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032-2026-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 032-2026-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

ERA Po dola Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”. ACUERDO REGIONAL N° 032-2026-GRU-CR Pucallpa, 04 de marzo del dos mil veintiséis POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización

  • Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 11° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, respecto a la organización de los gobiernos regionales dentro de su estructura considera al Consejo Regional siendo el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13° de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional “es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual forma el artículo 15° de la Ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...). Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”;

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de marzo del 2026, celebrada de manera virtual, mediante CITACIÓN N* 000007-2026-GRU-CR-SCR, se dispone como quinto punto de agenda el ingreso del OFICIO N° 072-2026-GRU-GR de fecha 20 de febrero del 2026, mediante el cual el Gobernador Regional de Ucayali, solicita la Transferencia Definitiva de Bienes en el Marco del Acta de Acuerdo de Cofinanciamiento N° 073-2022-GR;

Que, mediante OFICIO N° 072-2026-GRU-GR, el Gobernador Regional de Ucayali, solicita al Pleno del Consejo Regional, la Aprobación de Transferencia Definitiva de Bienes en el marco del acta de Acuerdo de Cofinanciamiento N° 073-2022-GRU de fecha 16 de diciembre de 2022, relacionado a

O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 @ www.gob.pe/regionucayali

O Jr. Pablo Bermúdez 177 O (01-29 92225 Q oficinaenlace@regionucayaligob.pe Región Oficina 103- Lima Cercado Productiva

O 4r. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-586120 (E) www.gob.pe/regionucayali

O Jr. Pablo Bermúdez 177 @ (01)-29 92225 (A oficinaeniace@regionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

PBño de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”.

PLAN DE NEGOCIO denominado “CREACION DE UNA LINEA Y COMERCIALIZACION DE AÑEJADO DE ARROZ PILADO PARA LA EMPRESA MOLINO IMPERIO S.A.C., DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, REGION UCAYALI”, CUI: 2570032 del AEO beneficiario MOLINO IMPERIO S.A.C.;

Que, mediante INFORME N° 081-2026-GRU-GRDE-SGRPIPC de fecha 11 de febrero de 2026, el Director del Programa Sectorial II] de la Sub Gerencia Regional de Promoción Privada y de la Competitividad se dirige al Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali e indica: “En virtud de lo expuesto, SE RATIFICA el Informe de Desempeño N° 042-GRU-GRDESGPICR-GCP-PROCOMPITE/VVR, el mismo que concluye que el desempeño durante la ejecución y operación del Plan de Negocio del Agente Económico Organizado (AEO) MOLINO IMPERIO S.A.C. ha sido adecuado y/o favorable. Dicho Informe se adjunta al presente para los fines correspondientes”;

Que, mediante INFORME LEGAL N° 003-2026-GRU-GGR-ORAJ/ERH de fecha 18 de febrero de 2026, se remite opinión legal al Sub Director Administrativo IV Oficina de Asesoría Jurídica, que indica: “(...) los actuados sean remitidos al Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, por intermedio de la Gobernación Regional, para su evaluación y aprobación mediante ACUERDO REGIONAL de la TRANSFERENCIA DEFINITIVA DE BIENES EN EL MARCO DEL ACTA DE ACUERDO DE COFINANCIAMIENTO N° 073-2022-GRU, de fecha 16 de diciembre de 2022, relacionado al PLAN DE NEGOCIO denominado “CREACION DE UNA LINEA Y COMERCIALIZACION DE AÑEJADO DE ARROZ PILADO PARA LA EMPRESA MOLINO IMPERIO S.A.C., DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, REGION UCAYALI”, CUI: 2570032 del AEO BENEFICIARIO MOLINO IMPERIO S.A.C.”;

Que, el artículo 104° del Reglamento Intemo del Consejo Regional de Ucayali establece:

: “Recibida y registrada la proposición de Ordenanza Regional o Acuerdo Regional, el Pleno del Consejo ¿, Regional de Ucayali, decidirá su envio a la comisión que corresponda para su estudio y dictamen; o su

exoneración de envío a comisión. En ambos casos se requiere la aprobación de la mayoría simple del pleno del Consejo Regional de Ucayali”;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de marzo del 2026, celebrada de manera presencial desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurimac N° 460-Calleria, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO: DERIVAR la solicitud de Transferencia Definitiva de Bienes en el Marco

del Acta de Acuerdo de Cofinanciamiento N° 073-2022-GRU, de fecha 16 de diciembre de 2022, relacionado al plan de negocio denominado: “CREACION DE UNA LINEA Y COMERCIALIZACIO

CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL De “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

ee «Piro do la Esporanga y el Forealecimiento de la Democracia”.

(22) GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

AÑEJADO DE ARROZ PILADO PARA LA EMPRESA MOLINO IMPERIO S.A.C., DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, REGION UCAYALI”, CUI: 2570032 del AEO beneficiario MOLINO IMPERIO S.A.C., a la comisión mixta de Desarrollo Económico y de Asuntos Legales.

ARTICULO SEGUNDO: REMITIR, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional para su conocimiento y fines respectivamente.

ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente,

ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL, la publicación y difusión del Presente Acuerdo Regional, a través del Portal Web institucional: (www.gob.pe/regionucayali).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 6) www.gob.pe/regionucayali

  1. Jr. Pablo Bermúdez 177 @ (01)-29 92225 @ oficinaeniace@regionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado

Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/7903426-032-2026-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9655026/7903426-acuerdo-regional-032-2026.pdf