Decreto Regional N.° 003-2026-GRU-GR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
DECRETO REGIONAL N?03 _ -2026-GRU-GR Pucallpa, 30 MAR, 2027
VISTO; El OFICIO MULTIPLE N* 001-2026-CONSEJO DIRECTIVO/FODESAM, INFORME N° 154-2026-GRU-GGR-GRDE-SGRPIPC, INFORME N° 001-2026- DIRECTIVO/FODESAM, INFORME LEGAL N° 02-2026-GRU-GGR-ORAJ/BSGT, OFICIO N° 0395-2026-GRU-GGR-ORAJ, INFORME N* 001-2026-CONSULTOR.FAG/CAOS, MEMORANDO N¢° 207-2026-GRU-GR-GGR, INFORME LEGAL N° 03-2026-GRU-ORAJ/BSGT, OFICIO N° 0431-2026-GRU-GGR-GRAJ, MEMORANDO N° 178-2026-GRU-GGR-SG, ACUERDO N° 004-2026-GRU-DG; y demás antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, el Principio de Legalidad previsto en el numeral 1.1 del inciso 1) artículo IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo N* 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante T.U.O de la Ley N° 27444), prescribe que ‘Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidas”,
Que, el Artículo 191° de la Constitucion Política del ‘Pert, norma constitucional concondante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Reglonales, son personas jurídicas de derecho público, con autonomia política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; en tanto, el Artículo 9° numeral 9.2 de la Ley N° 27783, Ley Marco de Descentralización, explica que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse intemamente;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece, . es misión de los gobiernos regionales, organizar y conducir la gestión publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el Artículo 48 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: "Las funciones específicas que ejercen los Goblernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las ot e formulan en concordancia con las | nacionales sobre la materia”, en este contexto, el Articulo 517 de la citada ley, estal funciones en materiz agraria;
e I
- Que, el Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región Ucayali~ FONDESAM UCAYALI, fue creado mediante ORDENANZA REGIONAL N° 008-2008-GRUICR, con el objeto de ejecutar un conjunto de programas de garantlas, que faciliten el acceso al financiamiento de los pequeños: y medianos productores, ubicados en la región Ucayali, por medio de la combinación de instrumentos que coadyuven al desarrollo masificado de tas microfinanzas;
Que, mediante ORDENANZA REGIONAL N° 011-2025-GRU-CR, publicado el 05 de febrero de 2026, el Consejo Regional del. Gobierno Regional de Ucayali, ordenó modificar los artículos PRIMERO, SEXTO y NOVENO, de la Ordenanza Regional N° 008-2008-GRUICR, relacionados a la Finalidad del Fondo, De los Recursos que constituyen el Fondo y respecto a la facultad del Gobernador Regional de Ucayali de suscribir los contratos de fideicomiso que fueran necesarios; además, de :la INCORPORACIÓN de la ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, respecto a los Incentivos verdes para el acceso al crédito;
Que, mediante ACTA DE REUNIÓN I, de fecha 20 de febrero de 2026, los miembros del Consejo Directivo de FONDESAM UCAYALI, reconformado mediante Acuerdo de Regional N° 125-2025-GRU-CR, luego de la revisión y análisis correspondiente, validaron la propuesta di
@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 (E) www.gob.pe/regionucayall Region
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
GOBERNACION REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA".
