Decreto Regional N.° DECRETO REGIONAL Nro 0004 - 2021-GRU-CR.
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACIÓN REGIONAL
Ho del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia Ñ
DECRETO REGIONAL N° 004- 2021-GRU-GR
Pucallpa, 22 de noviembre de 2021
VISTOS: El ACUERDO N° 010-2021-GRU-DG, de Sesión de Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de Ucayali, de fecha 18 de noviembre de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 17° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece los mecanismos de participación ciudadana ante los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, el Artículo 24° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece expresamente que el Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en la que se dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo;
Que, mediante ACUERDO N° 010-2021-GRU-DG, de Sesión de Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de Ucayali, de fecha 18 de noviembre de 2021, se aprobó la Convocatoria a la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ucayali periodo julio - diciembre 2021, que se efectuará el martes 28 de diciembre del presente año, mediante la modalidad virtual, a través del portal web institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) y/o FANPAGE (FACEBOOK) del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 004-2020-GRU-CR publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 18 de noviembre de 2020, se aprobó el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ucayali, que en su Artículo 11° establece: La convocatoria a las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas la realizará el Gobernador Regional mediante Decreto Regional con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario previos al desarrollo de la audiencia... La convocatoria se difundirá a través de comunicaciones escritas a cada una de las organizaciones de la sociedad civil e instituciones. Además, debe ser publicada en el diario encargado de las publicaciones judiciales y su difusión a través del portal web institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) y/o notas de prensa en los medios de comunicación radial de mayor alcance y otros medios que aseguren el conocimiento de la ciudadanía en general;
Que mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID - 19, orientadas a reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como a mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de la población y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas; el cual ha sido prorrogado mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA por un plazo de noventa (90) días calendario. Y mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM y 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) así como medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID -19; habiéndose prorrogado dicho plazo mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM, N° 094-2020-PCM y N° 116-2020-PCM, respectivamente, hasta el viernes 31 de julio de 2020. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 170-2020-PCM, modifica el Decreto Supremo N° 116- 2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID -19, modificado por los Decretos Supremos N° 126-2020-PCM, N° 135-2020-PCM, N° 139-2020-PCM, N° 146-2020-PCM, N° 151-2020-PCM,
Dirección: Jr. Raymondi N° 220 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Teléf. (061) 586120 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http:/Avww.regionucayali.gob.pe/ presidencia@regionucayali.gob.pe/
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACIÓN REGIONAL
Gro del Bicentenario del Poni: 200 años de Independencia"
N° 156-2020-PCM, N° 162-2020, N° 165-2020-PCM, N° 170-2020-PCM, N° 184-2020-PCM, N° 201- 2020-PCM, N° 002-2021-PCM, N° 004-2021-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, N° 046- 2021-PCM, N° 058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM, N° 105-2021-PCM y N° 123-2021-PCM; N° 131-2021-PCM, N° 149-2021-PCM, N° 152-2021-PCM y N° 167-2021-PCM.
Que, en el marco del estado de emergencia prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2020 para frenar el contagio del COVID - 19, el Poder Ejecutivo dispuso la suspensión de todo tipo de reunión social que implique concentración o aglomeración de personas. De acuerdo al Artículo 11° del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM y sus modificatorias, precisa, que están suspendidos los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concertación o aglomeración de personas, que pongan en riesgo a la salud pública, por tal motivo corresponde llevar a cabo la audiencia pública por medio de plataformas virtuales y en cumplimiento a lo dispuesto en la Primera Disposición Transitoria del Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ucayali, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 004-2020-GRU-CR, y publicado en el Diario Oficial “
Que, en atención a las consideraciones expuestas, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con la facultad que confiere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificaciones, el Acuerdo N° 010-2021-GRU-DG, de Sesión de Gerentes de fecha 18 de noviembre de 2021, Resolución Ejecutiva Regional N° 545-2021-GRU-GR, de fecha 18 de noviembre de 2021, y las visaciones de la Gerencia General Regional y la Oficina Regional de Asesoría Jurídica;
SE DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. - CONVOCAR a la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ucayali para el año fiscal 2021, a llevarse a cabo el martes 28 de diciembre del 2021 a horas 10:00 a.m. en la ciudad de Pucallpa, mediante la modalidad virtual, a través del portal web institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) y/o FANPAGE (FACEBOOK) del Gobierno Regional de Ucayali.
ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en el diario encargado de las publicaciones judiciales y a la Oficina de Tecnología de la Información para
su difusión a través del portal institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
REGISTRESE Y COMUNÍQUESE.
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
neat Luis Gutiérrez Rodriguez GOBERNADOR REGIONAL (e)
Dirección: Jr. Raymondi N° 220 — Pucallpa — Ucayali - Perú - Teléf. (061) 586120 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/ presidencia@regionucayali.gob.pe/
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/3715277-decreto-regional-nro-0004-2021-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3914846/DR0004-2021.pdf