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054-2025-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 054-2025-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Lie de la Pocuperacién y Consolidación de la Economia Peruana”.

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (06-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

_de mayo del 2025 de la Vice Gobernador (e) en la cual; solicita al Pleno del Consejo Regional,

ACUERDO REGIONAL N° 054-2025-GRU-CR

Pucallpa, 09 de mayo del dos mil veinticinco. POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, los artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 — Ley de la Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8”, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, (...)”;

Que, el articulo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, sefiala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”;

Que, el artículo 5” del Reglamento en comento, precisa que el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de mayo del 2025 celebrada de manera virtual en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali mediante CITACIÓN N° 000016-2025-GRU-CR-SCR, se dispone como único punto de agenda el ingreso del OFICIO N° 0310-2025-GRU-GR de fecha 05

(O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (06-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa OQ Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 @ www.gob.pe/regionucayali

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

"Lio de la Reouperaciony Consolidación do la Ceonomia Peruana”.

autorización para Inclusión de Proyectos Priorizados en el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2026 del Gobierno Regional de Ucayali, mediante Acuerdo de Consejo”. En mérito al tercer párrafo del artículo 31°del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual del Gobierno Regional Ucayali N° 002-2024-GRU-GER;

Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como su finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; y artículo 322 la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente;

Que, la ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización en el numeral 17.1, del artículo 17° establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Asimismo, en el artículo 20” el numeral 20.1, precisa que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión — SNIP, modificado por D.L N° 1341 y la Ley N° 30680;

Que, en ese orden, se tiene que la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su artículo 12 define el proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ellos los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos;

Que, mediante OFICIO N° 0310-2025-GRU-GR de fecha 05 de mayo del 2025, el Despacho del Gobernador Regional de Ucayali, se dirige al Presidente del Consejo Regional, para solicitar al Pleno del Consejo Regional de Ucayali, la autorización para inclusión de Proyectos Priorizados en el Presupuesto Institucional de Apertura del año Fiscal 2026 del Gobierno Regional de Ucayali, mediante Acuerdo Regional;

Que, mediante INFORME N° 17-2025-GRU-GRPP-SGPE-LLS de fecha 25 de febrero del 2025, la Directora de Sistema Administrativo II, informa a la Sub Gerencia de Planificación y Estadística que, de las 23 propuestas de proyectos de inversión, presentadas por los Agentes Participantes y Unidades de organización del Estado de los tres niveles de Gobierno, se priorizaron 5 ideas de inversión y 2 proyectos de inversión, segun datalla, en el presente informe, en sus Anexos: 01 Ideas de Inversión Priorizadas; y Anexos: 02 Proyecto de Inversión priorizada;

Que, mediante el INFORME N° 0015-2025-GRU-GRPP-SGPE de fecha 26 de febrero del 2025, la Sub Gerencia de Planificación y Estadística, informa a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, que el Proceso Participativo, basado en Resultados Multianual, se

Región

Productive

Re

O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 A www.gob.pe/regionucayali

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

"Pro de la Posporación y Consolidación de la Esonomia Peruana”.

SOMA BN

constituye en un mecanismo de articulación entre el Estado y la Sociedad Civil de Territorio para tomar decisiones sobre las inversiones que los agentes participantes consideran más relevantes y prioritaria en pro del desarrollo sostenible del territorio. Asimismo, refiere que es necesario innovar con nuevas estrategias en el marco del proceso de mejora continua del ciclo de planeamiento estratégico en el marco de la legislación vigente haciendo participe activo al Consejo Regional en esta labor y en atención a la implementación del OER y AER del PDRC vinculados a mejorar la Gobernanza en el departamento, con acciones que contribuyan a fortalecer la gestión pública transparente y promover la participación ciudadana en la gestión del territorio;

