Acuerdo Regional N.° 060-2026-GRU-CR
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ACUERDO REGIONAL N° 060-2026-GRU-CR
Pucallpa, 10 de abril del dos mil veintiséis POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional;
Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala que: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Asi mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 75” del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre Pedidos señala: “Los Pedidos deberán ser breves, concretos y su sustentación no excederá de tre
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(3) minutos, de acuerdo a su importancia o en el caso que se origine debate, el Presidente y/o Presidenta del Consejo Regional, dispondrá que pase a Orden del Día. (...)”. Por otro lado, el artículo 76° del Reglamento antes citado, precisa, que los Consejeros Regionales y/o Consejeras Regionales de Ucayali, podrán presentar los pedidos por escrito, a través de Secretaría del Consejo Regional y en forma oral durante la presente estación que se formula; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de abril de 2026, realizada de manera virtual, mediante Citación N° 00009-2026-GRU-CR-SCR, se dispone como unto de agenda el Pedido verbal del Consejero por la Provincia de Atalaya — JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, mediante el cual solicita la participación en la “Edición | de la Expo amazónica Cusco 2026", que se realizará en la ciudad del Cusco los días 29, abril al 03 de mayo de 2026, evento que de desarrollará en el campo ferial de Huancaro en la ciudad del Cusco;
Que, mediante OFICIO N° 071-2026-MRA-PMRA-EA26CUSCO de fecha 09 de abril de 2026, el Sr. Manuel Gambini Rupay en su condición de Presidente de la Mancomunidad Regional Amazónica, realiza la invitación a participar en “EDICIÓN | DE LA EXPOAMAZONICA CUSCO 2026", que se realizará en la ciudad del Cusco los días 29, abril al 03 de mayo de 2026, el mismo que se desarrollará en el campo ferial de Huancaro en la ciudad del Cusco;
Que, este importante evento articulará la oferta productiva y de servicios de la Amazonía, con los mercados nacionales e internacionales y tiene como objetivo dar a conocer los principales alcances, objetivos y oportunidades que ofrecerá esta importante iniciativa de desarrollo macrorregional;
Que, es de competencia del Gobierno Regional de Ucayali emitir Acuerdos Regionales, conforme lo establece su artículo 39” de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de abril del 2026, celebrada de manera virtual, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR autorizar a los integrantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, participar en la "EDICION | DE LA EXPO AMAZONICA CUSCO 2026", que se realizará en la ciudad del Cusco los días 29 de abril al 03 de mayo de 2026, evento que de desarrollará en el campo ferial de Huancaro en la ciudad del Cusco.
ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICITAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Ucayali, se otorguen los viáticos correspondientes a los señores Consejeros Regionales
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le permitan garantizar su participación en la "EDICION | DE LA EXPO AMAZONICA CUSCO 2026", que se realizará en la ciudad del Cusco los días 29 de abril al 03 de mayo de 2026.
ARTÍCULO TERCERO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
ARTICULO CUARTO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación.
ARTICULO QUINTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la entidad (www.gob.pe/regionucayali) en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 422 de la Ley N2 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GOBIERNO Ri UCAYALI co.
PRESIDENTE
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