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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0005-2017-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0005 - 2017-GRU-CR.

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI A CONSEJO REGIONAL

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

Región Lrviluctiva?!

ORDENANZA REGIONAL Ne 05 - 2017-GRU-CR

Pucallpa, once de abril de 2017 POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N' 27860 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N' 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

(ors “Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma

nstitucional del Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27867 - Ley

rgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley N°27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que los Gobierno Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y

formación pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y uncionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; así mismo en el numeral 20.1, artículo 20°, indica que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos Anuales como Instrumentos de Administración y Gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a la Ley, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados;

Que, la Ley N°28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su artículo 1° define el Proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ellos los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la Gestión de los Recursos Públicos;

Que, a su turno los artículos 4° y 5 ° de la misma Ley Marco establece que cada instancia formula su Presupuesto Participativo respetando el marco de competencias implantadas en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes Leyes Orgánicas; para tal efecto se considera criterios de alcance, cobertura de población, así como montos de ejecución o envergadura. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidos en los planes de desarrollo concertados a Nivel Regional, Provincial y Distrital, considerando los requerimientos de los sectores sociales y productivos;

Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

AY

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

Region Predios tiva.

Que, el Decreto Supremo N*142-2009-EF, que Reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, contiene definiciones, alcances, objetivos, instancias, financiamientos y fases del proceso participativo que regula el proceso del Presupuesto Participativo de acuerdo a lo establecido en la Ley N°28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo; en cuyo artículo 4° se instituye como instancias del Presupuesto Participativo al Consejo de Coordinación Regional — CCR, Consejo de Coordinación Local Provincial y el Consejo de Coordinación Local Distrital con el objetivo de coordinar, concretar, liderar, monitorear y organizar el desarrollo del proceso participativo dentro del ámbito Departamental;

Que, en cumplimiento a la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, modificada por Ley N° 27902, Ley Ne 28968, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley N* 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, del Reglamento de la Ley, aprobado con Decreto Supremo N° 17 1-2003-EF; Ley N°27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modificaciones; e Instructivo N° 001- 2010-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, aprobado por esolución Directoral N°007-2010-EF/76.01; Proceso Presupuestario del Sector Público para el ño Fiscal 2015 aprobado con la Directiva N° 0003-2014-EF/05.01 y Resolución Directoral N* 005- 2014-EF/50.01 del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en concordancia al marco legal, antes señalado, es necesario contar con un reglamento que regule los mecanismos y procedimientos, a través del cual se incorporan los Agentes Participantes

ia] %\ con énfasis a las Organizaciones de la Sociedad Civil; al Comité de Vigilancia y Control; y Equipo DON 9 g Y y Equip VOB E AR

  • 10 E brientador de las actividades a realizar en cada una de las etapas del proceso;

écnico, en el proceso del Presupuesto Participativo, incluido un cronograma, como marco

Que, es necesario perfeccionar la interrelación entre los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, a fin que los procesos en la Región se desarrollen de manera articulada, para ello será importante que desde cada ámbito y nivel de Gobierno, tomen en cuenta la Visión Nacional, Regional y Local y que consideren los acuerdos alcanzados y las propuestas adoptadas en sus propios procesos participativos, a fin que se produzca una retroalimentación entre los procesos de las respectivas circunscripciones;

Que, con INFORME Ne 170-2016-GRU-GGR-GRPP-SGPE, la Sub Gerencia de Planificación y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, solicita Sesión Ordinaria con los miembros del Consejo de Coordinación Regional para que emitan opinión consultiva favorable de la propuesta de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020, sustentando la necesidad de iniciar el mencionado proceso con la aprobación del Reglamento que lo regula; y aprobar el Plan Anual y Presupuesto Participativo Periodo 2017, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2021 y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal;

Que, mediante Informe Legal N° 021-2017-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 14 de marzo de 2017, remitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali; recomienda que conforme a lo establecido por en el artículo 15°, literal c) de la Ley N° 27867 Ley

Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali - Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 - Lima Telef, (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

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Lo/¡ GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley N° 28056 - Ley Marco de Presupuesto Participativo; corresponde al CONSEJO REGIONAL aprobar el Plan Anual y Presupuesto Participativo periodo 2017 y el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020;

Que, en Sesión Ordinaria N001-2017 de fecha 13 de enero del año en curso, los miembros del Consejo de Coordinación Regional aprobaron los Acuerdos N001-2017-GRU-CCR y 002-2017- GRU-CCR, donde emiten opinión consultiva favorable del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020, y el Plan Anual y el Presupuesto Participativo; facultando al Presidente del Consejo de Coordinación Regional derivar al Consejo Regional para su aprobación;

Que, mediante Oficio N°223-2017-GRU-GR, de fecha 17 de marzo de 2017, el Gobernador egional de Ucayali remite al Consejo Regional la propuesta de Reglamento e inicio del Proceso supuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020 y Plan Anual y resupuesto Participativo Periodo 2017 para que sea debatido en el pleno del Consejo Regional;

ISO Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales; aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Participativo,

LAT. concertadas con el Consejo de Coordinación Regional y en el marco del Plan de Desarrollo

e le. Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las

V eyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de Prudencia y Transparencia

iscal, en concordancia con los incisos a), b) y c) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica

de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar 9 derogar las normas que regulen o

reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional,

concordante con el artículo 38% de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas

Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno

Regional;

Que mediante Dictamen N° 005-2017-GRU-CR-CPPYAT, de fecha 05 de abril de 2017 la Comisión de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, declara procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional Del Plan Anual y Presupuesto Participativo periodo 2017 y Reglamento del Proceso de Presúpuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020;

Que, en Sesión Ordinaria del 11 de abril de 2017, desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en Jr. Apurimac N° 460, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional, después del debate el cual consta en Acta de la presente sesión, se Aprobó por mayoría el siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento N° 001-2017-GRU-GR, Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020, que consta de SEIS (VI)

Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Ucayali

Títulos, VEINTE (20) Artículos y SIETE (VII) Disposiciones Transitorias y Finales, cuyo documento se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Periodo 2017, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.

ARTÍCULO TERCERO.-. APROBAR el inicio del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2018-2020 del Gobierno Regional de Ucayali.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la ejecución del proceso.

ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “EL PERUANO”, y en el Diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal en la página web del Gobierno Regional de Ucayali [www .regionucayali.gob.pe).

ARTÍCULO SEXTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Comuniquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.

En Pucallpa a los once días del mes de abril del año dos mil diecisiete

GOBIERNO RE DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL Oo POR TANTO: = AS

Mando se publique y cumpla

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil diecisiete

GOBIERNO REGION UCAYA

Ma Gambini*Rupay

OBERNADOR REGIONAL

Dirección: Jr. Apurímac N° 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/


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