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079-2025-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 079-2025-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

PP. Los » i i j Hombres” UCAYALI Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

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ACUERDO REGIONAL N° 079-2025-GRU-CR

Pucallpa, 03 de junio del dos mil veinticinco POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el articulo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, los artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 — Ley de la Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, (...)”;

Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”;

Que, el artículo 5” del Reglamento en comento, precisa que el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 03 de junio del 2025, celebrada de manera virtual en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali mediante CITACIÓN N° 000020-2025-GRU-CR-SCR, se dispone como primer punto de agenda el ingreso del PEDIDO N2 002-2025-GRU-CR-JETG de fecha 29 de mayo del 2025 del Consejero representante de la Provincia de Atalaya JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, en la cual solicita: Que se agende en próxima sesión de Consejo la aprobación de la actividad de Fiscalización del Proyecto de Inversión: “RECUPERACIÓN DE LOS SERVICIOS ECOSISTEMICOS DE CONTROL DE LA EROSIÓN DEL SUELO EN LA CUENCA DEL RIO BAJO UCAYALI, DISTRITO DE TAHUANIA, PROVINCIA DE ATALAYA, REGION DE UCAYALI” - CUI: 2317612;

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Peru @ (06-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (0N-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

Región A

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

"io de la Pesuperación y Consolidación de la Ceonomia Peruana

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Que, mediante PEDIDO N2 002-2025-GRU-CR-JETG de fecha 29 de mayo del 2025 el Consejero JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, solicita a la Presidencia del Consejo Regional que conforme a lo establecido en el artículo 172 literal e) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, y con base en la LEY N° 31812 - Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los Consejos Regionales, y a la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, agendar en la próxima sesión del Consejo Regional, la siguiente proposición de Acuerdo Regional: “RECUPERACIÓN DE LOS SERVICIOS ECOSISTEMICOS DE CONTROL DE LA EROSIÓN DEL SUELO EN LA CUENCA DEL RIO BAJO UCAYALI, DISTRITO DE TAHUANIA, PROVINCIA DE ATALAYA, REGION DE UCAYALI” - CUI: 2317612;

Que, en la Sesión Extraordinaria de fecha 03 de junio del 2025, celebrada de manera virtual en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali, el Sr. Presidente del Consejo Regional dio a conocer el pedido del Consejero JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, quien inmediatamente sustentó su pedido y PTAF ante el Pleno del Consejo Regional, seguidamente el Presidente del Consejo Regional solicitó la participación sobre el referido pedido, generándose una serie de deliberaciones por parte del colegiado regional de Ucayali; acto seguido el Sr. Presidente del Consejo da por culminado el debate y somete a votación la solicitud de aprobación del PTAF del Consejero Regional JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ; siendo aprobado por mayoría;

Que, el Artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: (...) b. Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general;

Que, el Artículo 75° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece respecto al régimen de fiscalización señala: a. Fiscalización El Gobierno Regional está sujeto a la fiscalización permanente del Congreso de la República, del Consejo Regional y la ciudadanía, conforme a ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fiscalización se ejerce con arreglo a los principios de gestión pública regional señalados en la presente Ley;

Que, mediante Acuerdo Regional N° 032-2025-GRU-CR de fecha 20 de marzo del 2025, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización - PAF del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali para el ejercicio fiscal 2025, en cumplimiento de lo establecido en el Literal d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31812, Ley que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y Directiva N° 010-2024- CG/PREVI, Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente acuerdo regional;

Que, de acuerdo al artículo 3° de la Ley N° 31812, se modifica la disposición complementaria final primera de la Ley que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Consejos Municipales y Consejos Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización;

Que, con Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, se aprueba la DIRECTIVA N° 010- 2024-CG/PREVI, “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, establece las disposiciones que regulan el proceso de presentación del Balance Semestral sobre

© Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa (O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

Regió: e

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa (O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Año de la Penperación y Consolidación de la Economia Peruana”.

el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los consejeros regionales en el marco previsto en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, a fin de favorecer al adecuado uso de los recursos públicos, la transparencia y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional;

Que, en el literal e) numeral 6.4.3 de la DIRECTIVA en comento, respecto a las obligaciones del Consejo Regional señala: “Aprobar mediante Acuerdo de Consejo Regional (...), cada actividad de fiscalización, propuesta de forma individual o en comisión, a través del PTAF;

Que el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), es un documento de planificación de trabajo, elaborado y propuesto por los consejeros regionales ante el Consejo Regional para su aprobación, cuya estructura está contenida en el Anexo N° 04 “Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización” de la DIRECTIVA N° 010-2024-CG/PREVI;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional;

En Sesión Extraordinaria de fecha 03 de junio del 2025, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 — Callería de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; por Mayoría se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACION (PTAF), del Consejero Regional representante por la Provincia de Atalaya JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, que se anexa al presente, de la actividad de fiscalización: “RECUPERACIÓN DE LOS SERVICIOS ECOSISTEMICOS DE CONTROL DE LA EROSIÓN DEL SUELO EN LA CUENCA DEL RIO BAJO UCAYALI, DISTRITO DE TAHUANIA, PROVINCIA DE ATALAYA, REGIÓN DE UCAYALI!” - CUI: 2317612 en un plazo estimado de ejecución del 16 de junio al 12 de setiembre del 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER, como RESPONSABLE de la Actividad de Fiscalización (PTAF): “RECUPERACIÓN DE LOS SERVICIOS ECOSISTEMICOS DE CONTROL DE LA EROSIÓN DEL SUELO EN LA CUENCA DEL RIO BAJO UCAYALI, DISTRITO DE TAHUANIA, PROVINCIA DE ATALAYA, REGIÓN DE UCAYALI” al Consejero Regional JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, quien deberá observar los plazos y actividades descritas en el citado Plan de Trabajo.

ARTÍCULO TERCERO: FACULTAR, al Consejero Regional JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, a reprogramar el cronograma de su Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), en caso de ser necesario.

ARTÍCULO CUARTO: REMITIR, el presente Acuerdo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Ucayali y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan los actos administrativos que ameriten su conocimiento y cumplimiento.

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Lio de la Ponperación y Consolidación de la Ceonomla Peruana”.

ARTÍCULO QUINTO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.regionucayali.gob.pe.

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

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O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y) (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa © Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali


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