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026-2026-GRU-CR Regional Agreement Ucayali In force

Acuerdo Regional N.° 026-2026-GRU-CR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Ho de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”

ACUERDO REGIONAL N° 026-2026-GRU-CR

Pucallpa, 10 de febrero del dos mil veintiséis POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional;

Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala que: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 75° del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre Pedidos señala: “Los Pedidos deberán ser breves, concretos y su sustentación no excederá de tres (3) minutos, de acuerdo a su importancia o en el caso que se origine debate, el Presidente y/o Presidenta del Consejo Regional, dispondrá que pase a Orden del Día. (...)”. Por otro lado, el artículo 76° del Reglamento antes citado, precisa, que los Consejeros Regionales y/o Consejeras Regionales de Ucayali, podrán presentar los pedidos por escrito, a través de Secretaría del Consejo Regional y en forma oral durante la presente estación que se formula;

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú a (061)-58 6120 e www.gob.pe/regionucayali

@ Jr. Pablo Bermúdez 177 Q (01)-29 92225 (8 oficinaenlace@regionucayali.gob.pe Regién Oficina 103- Lima Cercado Productiva

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Año de la Esperanza y el Portalocimiento de la Democracia”

UCAYALI

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de febrero de 2026, realizada de manera virtual, mediante Citación N° 00006-2026-GRU-CR-SCR, se dispone como tercer punto de agenda el ingreso Pedido N° 00004-2026-GRU-CR/P de fecha 05 de febrero de 2026 del Consejero por la Provincia de Atalaya — JESUS ENRIQUE TELLO GONZALEZ, mediante el cual solicita la participación en el VIl Congreso Ordinario Nacional de Consejeros Regionales del Perú, a realizarse en la ciudad de Chachapoyas — Amazonas (Oficio N° 000051-2026-G.R. AMAZONAS/CR);

Que, mediante OFICIO N° 000051-2026-G.R. AMAZONAS/CR suscrito por el Sr. Vidal Gómez VARGAS, Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, se realiza la invitación a participar en el VIl CONGRESO ORDINARIO NACIONAL DE CONSEJEROS REGIONALES DEL PERÚ A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE CHACHAPOYAS - REGIÓN AMAZONAS, los días 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de marzo de 2026, el mismo que se llevará a cabo en los ambientes del Auditorio del Gobierno Regional de Amazonas, ubicado en el Jr. Ortiz Arrieta N° 1250;

Dicho evento tiene como objetivo principal realizar y formular propuestas legislativas con Impacto regional y nacional, que coadyuvará una óptima gestión de los Consejeros Regionales en cada una de las Regiones del país a las que representan; así mismo fortalecerá nuestras capacidades y el intercambio de opiniones;

Que, es de competencia del Gobierno Regional de Ucayali emitir Acuerdos Regionales, conforme lo establece su artículo 39° de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de febrero del 2026, celebrada de manera virtual, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR autorizar a todos los integrantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, participar en el "VIl CONGRESO ORDINARIO NACIONAL DE CONSEJEROS REGIONALES DEL PERÚ", que se realizará en la ciudad de Chachapoyas - Región Amazonas los días 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de marzo de 2026, evento que de desarrollará en los

ambientes del Auditorio del Gobierno Regional de Amazonas, ubicado en el Jr. Ortiz Arrieta N° 1250.

ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICITAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Ucayali, se otorguen los viáticos correspondientes a los señores Consejeros Regionales, que le permitan garantizar su participación en el "Vil CONGRESO ORDINARIO NACIONAL DE CONSEJEROS REGIONALES DEL PERÚ", que se realizará en la ciudad de Chachapoyas - Región Amazonas los días 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de marzo de 2026.

ARTÍCULO TERCERO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.

O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú e (061)-58 6120 e www.gob.pe/regionucayali

@ Jr. Pablo Bermúdez 177 @ (01-29 92225 A oficinaenlace@regionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado

Region Priductiva

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

Año do la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”

ARTICULO CUARTO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación.

ARTICULO QUINTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la entidad (www.gob.pe/regionucayali) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 422 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

GOBIERNO RE&

PRESIDENTE

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú a (061)-58 6120 (E www.gob.pe/regionucayali

@ Jr. Pablo Bermúdez 177 @ (01-29 92225 ® oficinaenlace@regionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/7742863-026-2026-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9454630/7742863-acuerdo-regional-0026-2026.pdf