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152-2024-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 152-2024-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

pS “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

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ACUERDO REGIONAL N?2 152-2024-GRU-CR

Pucallpa, 12 de noviembre del dos mil veinticuatro. POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Las Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, los artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 — Ley de la Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, señala en el Artículo 13° que el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”.

(...);

Que, el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31812, establece que, son atribuciones del Consejo Regional, entre otros: “Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización”;

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: a. Proponer normas y acuerdos regionales”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, señala que “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión d

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 dr. Apurímac N° 460 - Pucallpa 10) Av. Arequipa 810 - Lima a (01)-42 46320 © www.gob.pe/regionucayali

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Que, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de noviembre de 2024, celebrada de manera presencial en el auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Calleria, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento interno del Consejo Regional de Ucayali; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, quedando aprobado por mayoría el siguiente:

APM ACUERDO REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la solicitud de ampliación de plazo de la actividad de fiscalización del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DE LAS PRINCIPALES CALLES DE LOS A.H. TUPAC AMARU, A.H. EDUARDO DEL AGUILA, H.U. LOS FRUTALES Y H.U. IMOSA, DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - UCAYALI” con CUT: 2332710, desde ei 16 de noviembre al 28 de diciembre del 2024, correspondiente al Acuerdo Regional N° 136-2024-GRUCR.

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ARTÍCULO SEGUNDO: REMITASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.

ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Secretaria General su difusión y publi a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (...

POR TANTO:

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (06-58 6120 Jr. Apurímac N° 440 - Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 9 www.gob.pe/regionucayali Productiva


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/6199695-152-2024-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7247975/6199695-acuerdo-regional-0152-2024.pdf