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052-2025-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 052-2025-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Lio do la Recuperaciiny Consolidación de la Csenomia Peruana”.

ACUERDO REGIONAL N° 052-2025-GRU-CR

Pucallpa, 24 de abril del dos mil veinticinco POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, los artículos 188” y 192° de la Ley N° 27680 — Ley de la Reforma Constitucional, Capítulo XiV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, (...)”;

Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”;

Que, el artículo 5” del Reglamento en comento, precisa que el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de abril del 2025, celebrada de manera virtual en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali mediante CITACIÓN N° 000015-2025-GRU-CR-SCR, se dispone como octavo punto de agenda el ingreso del OFICIO N° 00037-2025-GRU-CR-APV de fecha 10 de abril del 2025 del Consejero Regional ALBERTO PANDURO VALDIVIA representante de la Provincia de Coronel Portillo, en la cual solicita: “Reconsideración de voto, de a contra a favor, sobre la solicitud de autorización de viaje al exterior para que asista el Sr. Gobernador a la 15” reunión anual del GCF TASK FORCE, realizada en la Sesión Ordinaria del 08 de abril del 2025”;

Que, mediante el OFICIO N° 00037-2025-GRU-CR-APV de fecha 10 de abril del 2025 de Consejero Regional ALBERTO PANDURO VALDIVIA, se dirige al Presidente del Consejo Regional para manifestarle que en su calidad de Consejero Regional del Gobierno Regional de Ucayali; al amparo del Artículo 84” del Reglamento Interno del Consejo Regional, donde establece que, £

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Lao de la Peeuperación y Consolidación de la Eoonomia Peruana”.

UCAYALI:

“Cualquier integrante del Consejo de Ucayali, podrá solicitar por escrito la reconsideración de la votación y su aprobación requiere del voto de más de la mitad del número legal de los integrantes del Consejo Regional de Ucayali. No se podrá presentar reconsideración después de aprobada el acta de dispensa de dicha aprobación”. (...). Mediante Sesión ORDINARIA DE CONSEJO REGIONAL de fecha 08 de abril de 2025, como punto de agenda 02, Oficio N° 00167-2025- GRU-GR, se solicitó la autorización de viaje al exterior para asistir a la 15 reunión anual del GCF TASK FORCE, presentado por el Gobernador Regional de Ucayali ~ Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY. Siendo que, el suscrito, emitió un voto en contra de la aprobación, por las razones que se encuentran contenidas en la grabación. En ese extremo, antes de aprobar el acta de dispensa solicito la RECONSIDERACIÓN de mi voto a favor, el mismo que lo sustentare al Pleno en el mismo acto de la sesión, para su aprobación como una decisión asumida;

Que, los Consejeros Regionales una vez escuchado la exposición del Consejero Regional Sr. ALBERTO PANDURO VALDIVIA responsable de exponer sobre su solicitud de reconsideración de voto de en contra a favor, sobre la autorización de viaje al exterior para asistir a la 15 reunión anual del GCF TASK FORCE, presentado por el Gobernador Regional de Ucayali — Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY, por lo que los consejeros/as han decidido por mayoría aprobar lo solicitado por el citado Consejero regional;

Que, es de competencia del Gobierno Regional de Ucayali emitir Acuerdos Regionales, conforme lo establece su artículo 39” de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

En Sesión Extraordinaria de fecha 24 de abril del 2025, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 — Calleria de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por mayoría se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la reconsideración de voto del Consejero Regional Sr. ALBERTO PANDURO VALDIVIA representante de la Provincia de Coronel Portillo, de en contra a favor, de la autorización de viaje al exterior para asistir a la 15 reunión anual del GCF TASK FORCE, presentado por el Gobernador Regional de Ucayali — Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY.

ARTÍCULO SEGUNDO: REMITIR, el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de Ucayali para su conocimiento y fines.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www regjlonucayali.gob.pe.

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/6787664-052-2025-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8095254/6787664-acuerdo-regional-0052-2025.pdf