Que, mediante INFORME LEGAL N° 015-2025-GRU-GGR-ORAJ/TTC de fecha 05 de marzo del 2025, el Director Sistema Il informa a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, que la Secretaría Técnica (Sub Gerencia de Planificación y Estadística) del Consejo de Coordinación Regional, informa el resultado del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual del Gobierno Regional de Ucayali 2026-2028, las cuales se encuentra resumidos en el Anexo N° 01: Ideas de Inversión, y Anexo N° 02 Proyectos de Inversión Priorizadas. Conforme a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 31° del Reglamento del Proceso de Participativo Basado en Resultados Multianual del Gobierno Regional de Ucayali aprobado mediante ORDENANZA REGIONAL N° 002-2025-GRU-GR, corresponde al Consejo Regional, mediante Acuerdo Regional, disponer la inclusión de los proyectos priorizados en el Presupuesto

| Institucional de Apertura del año Fiscal 2026 del Gobierno Regional de Ucayali;

Que, los Consejeros Regionales una vez escuchado la exposición de la funcionaria Dra. LUCILA LOZANO SALDAÑA, sobre la solicitud presentada por la Gobernadora (e) de la Inclusión de Proyectos Priorizados en el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2026, han decidieron por mayoría aprobar lo solicitado por la Gobernación Regional de Ucayali;

Que, es de competencia del Gobierno Regional de Ucayali emitir Acuerdos Regionales, conforme lo establece su artículo 39” de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su vojuntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

En Sesión Extraordinaria de fecha 09 de mayo del 2025, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 — Callería de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por mayoría se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la INCLUSIÓN DE LOS PROYECTOS PRIORIZADOS en el PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DEL AÑO FISCAL 2026 del GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, el cual se detalla:

Región Preeti:

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Año de la Peouperación y Consolidación de la Eoonomía Peruana”.

ANEXO N° 01: IDEAS DE INVERSIÓN PRIORIZADAS

Ne NOMBRE UNIDAD FORMULADORA DE INVERSIONES (UFI) 1 ¡CREACION Y CONSTRUCCIÓN DESEMBARCADEROS PESQUEROS | DIREPO ARTESANALES DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI. | 2 | CONSTRUCCIÓN DE UN MERCADO MAYORISTA DE PRODUCTORES DE | DIREPO PUEBLOS ORIGINARIOS. 3 | IMPLEMENTACIÓN CON CÁMARAS GESELL A 5 DEPENDENCIAS DEL | GERENCIA DE DESARROLLO MINISTERIO PÚBLICO DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI. SOCIAL 4 | CONSTRUCCIÓN HOSPITAL NÍVEL Ill MANANTAY DRAU 5 | SERVICIO DE AGUA DE RIEGO EN EL CENTRO POBLADO AGUA BLANCA DEL | DRAU DISTRITO DE CAMPO VERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI ANEXO N° 02: PROYECTO DE INVERSIÓN PRIORIZADA Ne | cul NOMBRE UNIDAD EJECUTORA DE INVERSIONES (UEI) 1 | 2621471 | MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO | DRAU PRODUCTIVO FORESTAL SOSTENIBLE EM COMUNIDADES NATIVAS DE CALLERÍA, YARINACOCHA, MANANTAY, MASISEA E IPARIA DE LA CUENCA DEL RIO UCAYALI — CALLERÍA DE LA PROVÍNCIA DE CORONEL PORTILLO DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI. 2 | 2618155 | MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE URBANO Y | GRI-GRU MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO EN LOS AA.HH. ALAMEDAS, AA. HH. HUSARES DEL PERÚ Y AA. HH. AVIACIÓN, DISTRITO DE YARINACOCHA DE LA PROVÍNCIA DE CORONEL PORTILLO DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI.

  1. Jr. Raimondi @ Av. Arequipa 810 - Lima

ARTÍCULO SEGUNDO: REMITIR, el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de Ucayali, con atención a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y la Sub Gerencia de Presupuesto, para su conocimiento y fines.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.regionucayali.gob.pe.

POR TANTO: REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

GOBIERNO R

CON

220 - Ucayali, Pers @ (061)-58 6120

®@ (01-42 46320

Jr. Apurímac N° 460 -Pucallpa

@ www.gob.pe/regionucayali


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