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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0005-2015-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0005 - 2015-GRU-CR.

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ORDENANZA REGIONAL N° 005 -2015-GRU/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el Art. 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralización, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N°27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias, Ley N° 27902, Ley N°28013, Ley N° 29053; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica, política y administrativa constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, regula la estructura y organización del estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el numeral 9.2 del Art. 9º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, establece que la autonomía administrativa de gobierno es la facultad de organizarse internamente, reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el literal c) del Art. 35º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión de Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; Que, el Art. 1º de la Ley Nº 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declara al estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y a servicio del ciudadano;

Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la cual tiene 5 pilares centrales: I) Las Políticas Públicas Nacionales y el Planeamiento II) El Presupuesto para Resultados III) La Gestión por Procesos y la Organización Institucional IV) El Servicio Civil Meritocratico V) El Seguimiento, Monitoreo Evaluación y la Gestión del conocimiento, elaborados sobre la base de los componentes del modelo de gestión por resultados y complementados por tres ejes trasversales: I) Gobierno Abierto II) El Gobierno electrónico III) La articulación interinstitucional (Gobierno colaborativo multinivel); Siendo animados por un proceso explícito de gestión de cambio; Que, la Ley N° 30057 Ley de Servicio Civil tiene por finalidad que las entidades públicas del estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, mediante Informe N° 005-2015-GRU/GRPPyAT, de fecha quince de enero del dos mil quince la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que en la actualidad la estructura Orgánica y Administrativa del Gobierno Regional de Ucayali expresa en sus instrumentos de gestión vigentes, debe armonizar con las Funciones de una Gestión Administrativa Moderna, para el cumplimiento de una visión misión y objetivos institucionales, por lo que se hace propicio llevar adelante el proceso de modernización, participativa de la gestión del Gobierno Regional de Ucayali con el objetivo de mejorar su eficiencia mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos; orientado a implementar un esquema organizacional, con enfoque territorial que articule a los Órganos Sectoriales Regionales y que favorezca una gestión por resultado permitiendo de esta manera el logro de los fines y objetivos propuestos; Que, mediante Informe Legal N° 007-2015-GRU-P-GGR-ORAJ/TTC, de fecha veinte de enero del dos mil quince, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina favorablemente para la aprobación del Proceso de Modernización de la Gestión Pública del Gobierno Regional de Ucayali por lo que recomienda remitir al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Oficio Nº 039-2015-GRU-P, de fecha veintisiete de enero del dos mil quince, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali remite a la Secretaria del Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que declara en proceso de modernización la Gestión pública del Gobierno Regional de Ucayali y de todas las unidades orgánicas integrantes del pliego Regional para que sea debatido en el pleno del Consejo Regional;

Que, el literal O) del Art. 21 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de 15 días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene la atribución de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9º y 10º, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Extraordinaria de fecha veinte de marzo del dos mil quince, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: ARTICULO PRIMERO,- DECLARAR en Proceso de Modernización de la Gestión Pública del Gobierno Regional de Ucayali y de todas las unidades orgánicas integrantes del pliego 462 Gobierno Regional de Ucayali, con el objetivo de incrementar su eficiencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos. ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para que mediante Resolución Ejecutiva Regional conforme un Equipo Técnico Conductor del Proceso. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Oficina Regional de Administración, los cuales deberán emitir los actos resolutivos correspondientes para la efectiva implementación de la presente Ordenanza. ARTÍCULO CUARTO.- AUTORIZAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulación de la Región de Ucayali

y en el diario Oficial “El Peruano”, así como disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe), previa promulgación de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional de Gobierno Regional de Ucayali. ARTÍCULO QUINTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veinte días del mes de marzo del dos mil quince.

POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la sede central del Gobierno Regional de Ucayali a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil quince.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078471-ordenanza-regional-nro-0005-2015-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206208/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200005%20-%202015-GRU-CR..pdf