Acuerdo Regional N.° 065-2025-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
Pro de la Peeuperación y la Consolidación de la Economia Peruana”
ACUERDO REGIONAL N2 065-2025-GRU-CR
Pucallpa, 14 de mayo del dos mil veinticinco.
POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional de Ucayali, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Ejerce funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado”;
Que, en en Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo del 2025, celebrada de manera presencial en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali mediante CITACIÓN N° 0000017-2025- GRU-CR-SCR se dispone como décimo tercer punto de agenda el ingreso del OFICIO N° 0012-2025- GRU-CR-CAL de fecha 23 de abril del 2025 remitido por la Comisión de Asuntos Legales, por medio de la cual remite el DICTAMEN N° 003-2025-GRU-CR-CAL que CREA LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI Y DEROGAR LA ORDENANZA REGIONAL N° 016-2013-GRU-CR, con referencia al Acuerdo Regional N° 019-2025-GRU-CR, para su aprobación;
Que, mediante ACUERDO REGIONAL N° 034-2025-GRU-CR de fecha 27 de marzo del 2025, el Pleno del Consejo Regional, aprobó derivar, a la COMISIÓN DE ASUNTOS LEGALES del Consejo Regional de Ucayali, el Expediente N° 010053857, que contiene la solicitud de aprobación de Ordenanza Regional que crea LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, para su análisis y evaluación por las razones expuestas en la parte considerativas de la presente.
Que, mediante el OFICIO N° 0012-2025-GRU-CR-CAL de fecha 23 de abril del 2025, la Comisión de Asuntos Legales, se dirige a la Presidencia del Consejo Regional de Ucayali, para referir que en mérito a sus funciones como Presidente de la Comisión de Asuntos Legales, señaladas en el artículo 52° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, solicita agendar en la próxima sesión de Consejo Regional, se apruebe el DICTAMEN N° 003-2025-GRU-
Jr. Apurímac N° 460-Pucall O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú ~@ (061-58 6120 E Apurimac N’ 460-Rucalba
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
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CR-CAL, que dictaminó en su Artículo primero que se CREA LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI (CRA-U), como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, conforme a lo dispuesto por Ley N° 29976 — Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 089-2013-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 169-2021-PCM, para la cual, deberá coordinar con la Comisión de alto Nivel Anticorrupción y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y , consecuentemente, deroga la ORDENANZA REGIONAL N° 016-2013-GRU-CR, y todo acto administrativo que se lo oponga;
Que, mediante el DICTAMEN N° 003-2025-GRU-CR-CAL de fecha 16 de abril del 2025, se tiene que mediante Ordenanza Regional N° 016-2013-GRU-CR, se crea la comisión regional anticorrupción de Ucayali, como comisión multisectorial, no incorporada como unidad orgánica, que tiene como objetivo principal, implementar acciones de prevención y combatir la corrupción en el marco del plan nacional de lucha contra la corrupción, asimismo, refiere que Mediante Informe Legal N.2 004-2025-GJPV, de fecha 10 de abril del 2025, el abogado adscrito a la Comisión de Asuntos Legales concluye que, resulta procedente y consecuentemente, viable impulsar, promover y aprobar la ORDENANZA REGIONAL que la COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI (CRA-U), como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, conforme a lo dispuesto por la Ley N.2 29976 - Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.2 089-2013-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 169- 2021-PCM, por lo que la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional de Ucayali, dictaminó, en su Artículo Primero. - CRÉASE la COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI (CRA-U), como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, conforme a lo dispuesto por la Ley N.2 29976 - Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.2 089-2013-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 169-2021-PCM, para lo cual, deberá coordinar con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaria de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, y en su Articulo Segundo dictamina que se DERÓGUE la ORDENANZA REGIONAL 016-2013-GRU-CR, y todo acto administrativo que se oponga a la presente Ordenanza Regional;
Que, los señores Consejeros una vez escuchada la sustentación del Presidente de la Comisión de Asuntos Legales, acordaron por mayoría aprobar el DICTAMEN N° 003-2025-GRU-CRCAL de fecha 16 de abril del 2025, que crea la COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI (CRA-U), y deroga la ORDENANZA REGIONAL 016-2013-GRU-CR;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, establece en su artículo 972 que “Los dictámenes, son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las Comisiones sobre las proposiciones de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales, que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dicho estudio. Pueden incluir una sumilla de las opiniones que sobre el proyecto hubiesen hecho llegar las organizaciones ciudadanas o los colegios profesionales. (...)”.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano f
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sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional;
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo del 2025 celebrada en el auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por mayoría, se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el DICTAMEN N° 003-2025-GRU-CR-CAL de fecha 16 de abril del 2025, emitido por la Comisión de Asuntos Legales que dictaminó que se crea MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL la COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI (CRA-U), como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, conforme a lo dispuesto por la Ley N.2 29976
- Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.? 089-2013-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 169-2021-PCM, para lo cual, deberá coordinar con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaria de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, se derogue la ORDENANZA REGIONAL 016- 2013-GRU-CR, y todo acto administrativo que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO: REMITIR, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional para su conocimiento, fines y su respectiva implementación.
ARTICULO TERCERO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL su difusión y publicación del presente Acuerdo Regional, a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GOBIERNO i DE UCAYALI Cc PRAL
RS
Jr. Apurímac N° 460-Pucállpa
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Región
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