“Reglamento Operativo del Fondo de Garantía del Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región Ucayali”, en el marco de la Ordenanza Regional N° 008-2008-GRU-CR, modificado con la Ordenanza Regional N° 011-2025-GRU-CR;
Que, mediante INFORME N° 154-2026-GRU-GGR-GRDE-SGRPIPC, de fecha 25 de febrero de 2026, el Director del Programa Sectorial Ill de la Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversión Privada y de la Competitividad, realizó el análisis técnico jurídico del Reglamento Operativo del Fondo de Garantía del Fondo de Desarrollo Amazónico para la Reglón Ucayali, concluyendo que la propuesta respeta los principlos de legalidad, proporcionalidad, razonabilidad, interés general, sostenibilidad ambiental y eficiencia en la gestión de recursos públicos y se encuentra debidamente respaldada por informes técnicos, por lo tanto, es pertinente su aprobación;
Que, además, con INFORME N° 001-2026-CONSEJO DIRECTIVO/FODESAM, de fecha 26 de febrero de 2026, el Presidente del Comité Ejecutivo - FONDESAM, solicita la aprobación del Reglamento Operativo del Fondo de Garantía del Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región Ucayali — FONDESAM UCAYALI;
Que, el proyecto del Reglamento Operativo tiene por objeto establecer los términos y condiciones mediante los cuales se regirá el Fondo de Garantía del Fideicomiso denominado “Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región Ucayali - FONDESAM UCAYALI”. El FONDESAM UCAYALI es un patrimonio autónomo constituido por el Goblerno Regional de Ucayali, con los recursos provenientes de las transferencias dinerarias de la Dirección Nacional del Tesoro Público, así como por cualquier otro recurso, aporte, donación, transferencia, financiamiento u otro ingreso que se le asigne o incorpore, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Regional N° 011-2025-GRU-CR, en favor del Gobierno Regional de Ucayali. Parte de dichos recursos se transfieren para implementar un Fondo de Garantía con la finalidad de promover y facilitar el acceso al crédito conforme se encuentra establecido en el inciso c) del ARTÍCULO PRIMERO de la Ordenanza Regional N° 011-2025-GRU-CR, lo que permitirá garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los productores;
Que, el FONDO tiene como objeto ejecutar un programa de garantías, que facllite el eso al financiamiento a las MYPES, ubicadas en la región Ucayali, que sean personas naturales o jurídicas y que orienten su actividad a mercados nacionales y/o internacionales; pudiendo para ello garantizar los créditos otorgados por las IFI, de acuerdo con lo establecido en
la Ordenanza Reglonal N° 008-2008-GRU-CR y la Ordenanza Regional N° 011-2025-GRU-CR, “Con finés de “lograr la competitividad “eñla “cadena” productiva, "se"fadllltará”'elTacceso de~ “=== financiamiento y/o garantías a las micro y pequeñas empresas. En consecuencia, la aprobación
del Reglamento Operativo del-Fondo de Garantlá del Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región Ucayali -FONDESAM.UCAYALI, creado mediante Ordenanza Regional N* 008-2008- GRU-CR y modificada mediante Ordenanza Regional N° 011-2025-GRU-CR, es fundamental para instrumentalizar el fondo de garantía, permitiendo el acceso a crédito de pequeños productores y MYPES locales. Esto activa el desarrollo económico regional al mitigar riesgos bancarios, formalizar negocios y fomentar la inversión productiva sostenible en la región Ucayali;
Que, en ese estado, mediante OFICIO Ne 0431-2026-GRU-GGR-GRAJ de fecha 13 de marzo de 2026, el Director de Sistema Administrativo IV de la Oficina Regional'de Asesoría Jurídica, remitió a la Secretaría Géneral el proyecto del "Reglamento Operativo del Fondo de Garantía del Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región Ucayali -FONDESAM UCAYALI", para su aprobación en el Directorio.de Gerentes; conforme a los argumentos expuestos en el INFORME LEGAL N° 03-2026-GRU-GGR-ORAJ/BSGT;
Que, mediante MEMORANDO N° 178-2026-GRU-GGR-SG de fecha 24 de marzo de 2026, el Secretario General del.Gohiérno Regional. de Ucayali, remite a la Oficina Regional de Asesoría Juridica la Transcripción de acuerdos de Directorio de Gerentes, entre ellos el siguiente Acuerdo: "ACUERDO N° 004-2026-GRU-DG: “Aprobar el Reglamento Operativo del Fondo defy
@ Jr Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-42 46320 © www.gob.pe/regionucayali Region
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y El FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA"
Garantía de desarrollo amazónico para la región Ucayali FONDESAM UCAYALI, por lo que se debe encargar a la Oficina Regional de Asesoría Juridica del Goblerno Regional de Ucayali proyectar el DECRETO REGIONAL que apruebe el mencionado reglamento";
Que, el Articulo 37 literal b) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Goblemos Regionales, faculta a la Gobernador Regional, como el órgano de gobierno, dictar las normas y disposiciones, como los Decretos Reglonales y las Resoluciones Regionales; concordante con el Artículo 40° de la citada Ley, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias. Los Decretos Régionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; requisito que se ha cumplido en el presente caso;
Que, con la facultad que otorga la Ley N° 27867, Ley Órgánica de Gobiemos Regionales, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias, la Resolución Ejecutiva Regional N° 130-2026-GRU-GR de fecha 27 de marzo de 2026; y, con las visaciones de la Gerencia General Reglonal, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversión Privada y de la Competitividad, y la Gerencia Regional de Asesoría Juridica;
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO, - APROBAR el REGLAMENTO OPERATIVO DEL FONDO DE GARANTÍA DEL FONDO DE DESARROLLO AMAZÓNICO PARA LA REGIÓN UCAYAL! - FONDESAM UCAYALI, el cual consta de veintisiete (27) Artículos, divididos en cinco (5) Títulos,
cuatro (4) Anexos, Formatos A, B, C, D, E, F, G y H; cuyo texto Integro forma parte como Anexo del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO, — DÉJESE SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Regional, por las consideraciones expuestas.
