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105-2025-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 105-2025-GRU-CR

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CEN GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI (2) CONSEJO REGIONAL

UR — COOIKRHO REGIONAL OE “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

NA ola Beouperación y Consolidación de la Economia Peruana”.

ACUERDO REGIONAL N° 105-2025-GRU-CR

Pucallpa, 05 de agosto del dos mil veinticinco POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización

  • Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N2 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N2 27902, establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 5 determina que: “La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenido de la región;

Que, el artículo 2° de la Ley N2 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal”;

Que, el artículo 11° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, respecto a la organización de los gobiernos regionales dentro de su estructura considera al Consejo Regional siendo el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13” de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional “es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual forma el artículo 15° de la Ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...). Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”;

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto del 2025, mediante CITACIÓN N° 000023- 2025-GRU-CR-SCR, se dispone como sexto punto de agenda el Expediente N° 1114296 remitido por el Gobernador Regional de Ucayali Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY, quien mediante el OFICIO N° 543-2025-GRU-GR de fecha 22 de julio del 2025 solicita la modificación de presupuesto institucional de apertura reducción e incremento del marco presupuestal 2025;

Que, mediante INFORME N° 4282-2025-GRU-GR-GGR-GRPP-SGP de fecha 18 de julio del 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto informa a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, que conforme a lo dispuesto en el artículo Centésima Vigésima Segunda de las Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N.2 32185 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que establece que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben adecuar su programación presupuestal en el marco de las

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

A io De ta Peemporación y Consolidación de la Economia Peruana”.

RAS

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metas realistas de ejecución y del financiamiento disponible, se procede a la reducción del marco presupuestal en el Programa de Inversiones, toda vez que:

  1. Nose cuenta con saldo financiero disponible al 31 de diciembre de 2024 que respalde el marco presupuestal, programado en la formulación para la ejecución del año 2025, el mismo que ha sido justificado con el INFORME N. 039-2025-GRU-GGR-ORA-ET- Oficina Ejecutiva de Tesorería y el OFICIO N. 0224-2025-GRU.

  2. En la formulación y programación del presupuesto para el año 2025, en el Presupuesto Institucional de Apertura, se encuentra aprobado por el ingreso la incorporación de saldo de balance de S/ 62,993,763.

  3. Evaluación Presupuestal — Ingresos-Gastos.

Cuadro N. 1 Resumen de la Programación de ingresos en el PIA-2025

PROGRAMADO Y APROBADO EN EL

RUBRO CONCERTO PIA 2025 POR EL INGRESO 15. FONDO DE COMPENSACION REGIONAL - 02. SALDO DE FONCOR BALANCE 38,931,353.00 18. CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA | 02. SALDO DE DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES BALANCE 24,062,410.00

Total 62,993,763.00

Conciliación de Marco Presupuestal y Saldo Financieros (saldo de balance) PROGRAMADO Y belay

APROBADO EN EL PIA E Ñ RUBRO CONCEPTO TESORERIA a

2025 (18.02.2025)

POR EL INGRESO 02. SALDO anne cio ENSACION DE BALANCE- 38,931,353.00 0 -38,931,353.00 FONCOR

  1. CANON Y SOBRECANON, 02. SALDO REGALIAS, RENTA DE ADUANAS | DE BALANCE- 24,062,410.00 -17,460,248.41 Y PARTICIPACIONES FIDEICOMISO Canon y Sobrecanon 17,178.17 17,178.17 19-Participaciones FED 285,055.45 285,055.45 Foncor 480 480 H- Canon minero 241.58 241.58 |- canon forestal 132,920.81 132,920.81 R FOCAM 213,294.78 213,294.78 Ñ-Fideicomiso Regional 302,404.67 302,404.67 Fideicomiso Sg. INFORME N.040- 2025 TESORERIA 6,602,161.59 (19.02.2025) ROOC 880.39 DONACIONES Y 62,993,763.00 TRANSFERENCIAS 993,763; a sonal

  2. Luego de realizada la conciliación, se ha identificado que el monto programado de S/ 62,993,763 como saldo de balance, únicamente se dispone un saldo financiero de S/ 6,602,161.59, siendo necesario reducir el marco presupuestal por el gasto e ingreso por el monto de S/ 56,391,601.4, en la fuente de financiamiento recursos determinados del rubro, FONCOR, canon y sobrecanon, así como del rubro de fideicomiso. @ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

AS GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI (a) CONSEJO REGIONAL

ios, “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

UA Dela Reosporación y Consolidación de la Economia Peruana”.

