Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0011 - 2017-GRU-CR.
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- of) GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”
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ORDENANZA REGIONAL N° 011-2017-GRU-CR
Pucallpa, seis de julio de 2017 POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
ue, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
A
obiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a
Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los E
Que, mediante Ordenanza Regional No 028-2010-GRU/CR de fecha 10 de enero de 2011, se aprueba la Estructura Orgánica y las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones — ROF, de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali.
Que, el Consejo Regional de Ucayali tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 389 de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, de conformidad con lo descrito en el artículo 35°, literal c) de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, se ha tenido en cuenta los criterios técnicos de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por Parte de las Entidades de la Administración Pública”, aprobado mediante Decreto Supremo N’ 043-2006-PCM:
Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www,regionucayali.gob.pe/
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uo - GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayáli iRezión Loustuctiva.
Que mediante Informe Legal N° 045 -2017-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha Olde junio de 2017, el Asesor Legal Abog. Telesforo Trujillo Caico recomienda remitir la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali al Consejo Regional para su aprobación:
Que, mediante el oficio N° 0411-2017-GRU-GR, de fecha Olde junio del 2017, la Gobernación Regional de Ucayali, remite al Consejo Regional, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, con INFORME LEGAL N° 015-2017-GRU-CR/WGM, de fecha 04 de julio de 2017, emitido por el
bog. Wilmer Guevara Martinez — Abogado IV del Consejo Regional, opina declarar procedente la propuesta de modificación del ROF, de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, mediante Dictamen No 013-2017-GRU-CR-CPPyAT, de fecha 04 de julio de 2017 la Comisión de “Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, dictaminó aprobar e Is modificaciones del Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF, de la Dirección Regional de
Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali;
reset Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 92 y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha seis de julio de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones — ROF de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, cuyo documento de Gestión Institucional consta de seis (06) Títulos, nueve (09) Capítulos, noventa y cinco (95) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Transitorias Finales, y, como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Secretaría General, a través de la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y FuncionesROF de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali y la presente Ordenanza Regional que lo aprueba, en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali [www.regionucayali.gob.pe).
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO CUARTO. - DEROGAR la Ordenanza Regional N° 028-20 10-GRU/CR.
ARTÍCULO QUINTO. -DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO SEXTO: ENCARGAR a la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y Publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob) y de Servicios al Ciudadano y Empresas
Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 - Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www. regionucayali.gob.pe/
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(PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe, en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 004-2008-PCM.
Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación.
En Pucallpa, a los seis dias del mes de julio de dos mil diecisiete
UC, LAS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN POR TANTO: CONSEJERD DELEGADO
Mando se publique y cumpla.
Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintiséis días del mes de julio de dos mil diecisiete.
Manuel Gambinf Rupay
GORERNABOR REGIONAL
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