 2015 y cualquier norma que se oponga a la presente.
Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucallpa Teléf. (061)57-4192 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
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ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP-P 2016 Y EL CUADRO NOMINAL DE PERSONAL - CNP, DE LA UNIDAD EJECUTORA Ne 400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI, conteniendo un total de mil treinta y nueve (1039) cargos, de las cuales ochocientos ochenta y siete (887) plazas se encuentran en condición de ocupados y ciento cincuenta y dos (152) en condición de previstos, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud de Ucayali, realizar la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, asimismo a la Oficina de Sistemas para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali [www.regionucayali.gob.pe).
ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
Comuniquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.
En Pucallpa a los tres dias del mes de setiembre del año dos mil dieciséis
GOBIERNO REGIONAL DE-UCAYALI GONSEFO/REGIONAL
o Lo LLL — CPC. EDITH-QUIPE SANCHEZ CONSEJERA DELEGADA
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucaya setiembre del año dos mil dieciséis.
Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucalipa Teléf. (061)57-4192 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
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