Ordenanza Regional N.° ORDENANZA REGIONAL Nro 0003 - 2013-GRU-CR.
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2013-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero del 2013, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, de conformidad con el Artículo 35º literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional ; asimismo es atribución del Consejo Regional, aprobar los documentos de gestión; entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas adscritas al Gobierno Regional, en concordancia con el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de fecha 26 de julio del 2006, aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de organización y Funciones – ROF, por parte de las Entidades de la Administración Pública”, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, los cuales se ha cumplido estrictamente. Dirección: Jr. Raymondi Nº 220 – Pucallpa Telef. (061)57-4192 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 612-2006 y 335-2008/MINSA, declaran que, el Gobierno Regional de Ucayali ha culminado el proceso de transferencia de funciones en materia de salud, contenidas en el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, a fin de proceder a incluir las funciones en materia de salud establecidas en el artículo 49º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Que, mediante la Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28175, se establece los lineamientos generales para promover, consolidar y mantener una administración pública moderna, jerárquica, profesional, unitaria, descentralizada y desconcentrada basada en el respeto al Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, el desarrollo de los valores morales y éticos y el fortalecimiento de los principios democráticos para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las personas; Que, mediante Dictamen Nº 003-2013-GRU-CRU-CAL de fecha 19 de febrero del 2013, la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional, luego de la revisión de los documentos adjuntos al pedido presentado por el Ejecutivo, opinó por unanimidad aprobar la propuesta de Ordenanza Regional que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud de Ucayali. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, con los Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, con el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero del 2013, el Consejo Regional de Ucayali, con el voto unánime de su Consejeros, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, el mismo que consta de siete (07) títulos, doce (12) capítulos, treintisiete (37) artículos, dos (02) disposiciones complementarias y dos (02) disposiciones transitorias, incluyendo de los Órganos Desconcentrados, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEGUNDO.- DÉJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 018-2005-GRU/CR.
Dirección: Jr. Raymondi Nº 220 – Pucallpa Telef. (061)57-4192 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL ARTÍCULO TERCERO.- ENCÁRGUESE a la Dirección Regional de Salud de Ucayali la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y en un diario de circulación regional; Asimismo encargar a la Oficina de Sistemas, su difusión en el portal electrónico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.p). ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil trece.
POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil trece.
Dirección: Jr. Raymondi Nº 220 – Pucallpa Telef. (061)57-4192 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 www.regionucayali.gob.pe
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