ARTÍCULO TERCERO, ~ DISPONER a la Gerencia Regional de Desarollo Económico en coordinacion con la Secretaría General, la publicación del presente Decreta Regional en la sección Normas Legales del Diario Oficial El Peruano; PRECISAR que el presente Decreto Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
ARTÍCULO CUARTO. — DISPONER a la Oficina de Tecnologías de.la Información la publicación del presente Decreto Régional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali: www. regionucayali.gob Pe.
ARTÍCULO QUINTO. ~ DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, a partir de la vigencia de la presente norma, realicen las acciones pertinentes para la formulación ylo adecuación de los documentos de gestión institucional a que hubiere lugar.
ARTÍCULO SEXTO, — DISPONER a Secretaría General NOTIFICAR el presente
Decreto Regional a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversión Privada y de la Competitividad,
REGÍSTRESE, PusfQuEsE Y CÚMPLASE
[BONA DE CAVA
Mag. Jenny Glovana Reyna Garrido GOBERNADOR REGIONAL (e)
© Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (0n-42 46320 (Q www.gob.pe/regionucayali
Artículo 1.
Artículo 2.
del Fideicomiso denominado “Fondo de Región Ucayali - - FONDESAM UCAYAL!”,
El FONDESAM UCAYALI es un pat Gobierno’ o de Ucayali, con’ o
transferencia,
financiamiento u otro ingreso que se le asigne o (o) incorpore, de actierdo con
lo establecido en la Ordenanza Regional; cnt 12025-G1 ICR y sus
modifi icatorias, en favor del gobierno Regii
Parte de: dichos recursos se transfieren pá F
Garantía con la finalidad de promover | conforme se encuentra establecido en'el i la Ordenanza Regional N°011-2025-GRI
los créditos otorgados por Jas Instituciones, fin
Definiciones !
"Para fines ds pisto regla definiciones: !
plo que permitira garantizar ler os pl dustores.
BENEFICIARIO FINAL .
Unidades de. prod ¡constituidas como -
CAPITAL DE rE 2 CARTERA DE Conjunto de créditos: N CRÉDITOS en favor de uno" oval
pr
CESIÓN DE DERECHO
“Contrato de ¿mediante (CEDENTE) transferes13 ‘derechos, créditos u otra:
CERTIFICADO : DEGARANTIA -. i
COBERTURA
ES El porcentaje del CRÉDITO:GARANTIZADO que está cubierto por la GARAN, ÍA del FONDO y que sirve de base ‘para realizar;
«pagar a la IFI como a a ¡de, Pago dela
COFIDE |
COMISION DE GARANTÍA
Contraprestación que ps y de una GARANTÍA -
CONTRATO DE : +. FIDEICOMISO
Es..un acuerd jut ds {persona (fidel ‘bignes o derechos|
d+ (fiduciario, inistre con
tercero fic coroner) es “Contrato de Fideicom} (
calidad de Fideicomi "Fiduciario; incluyendo' ¡Suscritas y las que es!
CONTRATO DE GARANTIA
El contrato suserit lel' FONDO y: sil ¿las” obligacion ¡relacionados co: FONDO. .
CRÉDITO ELEGIBLE
Operación de créditorre jun; coer
CREDITO
GARANTIZADO a
. loperatwo.|
Es un CREDITO «garantizado por . ¡establecidos.
iF ;
¡Insi
FIDEICOMITENTE
‘Es la persona ti ait je crea un fide! omiso al transferir bienes o derechos de su ‘propiedad auna entidad fiduciaria para’ cumpli una: finalidad lícita ¿Gobierno Regional de’
FIDUCIARIO
i (como tan “banco) “administrar: dinero, .
