Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0009 - 2016-GRU-CR.
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
ORDENANZA REGIONAL N* 009-20 16-GRU-CR
Pucallpa, siete de julio de 2016 POR CUANTO:
EI Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Peru, modificada por la Ley N°’ 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas Complementarias;
CONSIDERANDO:
ZX Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N°’ 27680 - Ley de is SN Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N' 27867 - E £ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos
IO Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 3° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a ley;
KÚNONAL Que, el Consejo Regional de Ucayali tiene las atribuciones de normar la organización
METARIO 29) del artículo 15 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que $ “faculta, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 35, literal c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto Institucional.
Que, asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Artículo 38” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional.
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, de fecha 8 de Setiembre del 2007, | aprobó los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio
Administrativo, que han cumplido estrictamente;
Dirección: Jr. Apurimac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 586120 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
gent, GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI a CONSEJO REGIONAL
"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
Que, en cumplimiento del numeral 44.6 del Art. 44 -Decreto Supremo 007-201 1-PCM, aprueba la metodología de Simplificación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad;
Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, refiere que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado mediante Decreto Supremo del Sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades Regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular del Organismo Constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;
Que, el último Texto Unico de Procedimientos Administrativos — TUPA de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ucayali, fue aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1732-2006-G.R.UCAYALI-P, de fecha 10 de Abril de 2007, es decir hace
NN % 9 años, correspondiendo por el tiempo que ha pasado la actualización de los procedimientos [= ° que figuran en el TUPA del año 2007 e incorporación de nuevos procedimientos, como la E eliminación de otros, conforme a las competencias otorgadas por el Ministerio de Transportes
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o y Comunicaciones;
Que, mediante Informe Legal N° 032-2016-GRU-DRTC-AL, de fecha 07 de abril de 2016, emitido por el Asesor Legal de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ucayali remitido al Director de Planeamiento y Presupuesto de la citada Dirección
Que, mediante Oficio N* 168-2016-GRU-DRTC-DR-OPP, el Director de Planeamiento y
- Presupuesto de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, remite al Director Regional de Transportes y Telecomunicaciones, la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, con las respectivas observaciones levantadas;
Que, mediante Oficio N* 364-2016-GRU-GR, el Gobernador Regional de Ucayali, señor Manuel Gambini Rupay remite al Consejo Regional el expediente de la propuesta para la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, con las observaciones levantadas, en cumplimiento del Acuerdo de Consejo Regional N° 009-2016-CRU, de fecha 08 de enero de 2016;
Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales, conforme lo establece el inciso a) del Artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38° de la misma
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, el Dictamen N°’ 004-2016-GRU-CR-CPPyAT, de fecha 04 de julio de 2016, presentado por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, declaró procedente la propuesta de Ordenanza Regional del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ucayali, solicitado por el Gobernador Regional de Ucayali;
Que, siendo así, es necesario la aprobación de la presente Ordenanza Regional del Texto Único de Procedimiento Administrativo TUPA, por estar justificado su elaboración por la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General y mediante el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del | Estado, Artículos 9° y 10°, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 modificado r las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión
' ES fi Ordinaria de fecha siete de julio de dos mil dieciséis, aprobaron por unanimidad la siguiente: SOBERANO
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ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos — TUPA, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, que consta de 70 procedimientos administrativos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, asimismo a la Oficina de Sistemas para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.
En Pucallpa a los siete días del mes de julio del año dos mil dieciséis
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL /
CPC. EDITH QUISPE SANCHEZ CONSEJERA DELEGADA
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los quince días del mes de julio del año dos mil dieciséis. .
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