  1. La evaluación de la ejecución y disponibilidad de recursos determina la imposibilidad de continuar con la programación vigente sin comprometer la sostenibilidad fiscal del pliego.

  2. En tal sentido, la presente reducción presupuestal se realiza con el objetivo de mantener la consistencia técnica y financiera del Presupuesto Institucional Modificado (PIM), priorizando aquellas intervenciones que cuenten con condiciones habilitantes para su ejecución efectiva durante el año fiscal 2025.

  3. En tal sentido, luego de la evaluación realizada por la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Autoridad Regional Ambiental, se ha determinado que los siguientes proyectos serán incluidos en el registro para la reducción del marco presupuestal, por no contar con los saldos financieros al 31.12.2024:

REPARACION DE CENTRO MEDICO; EN EL(LA) EESS CAIMITO - MASISEA EN LA LOCALIDAD CAIMITO, DISTRITO DE MASISEA, PROVINCIA CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO UCAYALI MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y COMPLEMENTARIA DE LA ESCUELA 29 2424348 SUPERIOR DE FORMACION ARTISTICA PUBLICA FONCOR 5,841,733.00 | GRI EDUARDO MEZA SARAVIA - YARINACOCHA - CORONEL PORTILLO - UCAYALI

CONSTRUCCION DE LA TROCHACARROZABLE DESDE EL KM. 360+700 DE LA CARRETERA FEDERICO

48 2130701 BASADRE EN EL CASERIO SHIRINGAL ALTO - CASERIO | FONCOR 1,960,738.00 | GRI NUEVO JAEN - CASERIO SANTA ANA, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALI

MEJORAMIENTO DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE LAS ESPECIALIDADES DE CONSTRUCCIÓN CIVIL, MECÁNICA AUTOMOTRIZ, ELECTROTECNIA

04 (62 2340106 INDUSTRIAL, ADMINISTRACION DE RECURSOS FONCOR 4,033,176.00 | GRI FORESTALES Y PRODUCCION AGROPECUARIA DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO SUIZA -UCAYALI

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CAMPO VERDE, DEL DISTRITO DE CAMPO VERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE 06 =} 90 2494897 GESTION AMBIENTAL REGIONAL EN LAS 4 FONCOR 2,500,000.00 | ARAU PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL MERCADO MUNICIPAL PRINCIPAL EN LA CIUDAD DE AGUAYTIA 97 1240 12323888 DISTRITO DE PADRE ABAD, PROVINCIA DE PADRE | FONCOR a ant ABAD - UCAYALI

REPARACION DE CENTRO MEDICO; EN EL(LA) EESS CHANCAY - CALLERIA EN LA LOCALIDAD CHANCAY, DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO UCAYALI

2558850 FONCOR 110,801.00 | GRDS

05 87 2340077 FONCOR 2,040,000.00 | GRI

08 94 2558854 FONCOR 267,110.00 | GRDS

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

De la Recyperacién y Consolidación de la Eoonomía Peruana”.

2558855

REPARACION DE CENTRO MEDICO; EN EL(LA) EESS JUNIN PABLO - MASISEA EN LA LOCALIDAD JUNIN PABLO, DISTRITO DE MASISEA, PROVINCIA CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO UCAYALI

FONCOR

18,865.00

GRDS

2558862

REPARACION DE CENTRO MEDICO; EN EL(LA) EESS PUCALLPILLO - MANANTAY EN LA LOCALIDAD PUCALLPILLO, DISTRITO DE MANANTAY, PROVINCIA CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO UCAYALI

FONCOR

272,658.00

GRDS

2558863

REPARACION DE CENTRO MEDICO; EN EL(LA) EESS NUEVA BETANIA - CALLERIA EN LA LOCALIDAD NUEVA BETANIA, DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO UCAYALI

