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147-2024-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 147-2024-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

ACUERDO REGIONAL N2 147-2024-GRU-CR

Pucallpa, 16 de octubre del dos mil veinticuatro. POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 491° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, el artículo 13” de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales — Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”; asimismo, conforme se desprende el artículo 15° de la Ley N° 27867, son atribuciones del Consejo regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k. Fiscalizar la gestion publica del Gobierno Regional. Para tal efecto, el Gobierno Regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logistica y el apoyo profesional necesarios. (...); así también el artículo 16° establece derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: a. Proponer normas y acuerdos regionales (...); asimismo; el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, señala que “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Artículo 3” del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 011-2020-GRU-CR, señala que: “El Consejo Regional de Ucayali, es el Órgano Normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificatorias y conexas”. Del mismo modo el Literal k) del Artículo 9° señala que son atribuciones del Consejo Regional “Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios y/o servidores Públicos del Gobierno Regional de Ucayali; Dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés Público Regional de Ucayali.”, a su vez el Literal d) del Artículo 17° establece “A ye (O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú E (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa ae © Av. Arequipa 810 - Lima @ (00-42 46320 e www.gob.pe/regionucayali Región

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

: : “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

  • Oo del Bicentenario de la Consolidación de nuestra Independencia y de la Conmemoración de las los informes que estimen necesarios a los Órganos de dirección y administración del Gobierno Regional de Ucayali y de la Administración. (...)”;

Que, Pedido Verbal el Consejero Regional de Ucayali — Leonardo Gabriel Mallqui Diaz representante de la Provincia de Corone Portillo, solicita que el Consejo Regional de Ucayali, cite de manera presencial al Director Ejecutivo del Programa de Infraestructura Multisectorial — PRIM, WARNER RUIZ PAREDES a fin de que exponga al Pleno del Consejo Regional de Ucayali, sobre el levantamiento de las observaciones realizadas mediante el Informe de Hito de Control N° 049- 2024-0C1/5354-SCC realizadas por el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ucayali, Y las obras que se están ejecutando mediante administración directa, el cual debe ser informado de manera presencial;

En Sesión Ordinaria de fecha 16 de octubre de 2024, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurimac N° 460 - Calleria, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

ARTICULO PRIMERO: CITAR, al Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva del Programa de Infraestructura Multisectorial — PRIM, Ingeniero Civil WARNER RUIZ PAREDES a la siguiente sesión de Consejo para que informe respecto del levantamiento de las observaciones realizadas por el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ucayali, mediante el Informe de Hito de Control N° 049-2024-0C1/5354-SCC de la obra: “MEJORAMIENTO A NIVEL DE AFIRMADO DE LA CARRETERA HACIA EL LAGO DE CASHIBOCOCHA (ENTRE EL KM. 10.5 DE LA CARRETERA FEDERICO BASADRE Y EL LAGO CASHIBOCOCHA), DISTRITO DE YARINACOCHA — PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO — DEPARTAMENTO DE UCAYALI” CUI N® 2462486. Y, las obras que se están ejecutando mediante administración directa, el cual debe ser informado de manera presencial.

ARTICULO SEGUNDO: El presente acuerdo del consejo regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (wwav.regionucayalt gos €).

POR TANTO:

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

— Ya, >

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa Regió @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (on-4246320 $ www.gob.pe/regionucayali Paca

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/6130497-147-2024-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7142498/6130497-acuerdo-regional-0147-2024.pdf