Ordenanza Regional N.° 020-2023-GRU-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
ORDENANZA REGIONAL N° 020-2023-GRU-CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 3° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que, los Gobierno Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley;
Que, el Numeral 1.1 del Artículo 1 de la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del Ciudadano;
Que, el Literal b) del Numeral 7.1 del Artículo 7 del Decreto Supremo 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, determina que la calidad en las regulaciones tiene como propósito que, la regulación sea un instrumento para alcanzar un objetivo de la política pública, adoptando la decisión de regular basada en evidencia, racionalidad, evaluación de sus posibles impactos y cargas administrativas, con la finalidad de generar y facilitar el desarrollo integral y bienestar social;
Que, la implementación de la Política Nacional de Modemización de la Gestión Pública al 2030 aprobada mediante Decreto Supremo 103-2022-PCM, de fecha 27 de agosto de 2022, determina mejorar la gestión interna en las entidades públicas y fortalecer la mejora continua en el Estado. En ese sentido, se ha procedido a la elaboración de un nuevo Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional, que será aprobado mediante Decreto Regional;
Que, el Acuerdo Regional N°153-2023-GRU-CR, de fecha 25 de julio de 2023, dentro de su contenido se encuentra el Dictamen N° 002-2023-GRU-CR-CPyP, en ella indica que el artículo 22° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, expresa que, los actos de gobierno del Presidente Regional (gobernador) se ejecutan mediante Decretos Regionales, además dictaminó lo siguiente: Artículo Segundo: Recomendar al área usuaria, impulse la propuesta de derogatoria de la Ordenanza Regional N°014-2017-GRU-CR, de fecha 02 de agosto de 2017, que aprobó el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional,
Que, el Artículo 102” del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 011-2021-GRU-CR, de fecha 30 de diciembre de 2021, establece que
las proposiciones de Ordenanzas Regionales, deben contener obligatoriamente: Exposición de motivos, Costo beneficio, Efecto de vigencia de la norma y Formula legal;
Dirección: Jr. Apurímac NO 460 — Pucallpa — Ucayali — Perú - Teléf. (061) 586120 / Av. Arequipa N° 810. Oficina 901 — Lima Telef. (01) 433-2516 - http://www.regionucayali.gob.pe.
y ER] GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Que, el Literal a) del Artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 002-2018-GRUCR, de fecha 23 de mayo de 2018, precisa que, una de sus atribuciones del Consejo Regional es aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobiemo Regional;
Que, mediante Informe N° 057-2023-NAVM, de fecha 19 de setiembre de 2023, la Economista Neysiluz Alyson Vela Macedo — Profesional de Planificación de la Sub Gerencia de Planificación y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobiemo Regional de Ucayali, recomienda: Iniciar el trámite ante el Consejo Regional para la Derogación de la Ordenanza Regional N° 014-2017-GRU-CR, que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional;
Que, mediante Informe N° 016-2023-GRU-GGR-GRPP-SGPE-LLS, de fecha 26 de octubre de 2023, la Sub Gerencia de Planificación y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, recomienda: i) El Gobemador Regional gestione el trámite ante el Consejo Regional para la aprobación mediante Ordenanza Regional de la Derogación de la Ordenanza Regional N° 014-2017- GRU-CR, que aprobó el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional;
Que, mediante Informe Legal N° 074-2023-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 10 de noviembre de 2023, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobiemo Regional de Ucayali, Recomienda: En cumplimiento a la recomendación del Consejo Regional y estando a la petición del área usuaria, es procedente Derogar la Ordenanza Regional N° 014-2017- GRU-CR, de fecha 02 de agosto de 2017, que aprobó al Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional;
Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el artículo 15° inciso a) y Articulo 38° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, el primer párrafo del artículo 104° del Reglamento Intemo del Consejo Regional señala: “Recibida y registrada la proposición de Ordenanza Regional y/o Acuerdo Regional, el Pleno del Consejo Regional de Ucayali, decidirá su envío a la Comisión que corresponda para su estudio y dictamen; o su exoneración de envío a comisión. En ambos casos se requiere de la aprobación de la mayoría simple del Pleno del Consejo Regional de Ucayali”.
Que, por Mayoría el Consejo Regional, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 104” del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobó exonerar el envío a Comisión la propuesta de Ordenanza Regional;
Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional de Ucayali promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11%, 15° y 37° de la Ley N* 27887, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 21 de diciembre de 2023, se aprobó por mayoría la siguiente:
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI CONSEJO REGIONAL
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: DEROGAR la Ordenanza Regional N° 014-2017-GRU-CR., de fecha 02 de agosto de 2017, que aprobó el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional y disposiciones que se opongan a la presente o limiten su aplicación.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información, su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.gob.pe/regionucayali).
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.
En Pucallpa, a los los veintiún días del mes diciembre del año dos mil veintitrés
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PRESIDENTE
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
28 DIC. 2023
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, alos ......................oo.........
GOBIERNO resp val
el Gamb BERNADOR Aa
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/5047513-020-2023-gru-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5683596/5047513-ordenanza-regional-n-020-2023.pdf