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ORDENANZA-REGIONAL-NRO-0004-2016-GRU-CR Regional Ordinance Ucayali In force

Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0004 - 2016-GRU-CR.

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

"Año DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU” ORDENANZA REGIONAL N° 004-2016-GRU-CR Pucallpa, ocho de marzo de 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de febrero del 2011, el Pleno del Consejo Regional aprobó por unanimidad la Ordenanza Regional Nº 001-2011-GRU/CR, con respecto al Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, publicado en el Diario “ Que, en Sesión Ordinaria de fecha 03 de febrero de 2016, mediante Acuerdo Regional Nº 0272016, el Pleno del Consejo Regional aprobó por unanimidad derivar el Oficio Nº 001-2016-GRU-CRUCAL, de fecha 02 de febrero del 2016, remitido por el Consejero Regional señor Rómulo Javier Bonilla Pomachari, en su calidad de Presidente de la Comisión de Asuntos Legales, quien presentó la “Propuesta de Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en cumplimiento al Acuerdo Regional Nº 034-2015”, a la COMISIÓN DE ASUNTOS LEGALES, para su evaluación y dictamen en el plazo establecido en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante Informe Legal N° 016-2016-GRU-CRU-AL/IV-RRR, de fecha 08 de marzo de 2016, la Abogada IV del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, Rina Ruiz Robalino, opinó declarar procedente la propuesta del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, y derogar la Ordenanza Regional N° 001-2011-GRU-CRU, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 11 de mayo de 2011; Que, contando con el Dictamen N° 001-2016-GRU-CR-CAL, de fecha 01 de marzo de 2016, favorable, presentado por la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, dictamino declarar procedente la propuesta de Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, y derogar la Ordenanza Regional N° 001-2011-GRU-CRU, publicado en el Diario Oficial “ Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) y e) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar su reglamento Interno, concordante con el Artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;

Dirección: Jr. Apurímac Nº 450 – Pucallpa – Ucayali – Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

"Año DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU” Que, mediante la Ley N° 29053 de fecha 26 de junio del 2007, modifica la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, norma legal que modifica los artículos 11º, 13º, 21º y 30º y, consecuentemente establece la estructura básica de los Gobiernos Regionales, regula la separación de poderes, excluyendo del Consejo Regional a la Gobernación y Vice Gobernación de los Gobiernos Regionales, lo que implica que el Reglamento Interno se constituye en una herramienta legal sobre el funcionamiento y atribuciones del Consejo Regional y que está integrada por los Consejeros Regionales; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha ocho de marzo de dos mil dieciséis, aprobaron por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO.- DEROGAR Ordenanza Regional N° 001-2011-GRU-CRU, de fecha 15 de febrero de 2011, que contenía el Reglamento Interno del Consejo Regional; ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la Ordenanza Regional que contiene el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, el mismo que consta de VI Títulos, 119 Artículos, 03 Disposiciones Finales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; ARTÍCULO TERCERO.-. ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, asimismo a la Oficina de Sistemas para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. Dado en la sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

Dirección: Jr. Apurímac Nº 450 – Pucallpa – Ucayali – Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3078450-ordenanza-regional-nro-0004-2016-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3206185/ORDENANZA%20REGIONAL%20Nro%200004%20-%202016-GRU-CR..pdf