Acuerdo Regional N.° 021-2025-GRU-CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Pie de la recuperación y consolidación de la economia peruana 7
ACUERDO REGIONAL N° 021-2025-GRU-CR
Pucallpa, 11 de febrero del dos mil veinticinco POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 3° del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 76” del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre la Estación Pedidos señala: “Los Consejeros Regionales de Ucayali podrán presentar sus PEDIDOS por escrito, oa través de Secretaría del Consejo Regional, y en forma oral durante la presente Estación que se formula”;
Que, en la Estación de pedidos de la Sesión Ordinaria de fecha 11 de febrero del 2025, el Consejero Regional Sr. JAIME OBDULIO GARCIA FERNANDEZ representante de la Provincia de Padre Abad, solicitó y sustentó de forma oral ante el Pleno del Consejo Regional de Ucayali, el siguiente pedido: “solicito el reconocimiento para el elenco de danza “Ritmos de Pañuelo y el Cajón” de la provincia de Padre Abad”;
Que, los Consejeros Regionales una vez al haber escuchado al Consejero Regional Sr. JAIME OBDULIO GARCIA FERNANDEZ la sustentación de su pedido ante el Pleno el Consejo, han decidido por unanimidad, se proceda a reconocer al elenco de danza “RITMOS DE PAÑUELO Y EL É
(3 Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú 2 (061-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucalipa o Av. Arequipa 810 - Lima 3 (OD-42 46320 G www.gob.pe/regionucayali
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
"Pia de la recuporación y consolidación de la economía peruana E
CAJÓN” de la Provincia de Padre Abad, por su destacada participación en la 65* (Sexagésimo quinto) concurso nacional de Marinera, y el 15° (décimo quinto) Mundial de Marinera;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En Sesión Ordinaria de fecha 11 de febrero del 2025, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería de manera presencial, el Consejo Regional de del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; por Mayoría se aprueba el siguiente:
IONE. ACUERDO REGIONAL:
de? CAJÓN” DE LA PROVINCIA DE PADRE ABAD, por constituirse como importantes actores y cultores en la promoción, difusión y puesta en valor de la danza, la marinera peruana, a nivel regional y nacional. Y por su destacada participación en la 65° (Sexagésimo quinto) concurso nacional de Marinera, y el 15” (décimo quinto) mundial de marinera, realizado en la ciudad de Lima del 27 de enero al 2 de febrero del año 2025.
fs € EN E E o £ we, ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, al ELENCO DE DANZA “RITMOS DE PAÑUELO Y EL
ARTÍCULO SEGUNDO: REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.regionucayali.gob.pe.
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI le oly MALA Y
Jaime Obdufia Garcia Kernan
PRESIDENTE" @ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú ©@ (06D-58 6120 Jr. Apurímac N° 460 -Pucailpa & Av. Arequipa 810 - Lima © (0-42 46320 D www.gob.pe/regionucayali
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/6491884-021-2025-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7661071/6491884-acuerdo-regional-0021-2025.pdf