Acuerdo Regional N.° 074-2026-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
— Lio de la CEperanza 74 al Bortalocimiento de ta Democracia”
ACUERDO REGIONAL N° 074-2026-GRU-CR
Pucallpa, 27 de mayo del dos mil veintiséis POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, los artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 - Ley de la Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, (...)”;
Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”;
Que, el artículo 5° del Reglamento en comento, precisa que el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 75° del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre Pedidos señala: “Los Pedidos deberán ser breves, concretos y su sustentación no excederá de tres (3) minutos, de acuerdo a su importancia o en el caso que se origine debate, el Presidente y/o Presidenta del Consejo Regional, dispondrá que pase a Orden del Día. (...)”. Por otro lado, el artículo 76° Reglamento antes citado, precisa, que los Consejeros Regionales y/o Consejeras Regio I
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” — “Año de la “Esperanza 14 al Portalocimiente de la Democracia”
Ucayali, podrán presentar los pedidos por escrito, a través de Secretaría del Consejo Regional y en forma oral durante la presente estación que se formula;
Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de mayo del 2026, mediante CITACIÓN N° 000013-2026-GRU-CR-SCR, se dispone como cuarto punto de agenda, el ingreso del Oficio N° 026-2026-GRU-CR-LODA de fecha 21 de mayo de 2028, mediante el cual la Consejera Regional Lucerito Ondina Dávila Alvarado solicita que se deje sin efecto el ACUERDO REGIONAL N° 054- 2026-GRU-CR que aprobó la actividad de Fiscalización al Proyecto: “PROYECTO 4: MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL EN EL TRAMO: CASERIO LOS ANGELES - CASERIO RAYAL DEL DISTRITO DE NUEVA REQUENA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, CON CUI 2502160; "PROYECTO 2: INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LA LOCALIDAD DE NUEVO PARAISO, DISTRITO DE NUEVA REQUENA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, REGION UCAYALI" CON CUI: 2253841;
Que, la Consejera Regional LUCERITO ONDINA DAVILA ALVARADO sustentó su PEDIDO indicando que debido a la entrada en vigencia de la Directiva N° 002-2026-CG/PREV “Presentación del Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales, sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización”, es necesario adecuar su actividad de fiscalización a dicha norma, por lo que en atención a ello solicita se deje sin efecto el acuerdo indicado;
Que, mediante Acuerdo Regional N° 010-2026-GRU-CR de fecha 26 de enero del 2026, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización - PAF del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali para el ejercicio fiscal 2026, en cumplimiento de lo establecido en el Literal d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31812 - Ley que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, y Directiva N° 010-2024. CG/PREVI - Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización: el mismo que como anexo forma parte integrante del presente acuerdo regional;
Que, con Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, se aprobó la DIRECTIVA N° 010- 2024-CG/PREVI, “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, establece las disposiciones que regulan el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los consejeros regionales en el marco previsto en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, a fin de favorecer al adecuado uso de los recursos públicos, la transparencia y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional :
Que, con fecha 09 de abril de 2026 se publicó la Resolución de Contraloría N° 178-2026- CG que aprobó la DIRECTIVA N° 002-2026-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización”, la misma que entró en vigencia el 29 de abril de 2026, al día siguiente de la comunicación que realizó la contraloría a través de la plataforma GOB.PE para la habilitación del inicio del registro de información en el aplicativo informático BASE del RÁ EN
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
a A “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
— Aro de la “Ciperanga y el Bortalecimiento de la Dencoracia” Semestral - Primer Semestre del año 2026; dejando sin efecto la DIRECTIVA N° 01 0-2024- CG/PREVI;
En Sesión Extraordinaria de fecha 27 de mayo del 2026, celebrada en forma virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; por Unanimidad se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR DEJAR SIN EFECTO, el ACUERDO REGIONAL N* 054-2026-GRU-CR, respecto al Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), de la Consejera Regional LUCERITO ONDINA DAVILA ALVARADO, referido a la siguiente actividad de fiscalización:
“PROYECTO 1: MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL EN EL TRAMO: CASERIO LOS ANGELES - CASERIO RAYAL DEL DISTRITO DE NUEVA REQUENA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, CON CUI 2502160.
“PROYECTO 2: INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LA LOCALIDAD DE NUEVO PARAISO, DISTRITO DE NUEVA REQUENA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, REGION UCAYALI” CON CUI: 2253841,
ARTÍCULO SEGUNDO: REMÍTIR el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente,
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.gob.pe/regionucayali.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
ES que Tello Gonzate PRESIDENTE
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