Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0012 - 2017-GRU-CR.
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”
ayali
ORDENANZA REGIONAL N* 012-2017-GRU-CR
Pucallpa, seis de julio de 2017 POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demas normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Ne 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley;
Que, el Consejo Regional de Ucayali tiene las atribuciones de mormar la organización interna del
Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38° de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, de conformidad con lo descrito en el artículo 35°, literal c) de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de Gestión de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en este caso el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo, Padre Abad, Atalaya y Purús;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones administrativas y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública en los tres niveles de gobierno y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM aprobaron la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en las Instituciones de los tres niveles de Gobierno, que establece la visión a largo plazo de tener un Estado moderno, al servicio del ciudadano; para lo cual, implica una transformación de sus enfoques y prácticas de gestión, concibiendo sus servicios o intervenciones como expresiones de derechos de los ciudadanos. Aquél Estado moderno, caracterizado por estar orientado al ciudadano, eficiente, unitario y descentralizado, inclusivo y abierto (transparente y que rinda cuentas);
Que, en el contexto del considerando precedente, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó mediante Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM el Plan de Implementación de la Politica Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013 - 2016, que establece las acciones, indicadores, metas, plazos y entidades responsables de liderar la implementación de los objetivos y lineamientos de la referida política, bajo un enfoque de gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano;
Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”
Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2008-GRU/CR, aprobaron el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo, Padre Abad, Atalaya y Purús, siendo necesario su actualización e implementación en el marco del Proceso de Modernización de la Gestión Pública en las Unidades Orgánicas y Ejecutoras del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, mediante el Artículo Primero de la Ordenanza Regional N° 005-2015-GRU/CR, el pleno del Consejo Regional, declararon en Proceso de Modernización de la Gestión Pública en todas las Unidades Orgánicas y Ejecutoras integrantes del Pliego 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, con el objeto de incrementar su eficiencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos para que sea competitiva; para tal fin, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 442-2015-GRU-GR, el Gobernador Regional de Ucayali conformó la Comisión Regional de Modernización de la Gestión Pública a nivel de Gobierno Regional para que lideren el proceso, establezcan los lineamientos básicos para su ejecución y supervisen las acciones del proceso de modernización de la gestión pública. Asimismo, conformó el Equipo Técnico conductor del proceso de Modernización de la Gestión Pública a nivel del Gobierno Regional;
Que, mediante OFICIO N° 1156 -2017-GRU-DRE-DGI-RAC, de fecha 10 de mayo de 2017, la Dirección Regional de Educación (DRE) presentó el proyecto de Actualización de la Estructura Orgánica y de las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la mencionada Dirección
z Regional, a la que adjuntan: la Hoja de Coordinación N° 287-2017-GRU-DRE-OAJ con Opinión Legal del
- / Director de la Oficina de Asesoría Juridica de la DRE, solicitado por el Director de la Dirección de Gestión Institucional: el Informe N* 008-2017-GRU-DREU-DGI-RAC, en la que muestra un análisis de las diferentes normas legales sustantivas del sector educación que se identifican con las funciones generales y específicas de los diferentes Órganos y Unidades Orgánicas de la Dirección Regional de Educación de Ucayali; la Resolución Directoral Regional N° 00784-2016-DREU, de fecha 31 de octubre de 2016, mediante el cual, conforman el Equipo Técnico para la Modernización de la Gestión Pública de la Dirección Regional de Educación y el Acta de Revisión y Validación del Reglamento de Organización y Funciones, de fecha 24 de marzo de 2017, suscrito por los integrantes del Equipo Técnico y los Directores a cargo de las funciones específicas de los Órganos y Unidades Orgánicas de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali;
Que mediante Informe Legal N° 042 -2017-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 31de mayo de 2017, el Asesor Legal de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Abog. Telesforo Trujillo Caico recomienda remitir la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, mediante el oficio N° 0407-2017-GRU-GR, de fecha 01de junio del 2017, El Gobernador Regional, remite al Consejo Regional, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, se ha tenido en cuenta los criterios técnicos de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;
Que, con INFORME LEGAL N°’ 014-2017-GRU-CR/WGM, de fecha 04 de julio de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martinez - Abogado IV del Consejo Regional, opina declarar procedente la propuesta de modificación del ROF, de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, mediante Dictamen Ne 012-2017-GRU-CR-CPPyAT, de fecha 04 de julio de 2017 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, dictaminó aprobar las
Dirección: Jr. Apurímac NO 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
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"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali ¡Región Pruductivo
modificaciones del Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF, de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha seis de julio de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Actualización de la Estructura Orgánica y de las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública en sus unidades orgánicas y órganos desconcentrados. Cuyo documento de Gestión Institucional, consta de Seis (06) Títulos, Diez (10) Capitulos, Cincuenta y Nueve (59) Artículos y Cuatro (04) Disposiciones Complementarias y/o Finales; y, como Anexo es parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Secretaria General, a través de la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO CUARTO. - DEROGAR la Ordenanza Regional N° 012-2008-GRU/CR, y cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO QUINTO. -DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO SEXTO: ENCARGAR a la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del
Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob) y de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www serviciosalciudadano.gob.pe, en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 29091 y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo N* 004-2008-PCM.
Comuniquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación.
En Pucallpa, a los seis dias del mes de julid de dos mil diécisiete.
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GOBIERNO REGIONAL DE UQAYALI CONSEJO REGIONAL
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POR TANTO: LIC, LUIS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN CONSEJERO DELEGADO
Mando se publique y cumpla.
Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintiséis días del mes de julio de dos mil
diecisiete. SOBIERNO REG! DE UCAYA
Manuel Gambiní Rupay
GOBERNADOR REGIONAL
Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
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