Acuerdo Regional N.° 166-2025-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI (Es) CONSEJO REGIONAL
A “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
Año de la Homperación Lp Consolidación de la Cooncnte Peruana”
==
UCAYALI:
ACUERDO REGIONAL N? 166-2025-GRU-CR
Pucallpa, 27 de noviembre del dos mil veinticinco POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27887, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191* de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, Le corresponde las funcienes y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 3” del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, en en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de noviembre de 202, mediante citación N° 036-2025-GRU-CR-SCR, se dispone como segundo punto de agenda, el ingreso del Oficio N° 076- 2025-GRU-GR de fecha 24 de noviembre de 2025, mediante el cual el Consejero Regional Miguel Abel Silva Vásquez conjuntamente con otros Consejeros Regionales solicita que se agende en la próxima sesión extraordinaria, el Oficio N° 779-2025-GRU-GRE con el que se remite el expediente de solicitud para acuerdo regional para aceptación de transferencia en calidad de donación de bien inmueble a favor del Gobierno Regional de Ucayali”;
Que, mediante acta de asamblea extraordinaria de fecha 21 de octubre de 2024 y su rectificación en asamblea general extraordinaria de fecha 08 de febrero de 2025, la Comunidad Nativa NUEVO NAZARETH acordó en otorgar en calidad de donación 10,000.00 m2 del terreno de su propiedad al Gobierno Regional de Ucayali, la misma que consta en el Asiento C00013 de la Partida N° 11005606 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral VI Sede Pucallp.
© Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú ¿5 (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 480 -Pucalipa
Av. Arequipa 810 - Lima 2 (01-42 46320 52 www.gob.pe/regionucayali
SERPS A
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(3 Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú ©3 (06-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucalipa © Av. Arequipa 810 - Lima O (0N-4246320 © www.gob.pe/regionucayali
CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
Bao do fa Resuporacién y Consolidación de la Geonomia Pruana”
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI S
UCAYALI
Que, mediante OFICIO N° 779-2025-GRU-GR de fecha 24 de noviembre del 2025, ta Gobernador Regional (e) de Ucayali Mag. Jenny Giovana Reyna Garrido, solicita al Presidente del Consejo Regional de Ucayali Sr. Jaime Obdulio García Fernández, la emisión de un acuerdo mediante el cual se acepte la transferencia en calidad de donación del predio ubicado en la Comunidad Nativa Nuevo Nazareth, con una extensión superficial de 10,000.00 m2 a favor del Gobierno Regional de Ucayali, el mismo que será destinado al proyecto de inversión “CREACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE SALUD BASICOS (NIVEL ¡PRESS 1.1) EN LA COMUNIDAD NATIVA NUEVO NAZARETH DEL DISTRITO DE IPARIA — PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO — DEPARTAMENTO DE UCAYALI” CUL N? 259242;
Que, mediante Informe Legal N° 061-2025-GRU-GGR-ORAJ/SAOA de fecha 24 de noviembre del 2025, se remite opinión legal al Director de Sistema Administrativo IV - Oficina Regional de Asesoría Jurídica - Abog. Edwin O. Soto Idelfonso, concluye: (...) Estando al cumplimiento de los requisitos expuestos en el numeral 8.5 del artículo 8° de la Directiva N° 0009- 2025-EF/54,01 “Directiva que regula los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles de propiedad privada y disposición final de bienes inmuebles; y, el presente Informe Legal; esta Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, CONCLUYE ELEVAR el Expediente a setenta y cinco (75) folios, al Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, y previa evaluación, se APRUEBE LA ACEPTACIÓN DE DONACIÓN DE PREDIO A FAVOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, de conformidad con lo establecido en el literal s) del Artículo 15° de la Ley N° 27867 y el literal I) del artículo 28° del Reglamento Interno del Consejo Regional (...);
Que, el artículo 8° numeral 8.5 de la Directiva N° 0009-2025-EF/54.01 “Directiva que regula los actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 0034-2025-EF/54.01, el órgano competente para aceptar la Donación es el Consejo Regional del Gobierno Regional y se formaliza mediante Acuerdo Regional;
Que, el artículo 28° del Reglamento Interno del Consejo Regional “Atribuciones del Pleno del Consejo Regional de Ucayali”, en el literal I) establece que es atribución del pleno del Consejo Regional: Aprobar toda clase de donación u otras de naturaleza similar que se realicen en beneficio del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En Sesión Extraordinaria de fecha 27 de noviembre del 2025, celebrada de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la transferencia en calidad de DONACIÓN a favor Gobierno Regional de Ucayali, del predio ubicado en la Comunidad Nativa Nuevo Nazare
G GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI tés) CONSEJO REGIONAL
. “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
io de la PRecuperacifny Consolidación de la Economic Peruana”
“CREACION DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE SALUD BASICOS (NIVEL PRESS 1.1) EN LA COMUNIDAD NATIVA NUEVO NAZARETH DEL DISTRITO DE IPARIA — PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO — DEPARTAMENTO DE UCAYALI!” CUI N° 2592942; solicitado por la Gobernador Regional de Ucayali (e) Mag. Jenny Giovana Reyna Garrido.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, a las instancias administrativas competentes del Gobierno Regional de Ucayali, a que implemente las acciones administrativas complementarias para garantizar el estricto cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO TERCERO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.gob.pe/regionucayali
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE EGIONAL OE UBAYALI GOBIERNO, FTO REGÍONA Jaime | tcia Fernandez ©} Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú “3 (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 489 -Pucalipa Ronión (3 Av. Arequipa 810 - Lima © (0D-4246320 (3 www.gob.pe/regionucayali Ep
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