FONCOR

55,755.00

GRDS

2558865

REPARACION DE CENTRO MEDICO; EN EL(LA) EESS SANTA ELENA - CALLERIA EN LA LOCALIDAD SANTA ELENA, DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO UCAYALI

FONCOR

34,281.00

GRDS

2624101

ADQUISICION DE EQUIPO DE LABORATORIO; EN SESENTA Y UN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD 1.4 A NIVEL DEPARTAMENTAL (UCAYALI)

FONCOR

979,773.00

GRDS

2411645

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI, DISTRITO DE CALLERIA - PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - DEPARTAMENTO DE UCAYALI

FONCOR

15,816,463.00

SUB TOTAL

2329899

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL MERCADO MUNICIPAL PRINCIPAL EN LA CIUDAD DE AGUAYTIA DISTRITO DE PADRE ABAD, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALI

CANON

7,574,494.00

GRI

[gies

GRI

2295209

MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y COMPLEMENTARIA EN LA 1.E. INICIAL N 268 MICAELA BASTIDAS - CALLERIA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - REGION UCAYALI

FIDEICOMISO

492,267.00

GRI

2332710

MEJORAMIENTO DE LAS PRINCIPALES CALLES DE LOS A.H. TUPAC AMARU, A.H. EDUARDO DEL AGUILA, H.U. LOS FRUTALES Y H.U. IMOSA, DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - UCAYALI

FIDEICOMISO

908,563.00

GRI

2441538

MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD DE LAS VÍAS URBANAS DEL JR. CÉTICOS DESDE LA AV. JOSÉ BALTA HASTA LA CALLE 20, DISTRITO DE MANANTAY

  • PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - DEPARTAMENTO DE UCAYALI

FIDEICOMISO

917,114.00

GRI

2265062

MEJORAMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL DE LA SEDE CENTRAL Y DE LAS DIRECCIONES REGIONALES ADSCRITAS EN LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, REGION UCAYALI

CANON

1,639,510.00

GRI

2283576

INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE.II N 490 LA UNION, N 519 RETONITOS DE MANANTAY, N 506, N 507 - DISTRITO DE CALLERIA, MANANTAY Y CURIMANA - PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Y PADRE ABAD - REGION UCAYALI

CANON

111,899.00

GRI

O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, O Av. Arequipa 810 - Lima

Perú @ (061)-58 6120

@ (01)-42 46320

Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ www.gob.pe/regionucayali

LEN GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI fe >) CONSEJO REGIONAL

= R=S E o os “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” UCAY/ Ls De la Pemporación y Consolidación de la Economia Pomana”.

MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE

LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD 07 200 2292229 BREU - DISTRITO DE YURUA - PROVINCIA DE CANON 2:881,/257:00 |¡68I

ATALAYA - REGION UCAYALI

CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y 08 015 2056003 ALCANTARILLADO SANITARIO DE YARINACOCHA II CANON 1,659,549.00 | GRI ETAPA - SECTOR 10 - PUCALLPA

MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y COMPLEMENTARIA DE LA ESCUELA 09 029 2424348 SUPERIOR DE FORMACION ARTISTICA PUBLICA CANON 266,144.00 | GRI EDUARDO MEZA SARAVIA - YARINACOCHA - CORONEL PORTILLO - UCAYALI

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION PRIMARIA Y SERVICIO DE EDUCACION SECUNDARIA

EN I.E. 64698 SGTO.2DO.FAP LAZARO ORREGO 10 454 2634602 MORALES DE CENTRO POBLADO LA PAZ DISTRITO DE CANON 9,451.00) GR!

YARINACOCHA DE LA PROVINCIA DE CORONEL

PORTILLO DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI

Ajuste a la realidad económica:

Se hace necesaria la reducción del marco presupuesta como medida preventiva para evitar desequilibrios financieros en el futuro, por la ejecución de los proyectos de inversión.

Concluye en su informe detallando:

  1. Al no contar con la cuantía de saldo de balance de los rubros FIDEICOMISO y FONDO DE COMPENSACION REGIONAL, programado en el PIA por el monto de S/ 62,993,763 ; y al haberse determinado la cuantía en S/ 6,602,161.59 por la Oficina de Tesorería, conforme a la Segunda DCF, y a la Centésima vigésima segunda de la Ley 32185, en orden de prioridad, se recomienda la reducción del marco presupuestal de S/ 56,391,601.41 que comprende a los Proyectos de inversión señalado en el cuadro N.4 PROYECTOS DE INVERSION PROGRAMADOS CON SALDO DE BALANCE: FIDEICOMISO Y FONCOR, hasta por el monto identificado en la evaluación.

