Acuerdo Regional N.° 043-2025-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la igualdad de oportunidades para Hombres y Mujeres”
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
GOBIERNO REGIONAL DE
UCAYALI
ACUERDO REGIONAL N° 043-2025-GRU-CR
Pucallpa, ocho de abril del afio dos mil veinticinco. POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N' 27867, Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1912 de la Constitución Política del Perú, y con los Arts. 12 y 22 de la Ley N.2 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, se tiene que los Gobiernos Regionales, así como sus respectivas Direcciones gozan de autonomía política administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de la Ley N.2 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de GA los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y
*£¿ programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, el literal f) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, señala que, los gobiernos regionales son competentes para: f) Dictar las normas inherentes a la gestión regional; asimismo, a través del literal m) inciso 1 del artículo 10° del mismo cuerpo normativo señala, los gobiernos regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y la presente Ley, así como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno. 1. (...) Son Competencias Exclusivas, de acuerdo al artículo 35 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización N.2 27783, las siguientes: m) Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes;
Que, el artículo 13° de la Ley N.S 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de abril del 2025, mediante CITACIÓN N° 014-2025- GRU-CR-SCR se dispone como quinto punto de agenda el Expediente N° 0766180 en la cual mediante OFICIO N° 009-2025-GRU-CR-CAL la Comisión de Asuntos Legales remite el DICTAMEN N° 002-2025- GRU-CR-CAL sobre la derogación de la ORDENANZA REGIONAL N° 011-2020, y solicita se apruebe el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali;
Que, los Consejeros Regionales una vez escuchado al Presidente de la Comisión de Asuntos Legales Consejero Abg. ROMULO JAVIER BONILLA POMACHARI la sustentación de su solicitud ante el Pleno el Consejo, han decidido por mayoría con la abstención del Consejero Regional LEONARDO GABRIEL MALLQUI DIAZ, aprobar el DICTAMEN N*002-2025-GRU-CR-CAL que dictaminó que se | derogue la ORDENANZA REGIONAL N° 011-2020, y se apruebe el nuevo REGLAMENTO INTERNO DI CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI;
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© Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Peru ¿2 (061)-58 6120 ® Av. Arequipa 810 - Lima [a] (O1)-42 46320 Se www.gob.pe/regionucayali
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
CONSEJO REGIONAL “Decenio de la igualdad de oportunidades para Hombres y Mujeres”
== “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
GOMIERMO REGIONAL DE
UCAYALI!
Que, el literal a) del artículo 15' de la Ley antes citada, señala que son atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; de la misma manera, el literal e) señala, “Aprobar su Reglamento Interno”;
Que, el literal a) del artículo 37° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, establece, los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional;
Que, mediante Ley N° 31433, se modificó la Ley N° 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que respecta a las atribuciones y responsabilidades de (...) consejos regionales, con la finalidad de fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización;
Que, mediante INFORME LEGAL N° 003-2025-GJPV, de fecha 04 de marzo del 2025; se concluye, resulta viable impulsar, promover y aprobar la ordenanza regional que deroga la ordenanza regional N° 011-2020-GRU-CR, que contiene el reglamento interno del consejo regional de Ucayali; en consecuencia, aprobar el nuevo reglamento interno del consejo Regional de Ucayali; que consta de una parte introductoria, cinco (V) artículos en el título preliminar, seis (6) títulos, ciento cuarenta y siete (147) artículos y siete (7) disposiciones complementarias y finales; lo cual consolidará las funciones y atribuciones del consejo regional del Gobierno Regional de Ucayali, de acuerdo a los parámetros establecidos en la ley y de acuerdo a su competencia, generándose una regulación más ¿A e completa y consistente con las normas legales vigentes en materia de calidad e impacto regulatorio;
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E po bl Que, mediante OPINIÓN LEGAL N° 005-2025-CR-SCR/EGM-AL, de fecha 07 de marzo del e + & 025, el asesor legal del consejo regional se dirige al secretario del consejo regional, señala que la Mora PS iniciativa no contraviene ni se opone a la constitución, ni a ninguna norma ordinaria o especial, más por el contrario, busca fortalecer el correcto funcionamiento del consejo regional, opinando que, se apruebe la ordenanza regional que derogue la Ordenanza Regional N° 011-2020-GRU-CR, que contiene el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali vigente, la misma que contiene una parte introductoria, cinco (V) artículos en el título preliminar, seis (6) títulos, ciento cuarenta y siete (147) artículos y siete (7) disposiciones complementarias y finales;
Que, mediante DICTAMEN N° 002-2025-GRU-CR-CAL de fecha 13 de marzo del 2025, la Comisión de Asuntos Legales del consejo regional de Ucayali, declara viable la aprobación de la ordenanza regional que deroga la ordenanza regional N° 011-2020-gru-cr, que contiene el reglamento interno del consejo regional de Ucayali; en consecuencia, aprobar el nuevo Reglamento interno del Consejo Regional de Ucayali; que consta de una parte introductoria, cinco (V) artículos en el título preliminar, seis (6) títulos, ciento cuarenta y siete (147) artículos y siete (7) disposiciones complementarias y finales;
Que, mediante OFICIO N° 009-2025-GRU-CR-CAL de fecha 13 de marzo del 2025, el Presidente de la Comisión de Asuntos Legales, remite al Presidente del Consejo Regional de Ucayali, el DICTAMEN N*002-2025-GRU-CR-CAL sobre la derogación de la Ordenanza Regional N° 011-2020, y solicita se apruebe el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el cual consta de una parte introductoria, cinco (V) articulos en el Título Preliminar, seis (06) títulos, ciento cuarenta y ocho (148) artículos, y site (07) Disposiciones Complementarias y Finales, acompañados como anexos a la Ordenanza Regional;
<> Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú ¿3 (061)-58 6120 @ Av. Arequipa 810 - Lima £ (01-42 46320
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
A CONSEJO REGIONAL == “Decenio de la igualdad de oportunidades para Hombres y Mujeres”
== “iio de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
GOBIERNO REGIONAL DE'
UCAYALI!
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39' de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, en Sesión Ordinaria, de fecha 08 de abril del 2025, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por mayoría, se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el DICTAMEN N*002-2025-GRU-CR-CAL de fecha 13 de marzo del 2025, elaborado por la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional, que resuelve declarar procedente y viable impulsar, promover y aprobar la ordenanza regional que DEROGA la Ordenanza Regional N° 011-2020-GRU-CR, que contiene el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali; en consecuencia,
ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR, LA ORDENANZA REGIONAL, que contiene el : REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI, que consta de: Una parte / introductoria; Cinco (V) artículos en el título preliminar; Seis (6) títulos; ciento cuarenta y siete (147) artículos; y siete (7) disposiciones complementarias y finales; lo cual consolidará las funciones y atribuciones del consejo regional del Gobierno Regional de Ucayali, de acuerdo a los parámetros establecidos en la ley y de acuerdo a su competencia, generándose una regulación más completa y consistente con las normas legales vigentes.
ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, el presente Acuerdo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Ucayali para su conocimiento, cumplimiento y fines.
ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL su difusión y publicación del presente Acuerdo Regional, a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
REGIONAL DE UCAWALI INSSIO REGION
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OSLO LEASE
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