Acuerdo Regional N.° 023-2026-GRU-CR
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(=) GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI SSF CONSEJO REGIONAL
UCAYALI “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
"Lino de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO REGIONAL N?2 023-2026-GRU-CR
Pucallpa, 04 de febrero del dos mil veintiséis
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”.
Que, el artículo 3” del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala que: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Asimismo, el artículo 5” precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia.
Que, en SESIÓN ORDINARIA de fecha 04 de febrero de 2026, realizada de manera presencial, mediante Citación N° 00005-2026-GRU-CR-SCR, se dispone como tercer punto de agenda el ingreso del OFICIO N2 013-2026-GRU-GR de fecha 16 de enero del 2026, mediante el cual el Gobernador Regional de Ucayali, solicita la aprobación de la Actualización del Plan Maestro del Area de Conservación Regional IMIRIA 2026-2030;
Que, mediante Oficio N° 013-2026-GRU-GR, el Gobernador Regional de Ucayali, solicita al Pleno del Consejo Regional la aprobación de la Actualización del PLAN MAESTRO DEL AREA DE CONSERVACIÓN REGIONAL IMIRIA 2026-2030, presentado por la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, el cual ha sido elaborado conforme a lo regulado en la Ley N° 26834 y en el marco de las políticas y lineamientos sobre Areas Naturales Protegidas;
O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú Y (061)-58 6120 () www.gob.pe/regionucayali
@ Jr. Pablo Bermúdez 177 @ (01)-2992225 @ oficinaeniace@regionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado
_ a CONSEJO REGIONAL
UCAYALI “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
UCA “Lio de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Domoeracia”
Que, mediante Informe N° 0121-2025-GRU-GGR-ARAU de fecha 19 de diciembre de 2025, el Director Ejecutivo de la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Ucayali, remite al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ucayali, el Informe Técnico para la aprobación de la Actualización del Plan Maestro del Área de Conservación Regional IMIRIA 2026- 2030 mediante Ordenanza Regional, el mismo que concluye: “4.1 El Área de Conservación Regional Imiria, cuenta con un Plan Maestro aprobado mediante Ordenanza Regional N° 006- 2019-GRU-CR, el mismo que a la fecha requiere su actualización. 4.2 La actualización del Plan Maestro de Conservación Regional Imiria 2026 — 2030, se realizó mediante un proceso participativo el mismo que ha involucrado la participación directa de las comunidades nativas y caseríos asentados al interior del Área de Conservación Regional Imiria, la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del Área de Conservación Imiria, Instituciones Públicas y Privadas, quienes en Conjunto han participado para la actualización del Plan Maestro. 4.3 El proceso de elaboración de la Actualización del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Imiria 2026 — 2030, se encuentra conforme a la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, que aprueba las “Disposiciones para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros”, en ese contexto cumple con los lineamientos establecidos, por lo que debe proceder con su aprobación”;
s) GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI ¡YALI
Que, mediante Informe Legal N° 06-2026-GRU-GGR-ORAJ/SAOA de fecha 15 de enero del 2026, se remite opinión legal al Director de Sistema Administrativo IV de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, que concluye: “Estando al sustento técnico emitido por el Jefe del área de Conservación Regional Imiria y la Dirección de Conservación y Diversidad Biológica de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali; la exposición de motivos y el análisis de costo beneficio; y el informe legal correspondiente; tratándose de la Actualización del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Imiria 2026 — 2030,, un instrumento de planificación de carácter general, el Consejo Regional de Ucayali, debe APROBAR la Actualización del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Imiria, mediante Ordenanza Regional”;
Que, el artículo 104” del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali establece: “Recibida y registrada la proposición de Ordenanza Regional o Acuerdo Regional, el Pleno del Consejo Regional de Ucayali, decidirá su envío a la comisión que corresponda para su estudio y dictamen; o su exoneración de envío a comisión. En ambos casos se requiere la aprobación de la mayoría simple del pleno del Consejo Regional de Ucayali”;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece que; los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional.
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de febrero del 2026, celebrada de manera presencial desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460-Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente:
O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 ® www.gob.pe/regionucayali
O Jr. Pablo Bermúdez 177 @ (01)-2992225 @ oficinaenlace@regionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado
(=) GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI ‘ S CONSEJO REGIONAL
UCAYALI “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Gio de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO: DERIVAR la solicitud de ACTUALIZACIÓN DEL PLAN MAESTRO DEL
ÁREA DE CONSERVACIÓN REGIONAL IMIRIA 2026 — 2030, a las Comisiones de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y Comisión de Desarrollo de Comunidades Nativas y Campesinas.
ARTÍCULO SEGUNDO: REMÍTASE, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL, la difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.gob.pe/regionucayali).
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Y
ÓN, epuy Enrique Tello PRESIDENTE
O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú 9 (061)-58 6120 @ www.gob.pe/regionucayali
@ Jr. Pablo Bermúdez 177 A (01)-2992225 @ oficinaenlaceoregionucayali.gob.pe Oficina 103- Lima Cercado
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/7722713-023-2026-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9426896/7722713-acuerdo-regional-0023-2026.pdf