  2. Con la finalidad de aprobar la reducción del marco presupuestal por el monto de S/ 56,391,601 correspondiente a los proyectos señalados en el punto (7), debido a la no disponibilidad del saldo financiero al 31.12.2025, y en atención a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final y en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, dicha reducción debe ser sometida a sesión del Consejo Regional para su respectiva autorización.

Que, mediante INFORME N2 808-2025-GRU-GGR-GRPP de fecha 21 de julio del 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, solicita a la Gerencia General Regional la Reducción de Marco Presupuestal en el Programa de Inversiones, conforme al artículo Centésima Vigésima y en atención a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, según detalla:

PROGRAMADO Y APROBADO EN EL RUBRO CONCEPTO PIA 2025 POR EL INGRESO 15. FONDO DE COMSACIÓN 02. SALDO DE BALANCE 38,931,353.00 REGIONAL-FONCOR 18. CANON Y SOBRECANON, 02. SALDO DE BALANCE 17,460,248.41 REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES TOTAL 56,391,601.00 @ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa

O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

AS GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

RARO ARSIOMAL on “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

CNN Dela Reouporación y Consolidación dela Economia Peruana”.

Que, mediante INFORME LEGAL N2 052-2025-GRU-GGR-ORAJ/TTC de fecha 22 de julio del 2025, se informa a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, que el marco legal habilitante que permite a los Gobiernos Regionales, efectuar la modificación presupuestaria en las Fuentes de Financiamiento: Canon y Sobrecanon y el Fondo de Compensación Regional — FONCOR, es la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185 — Ley de Presupuesto Público para el ejercicio Fiscal 2025. Asimismo, indica que en los Gobiernos Regionales la modificación presupuestaria de los montos aprobados en el PIA, se realiza mediante Acuerdo Regional por el Consejo Regional;

Que, mediante el ACUERDO REGIONAL N2 160-2024-GRU-CR de fecha 28 del 2024, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura — PIA 2025, del Pliego 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali; por S/ 1,623,487,761.00 (Mil Seiscientos Veintitrés Millones Cuatrocientos Ochenta y Siete mil Setecientos Sesenta y Uno 00/100 soles);

Que, la LEY N2 32185 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, indica en su Centésima Vigésima Segunda Medida para la modificación del presupuesto institucional por las fuentes de financiamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito. (...). 2. Autorizar, en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modificar su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Determinados correspondiente a: i) los rubros Fondos de Compensación Regional (FONCOR) y Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), y, ii) los ingresos por canon, sobrecanon y renta de aduanas; provenientes de los ingresos percibidos por dichos conceptos en el Año Fiscal 2024; solo para reducirlo hasta por el monto que resulte de la diferencia entre el Presupuesto Institucional Modificado y el monto de los ingresos percibidos. 3. La modificación del presupuesto institucional autorizada en el presente artículo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del consejo municipal se pública en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de conejo regional y acuerdo de consejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N2 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece que; los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional.

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto del 2025, celebrada de manera presencial desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460-Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (on-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

oC aoe GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI : CONSEJO REGIONAL , couumomooce — "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” EA io De la Deesporacióny Conioldación de la Eronomía Poruana”

Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la REDUCCIÓN DE MARCO PRESUPUESTAL EN EL

PROGRAMA DE INVERSIONES, conforme al artículo Centésima Vigésima Segunda y en atención a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, según se detalla:

353.00

NN

TOL en §/56,391,601,00

ARTÍCULO SEGUNDO: REMÍTASE, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO TERCERO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, y la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional.

ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación.

ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL, la publicación del Presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y su difusión y publicación a través del Portal

Web institucional: (www.gob.pe/regionucayali).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. REGIONAL DEAICAYALI GoBIERA INSEJO R A Jaime a Fernandez @ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/7046216-105-2025-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8499173/7046216-acuerdo-regional-0105-2025-gru-cr.pdf