Acuerdo Regional N.° 070-2025-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Lio do la Recuperacién y Consolidación do la Ceonomia Peruana
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ACUERDO REGIONAL N° 070-2025-GRU-CR
Pucallpa, 14 de mayo del dos mil veinticinco POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 3° del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 76° del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre la Estación Pedidos establece, que: “Los Consejeros Regionales de Ucayali podrán presentar sus PEDIDOS por escrito, o através de Secretaría del Consejo Regional, y en forma oral durante la presente Estación que se formula”;
Que, en la Estación de pedidos de la Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo del 2025, la Consejera Regional Sra. FIOERELLA VICTORIA FLORES VALVERDE, representante de la Provincia de Coronel Portillo, solicitó y sustentó con el apoyo de la funcionaria del GOREU Sra. CLARA MERA DE DIAZ de forma oral y documentada ante el Pleno del Consejo Regional de Ucayali, el siguiente pedido: “Se apruebe el viaje al exterior de la Dra. CLARA MERA DE DIAZ en su condición de DIRECTORA de la Oficina de Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales del Gobierno Regional de Ucayali, al Lic. MAGNO IZQUIERDO VASQUEZ como especialista en cooperación técnica internacional y a la Mag. KARINA MARGOT CARDENAS YUPANQUI como especialista en presupuesto, para participar en el Programa CIAT DE KIOKA, denominado “DESARROLLO DE
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Región Productiv
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Lio de la Reeyperaciény Consolidación de la Ceonemia Peruana”.
CAPACIDADES PARA EL INTERCAMBIO DE CONOCIMIENTOS SOBRE EL DESARROLLO DE COREA EN PERÚ 2024-2026”;
Que, los Consejeros Regionales una vez escuchado la exposición de la Consejera y la citada funcionara del GOREU, que solicitaron que se apruebe el viaje al exterior de los citados funcionarios, no aprobaron el pedido solicitado, al no alcanzar los votos de aprobación para dicho viaje al exterior;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo del 2025, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; no aprobaron lo solicitado por la Consejera Sra. FIORELLA VICTORIA FLORES VALVERDE:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: NO APROBARON, el pedido de la Consejera Mag. FIORELLA VICTORIA FLORES VALVERDE, sobre el viaje al exterior de la Dra. CLARA MERA DE DIAZ en su condición de DIRECTORA de la Oficina de Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales del Gobierno Regional de Ucayali, al Lic. MAGNO IZQUIERDO VASQUEZ como especialista en cooperación técnica internacional y a la Mag. KARINA MARGOT CARDENAS YUPANQUI como especialista en presupuesto, para participar en el Programa CIAT DE KIOKA, denominado “DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA EL INTERCAMBIO DE CONOCIMIENTOS SOBRE EL DESARROLLO DE COREA EN PERÚ 2024-2026”.
ARTÍCULO SEGUNDO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO TERCERO: ARCHIVESE, el presente expediente.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.regionucayali.gob.pe.
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL) (O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa © Av. Arequipa 810 - Lima @ (0-42 46320 @® www.gob.pe/regionucayali
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/6808193-070-2025-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8125470/6808193-acuerdo-regional-070-2025.pdf