Acuerdo Regional N.° 039-2025-GRU-CR
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(3) GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI LZ CONSEJO REGIONAL
UCAYALI “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” Ho de la Reeuperacién Y Consolidación de la Ceonomia Pouana’.
ACUERDO REGIONAL N° 039-2025-GRU-CR
Pucallpa, 27 de marzo del dos mil veinticinco POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XiV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralizacién - Ley N° 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;
Que, los artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XiV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su AM modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del ¿ESTA e Gobierno Regional, (...)”;
3 Z.
3 SECRETARIO = Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo
ry RY Regional es un organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las EJ RES
funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”;
Que, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Sesión Extraordinaria de fecha 27 de marzo del 2025, realizada de manera virtual en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali, conforme a la CITACIÓN N° 000013-2025- GRU-CR-SCR, se incorporó como séptimo punto de agenda el OFICIO N° 196-2025-GRU-GR de fecha 17 de marzo del 2025, mediante el cual el Sr. Gobernador Regional, solicita al Presidente del Consejo Regional la aprobación de una Ordenanza Regional que crea la COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, derogando la ORDENANZA REGIONAL 016-2013-GRU-CR;
«> Jr, Raimondi 220 - Ucayali, Perú ©) (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -P ©) Av. Arequipa 810 - Lima *) (01-42 46320 =) www.gob.pe/regionucayali
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “His dela Recuperactén Y Consolidación de la Ceonomír Peruana”.
Que, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, mediante INFORME LEGAL N2 005-2025-GRUGGR-ORAJ/TTC de fecha 31 de enero de 2025, previo análisis de la situación concreta sobre la materia, concluye que la ORDENANZA REGIONAL 016-2013-GRU-CR que creo y conformó la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, se encuentra vigente a la fecha. Resulta más bien pertinente actualizar la conformación de la citada Comisión, con las disposiciones incorporadas por la modificatoria del Reglamento, el Decreto Supremo N2 169-2021-PCM, el cual contiene el Cuadro de Equivalencias, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N2 29976, recomendando que la Gerencia General Regional proponga la derogación de la ORDENANZA REGIONAL 016-2013-GRU-CR, y se apruebe una nueva ORDENANZA REGIONAL, que crea y forma la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, acorde a las modificatorias del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 169-2021-PCM;
Que, mediante OFICIO N° 465-2025-GRU-GGR-ORAJ de fecha 14 de marzo del 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica remite a la Gerencia General Regional, el proyecto de ORDENANZA REGIONAL, que crea la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, asimismo, y sugiere derivar los actuados administrativos al Consejo Regional de Ucayali, a través de la Gobernación Regional, para su respectiva evaluación y aprobación de acuerdo a su competencia;
Que, mediante OPINION LEGAL N° 006-2025-CR-SCR/EGM-AL de fecha 20 de marzo del 2025, opina que se remitan los actuados al Secretario del Consejo Regional, para su tramite conforme a sus atribuciones y al procedimiento establecido, sobre la presente propuesta de nueva Ordenanza Regional, sobre la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, y la Derogación de la ORDENANZA REGIONAL 016-2013-GRU-CR;
yoo E Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, señala en su artículo 38° que SECRETARIO = (...). Son funciones, acciones y procedimientos de las Comisiones Ordinarias: (...), d) Dictaminar o, as! sobre los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales, que hubieren sido Sei SY sometidos al Consejo Regional de Ucayali y pasaron a Comisión.
Que, los Consejeros Regionales una vez escuchado la exposición del funcionario responsable sobre la propuesta de la solicitud de aprobar la propuesta de Ordenanza Regional que crea LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, han decidido por mayoría que el Expediente N° 01053867, pase a la Comisión de Asuntos Legales, para su evaluación por las razones técnicas expuestas ante el Pleno del Consejo Regional;
Que, es de competencia del Gobierno Regional de Ucayali emitir Acuerdos Regionales, conforme lo establece su artículo 39° de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
En Sesión Extraordinaria de fecha 27 de marzo del 2025, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 — Callería de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; por Mayoría se aprueba el siguiente:
©» Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Peru > (06-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucailpa o> Av. Arequipa 810 - Lima ©) (OD-42 46320 =) www.gob.pe/regionucayali
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Go de la Peeuperacién 2 Consolidación de la Cronemia Praana’.
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: DERIVAR, a la COMISIÓN DE ASUNTOS LEGALES del Consejo Regional de Ucayali, el Expediente N° 01053867, que contiene la solicitud de aprobación de Ordenanza Regional que crea LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE UCAYALI, para su análisis y evaluación, por las razones expuestas en la parte considerativas de la presente.
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5 % ARTÍCULO SEGUNDO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional SECRETARIO = de Ucayali, para su conocimiento y fines.
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sto O ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y
aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.regionucayali.gob.pe.
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. ©) Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú E (06-58 6120 Jr. Apurimac N* 460 -Pucallipa (> Av. Arequipa 810 - Lima © (01-42 46320 2 www.gob.pe/regionucayali
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