Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0007 - 2014-GRU-CR.
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ORDENANZA REGIONAL N° 007-2014-GRU-CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias en Sesión Ordinaria de fecha, 21 de marzo del 2014, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con Ordenanza Regional Nº 025-2013-GRU/CR, de fecha 16 de Diciembre de 2013, se aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y las funciones del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, del Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo nueve (09) Títulos, dieciocho (18) Capítulos, ciento veinte (120) Artículos y ocho (08) disposiciones complementarias transitorias y finales. Que, con Ordenanza Regional Nº 001-2013-GRU-CR, de fecha 04 de febrero de 2013, se Crea la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (ARAU) como órgano dependiente de la Gerencia General Regional, encargada de consolidar, planificar y ejercer la autoridad en materia ambiental, ordenamiento territorial y manejo sostenible de los recursos naturales renovables dentro del ámbito regional. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, inciso c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, con Dictamen Nº 004-2013-GRU-CRU-CRNyGMA, de fecha 02 de diciembre de 2013, de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, OPINAN: Primero.- Que previo a aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional de “Modificación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Ucayali” Se PROPONE, se establezca de modo siguiente la incorporación en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, debiendo decir, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali-Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (ARAUGRRNyGMA) y se corrija los artículos pertinentes del mismo, quedando conforme con lo demás; Segundo.- Que, se remita el presente dictamen al Consejero Delegado para que sea elevado al honorable pleno del Consejo Regional de Ucayali. Que, con Ordenanza Regional Nº 001-2014-GRU/CR, de fecha 24 de febrero de 2014, se Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (ARAU)-Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, cuyo documento de gestión consta de cinco (05) Títulos, ocho (08) Capítulos, cuarenta y siete (47) Artículos y cuatro (04) Disposiciones Complementarias y Transitorias. Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, el mismo que busca la aprobación de un ROF, que contenga una adecuada estructura orgánica. Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, Aprueba la política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº29053 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Ordinaria de fecha 21 de marzo del 2014, con el voto unánime de sus Consejeros, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF, del Gobierno Regional de Ucayali, en lo que se refiere a la denominación de la Sub Gerencia de Seguimiento y Monitoreo de Proyectos, por Sub Gerencia de Seguimiento y Evaluación, unidad orgánica dependiente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; así como la denominación de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente-ARAU, debiendo decir, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (ARAU) - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (ARAU-GRRNyGMA). ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en un diario de circulación regional y a la Oficina de Sistemas su difusión a través del Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
ARTÍCULO TERCERO.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 025-2013-GRU/CR. ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional de trámite de comisiones, lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil catorce.
POR LO TANTO: Mando se Publique y cumpla
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los siete días del mes de abril del dos mil catorce.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078498-ordenanza-regional-nro-0007-2014-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206233/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200007%20-%202014-GRU-CR..pdf