Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0007 - 2018-GRU-GR.
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL” Ucayali
¿Región Productiva?
ORDENANZA REGIONAL N” 007-2018-GRU-CR EL CONSEJO REGIONAL POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Ne 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 3° de la Ley N' 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley;
Que; el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través
% de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15° de la Ley No 27867, Ley Orgánica de
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rey norma. legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la
£ Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y E materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38° de la misma
organización y administración del Gobierno Regional;
Que, de conformidad con-lo descrito en el artículo 35°, literal. c) de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional; asimismo -es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de Gestión de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en este caso el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, el artículo 1* de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones administrativas y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública en los tres niveles de gobierno y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, mediante Decreto Supremo” N° 004-2013-PCM aprobaron la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en las Instituciones de los trés niveles de Gobierno, que establece la visión a largo plazo de tener un Estado moderno, al servicio del ciudadano; para lo cual, implica una transformación de sus enfoques y prácticas de gestión, concibiendo sus servicios O intervenciones como expresiones de derechos de los ciudadanos. Aquél Estado moderno, caracterizado por estar orientado al ciudadano, eficiente, unitario y descentralizado, inclusivo y abierto [transparente y que rinda cuentas);
Que, en el contexto del considerando precedente, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó mediante Resolución Ministérial N° 125-2013-PCM el Plan de Implementación de la Politica Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013 - 2016, que establece las acciones, indicadores, metas, plazos y entidades responsables de liderar la implementación de los objetivos y lineamientos de la referida política, bajo un enfoque de gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano;
Que, mediante Ordenanza Regional N' 005-2011-GRU/CR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, siendo necesario su actualización e implementación en el marco del Proceso de Modernización de la Gestión Público;
Que, mediante el Artículo Primero de la Ordenanza Regional N* 005-2015-GRU/CR, el pleno del Consejo Regional, declararon en Proceso de Modernización de la Gestión Pública en todas las Unidades Orgánicas y Ejecutoras integrantes del Pliego 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, con el objeto de incrementar su eficiencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadania y optimizar el uso de los recursos para que sea competitiva; para tal fin, mediante Resolución Ejecutiva Regional N” 442-2015-GRU-GR, el Gobernador
Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
¿CA DR Pe
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
"AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL” Ucayali ¡Región Productivo?
Regional de Ucayali conformó la Comisión Regional de Modernización de la Gestión Pública a nivel de Gobierno Regional para que lideren el proceso, establezcan los lineamientos básicos para su ejecución y supervisen las acciones del proceso de modernización de la gestión pública. Asimismo, conformó el Equipo Técnico conductor del proceso de Modernización de la Gestión Pública a nivel del Gobierno Regional;
Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, se elaboró teniendo en cuenta los criterios técnicos de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las Entidades de la Administración Pública”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;
Que, con INFORME LEGAL N’ 040-201 7-GRU-SCR/AIV-WGM, de fecha 13 de noviembre de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martinez - Abog. IV del Consejo Regional, opina declarar procedente la propuesta de aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, mediante Dictamen-No 001-2018-GRU-CR-CAL, de fecha 06 de marzo de 2018 la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional, dictaminó aprobar el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), de la Dirección Regional. de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha diez de abril de dos mil dieciocho, el cual consta en Acta, aprobaron por mayoría la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: DEROGAR la Ordenanza Regional N° 005-201 1-GRU/CR, y cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Trabajo Y Promoción del Empleo, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública, cuyo documento de Gestión Institucional, consta de seis (06) Títulos, seis (06) Capítulos, noventa y dos (92) Artículos y cuatro (04) Disposiciones Complementarias y finales y, como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional
ARTÍCULO TERCERO. - DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, la publicación de la presente Ordenanza Regional en.el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la Capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali gob.pe).
Comuniquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil dieciocho.
t GOBIERNO REGIONAL DE UCAYAL: Cc 'O,REGIONAL
IN AMASIFUEN CONSEJERA DELEGADA
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
2 9 MAYO 2018
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali 10S ..........aaaummnommmnsennnnnnne
GOBERNADOR REGIONAL
Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078392-ordenanza-regional-nro-0007-2018-gru-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206131/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200007%20-%202018-GRU-GR..pdf