Acuerdo Regional N.° 032-2025-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
o ra DE “Decenio de la igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
UCAY: “Lio do la Resuporaciiny Consolidación de la Coonomia Peruana”.
ACUERDO REGIONAL N° 032-2025-GRU-CR
Pucallpa, 20 de marzo dei dos mii veinticinco POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización
- Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, ej artículo 191” de la Constitución Política dei Perú, concordante en ei artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;
Que, los artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, (...)”;
Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”;
Que, el artículo 5” precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, en en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de marzo del 2025, celebrada de manera virtual en el auditorio del Consejo Regional de Ucayali mediante CITACIÓN N° 000011-2025-GRU-CR-SCR, se dispone como primer punto de agenda el ingreso del PEDIDO N° 001-2025-GRU-CR de fecha 18 de marzo del 2025, remitido por el Consejero Regional PRUHL DEL PINHO RIOS representante de la Provincia de Atalaya, quien mediante pedido solicita: “Se agende en próxima sesión la aprobación de propuesta del Programa de Acciones de Fiscalización PAF — 2025 del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali”; Que, mediante el PEDIDO N° 001-2025-GRU-CR de fecha 18 de marzo del 2025, el come
Regional PRUHL DEL PINHO RIOS representante de la Provincia de Atalaya, se dirige al Presidente del"
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
Sonu Abo, Ds “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
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Regionales, corresponde a: “(...) Los consejos regionales (...), aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en ia normativa vigente (...).”
Que, el acápite 6.4.4. de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización, establece como una de las funciones de fiscalización de los Consejeros Regionales la de “Proponer las materias a fiscalizar para ser incluidas en el PAF, documento que será elaborado y sometido a aprobación del consejo regional o concejo municipal”:
Que, es de competencia del Gobierno Regional de Ucayali emitir Acuerdos Regionales, conforme lo establece su artículo 39° de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
En Sesión Extraordinaria de fecha 20 de marzo del 2025, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 — Callería, de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; por Unanimidad se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Programa de Acciones de Fiscalización - PAF del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali para el ejercicio fiscal 2025, en cumplimiento de lo establecido en el Literal d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31812, Ley que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y Directiva N° 010-2024- CG/PREVI, Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente acuerdo regional.
ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER, que de ser necesario se realizará modificaciones a la programación, de acuerdo a las necesidades del trabajo de fiscalización del Consejo Regional de Ucayali.
ARTÍCULO TERCERO: REMÍTASE, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTICULO QUINTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www reglonucayali.gob.pe.
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CONSEJO REGIO,
GOBIERNO REGIONAL De vom La
Jaime Obd Garcia Fernández
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/6603338-032-2025-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7827290/6603338-acuerdo-regional-0032-2025.pdf