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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0012-2014-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0012 - 2014-GRU-CR.

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 012-2014-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI. POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo del 2014, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con fecha 15 de octubre del 2005, se aprobó la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, modificada por el Decreto Supremo Nº 1055, la cual reemplazó al Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 613. Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAG de fecha 23 de mayo del 2009, se aprueba la Política Nacional del Ambiente, la cual considera los lineamientos de las políticas públicas establecidas por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y las disposiciones de la Ley Nº 2861, Ley General del Ambiente. Asimismo, define los objetivos prioritarios, lineamientos, contenidos principales y estándares nacionales de cumplimiento obligatorio. Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la ley Nº 27902, señala que son funciones del Gobierno Regional formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2004-GRUcayali, de fecha 24 de mayo del 2004, el Gobierno Regional de Ucayali, aprobó los objetivos de la Política Ambiental Regional, el Plan de Acción Ambiental y la Agenda

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Ambiental Regional de Ucayali, en concordancia con el derogado Decreto Supremo Nº 613 – Código del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Que, mediante D.S. Nº 014-2011-MINAG, publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de julio del 2011 y en Separata Especial el texto completo el 14 de julio del 2011, se aprobó el Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA – Perú 2011-2021. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 044-2012-GRU/CR de fecha 19 de abril del 2012, se aprueba la Adecuación de la Política Ambiental Regional a la Política Nacional del Ambiente, el Plan Regional de Acción Ambiental PRAAUcayali 2012-2021, la Agenda Ambiental Regional 2012-2013, elaborados por la Comisión Ambiental Regional de Ucayali (CAR-U). Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2013-MINAN de fecha 22 de enero del 2013, se aprueba la Agenda Nacional de Acción Ambiental – AgenAmbiente 2013-2014. Que, sin perjuicio de lo ya normado, resulta necesario actualizar la Agenda Ambiental 2012-2013 de Ucayali a una Agenda Regional de Acción Ambiental 2013-2014, en concordancia con la Agend/Ambiente 2013-2014, recientemente aprobada. Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053, el Consejo Regional de Ucayali, en sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo del 2014, con el voto unánime de sus miembros, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Nueva Agenda Regional de Acción Ambiental 2013-2014 del Departamento de Ucayali, el mismo que consta de 60 páginas y contiene X Capítulos y 13 ítems, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que el Gobierno Regional de Ucayali, a través de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (ARAU) – Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente es el encargado de formular, planear, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar el cumplimiento del instrumento de gestión aprobado en el artículo precedente, así como de

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aprobar e implementarlos dispositivos que se requieran para el cumplimiento de las mismas; ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (ARAU) -Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial “El Peruano”, y en un diario de circulación local; así como a la Oficina de Sistemas su difusión en el portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe); ARTICULO CUARTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta”. Comuníquese al Señor Presidente Regional de Ucayali para su promulgación, En Ucayali, a los veinte días del mes de mayo del dos mil catorce.

POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los dos días del mes de junio del dos mil catorce


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078493-ordenanza-regional-nro-0012-2014-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206226/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200012%20-%202014-GRU-CR..pdf