‘Persona ida o neti designada ic ion es propiedades o activos ‘en; nol
actuando con máxima le i proa,
FIDEICOMISO
‘asia (fiduciario) beneficio propio o de |
FONDESAM UGAYALI|
FONDO
¡recursos del FIDEL ‘con el objeto ‘de ata lacceso al financian
Ucayali. 5
GARANTÍA
i
Garantía Directa
loperadoras’ (FLY “p ai :cumplimiento de sus
HONRA DE GARANTIA
io por el:FONDO del rias operaciones de DO DE
LEY GENERAL
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Jero y .
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MME . i
MONTO HONRADO |
ed de una I muittiplicar a della GARANTIA, por el
REDITO GARANTIZADO.
i onto que’ st «pega ¡HONRA DE GARAN!
El ES
MYPE
Micro y pequeña empresa, según el tipo de crédito al que acceden bajo | etros|e: t blecidos por la. Superintendenci icay iAdministradoras de Ft ‘tiene la calidad de El CÍA! NAL:y MYPES en un CRÉDITO GA! RÁNFIZADO por'el FONDO.
eat y
REGLAMENTO El I presente instrumento. nom ,
OPERATIVO
REQUERIMIENTO DE: ' | 1Es Ta solicitud de;hontany| a
HONRA ‘la 1FI hace a COFIDE} «del FONDO; - cumpliendo! i establecidos en el REGLA IENTO OPERATIVO.
PARI PASSU
- | a BENEFICIARIO FINAL y ‘Personas naturales ¡E ii MYPES micro o pequeña
CRÉDITO ELEGIBL
SALDO INSOLUTO
coro ARAN "BENEFICIARIO FINAL: u otros conceptos. i SBS Es. la Superintendencia; € i Administradoras io Artículo 3. INTERPRETACIÓN
3.1, Enel presente REGLAMENTO OPERA? de :otra jmanera; deberán. ¡áplicara inteipretació
b)
‘ser interpretadas strict según se detálla en la si
Las palabras que se refieran alé incluyen al al género opuesto corres andient .
«Las referencias aléyes interpretadas : ¿Ccomo, compre! ensi Tegales fo} reglamentarias mus mec le
! sujetas al res tiva
Arfículo 4,
a) e) Lilo A literales, ine ales istintos al presente Reglamento Operative’ ‘de todas las modificaciones, extensior 2s o amb s de estos. f) Cualquier.enumeración o.relaci al nde exista la
_conjunción disyuntiva “o: compre todos los .elementos :de tal- eniimeracid cualquier enumeración o relación de ¢ conce . conjunción copulativa y” “incluye” atodos y $ mentos de tal
enumeración.
3.2.- EGLAMENTO ( EERATIVO! a una
numeral o acápite "correspondiente de cias}:-en j este. REGLAMENTO ¡ OPERATIVO “uni a fila Hal ist todos los numerales y/o párrafos y/o acápitesid dentrofde diel Isula y las
referencias a un numeral incluyen. odos. los] párrafos y/o literales dentro de este.
-3,3. Los títulos de cada cláusula, numeral Ñ
3.4. Todas las disposiciones de est deberán ser interpretadas de tal man: bajo la legislación nacional, peró si; Ye cualquieridisposición de este! REGLA] prohibida' o fuese ¡inválida bajo la le afectada solo será inválida en lo que, invalidez; sin invalidar el resto de dict disposiciones de este Reglament establecido en el artículo 224° del C
Objeto dél FONDO ¡
El FONDESAM UCAYALI es un patrimoni modalidad de fideicomiso, constituido por Bisa ie con los recursos provenientes de las transf a
Nacional del Tesoro Público, sentro dí maj e incentivos no
El FONDO tiene¡como objeto ejécutar un pr el acceso al financiamiento a las MYPE, ubi sean personas ¡naturales o jurídicas y mercados nacionales y/o internacionales;
ion. Veayal que actividad hacia lo gal ntizar los 1 3 4
e
Artículo 5. .
Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
\
créditos otorgados por las IFI, de acuerdo cano establecido en la Ordenanza
Regional N°008-2008- GRU-CR y la Ordéñanza R ional N011-2025-GRUCR y sus modificatorias en los artículos PRI IMERO, |OVENO; con fines de lograr de competitividad en I arena.
acceso de financiamiento y/o garantías
Las GARANTÍAS son otorgadas a favor ¡dí CRÉDITOS ELEGIBLES.
Pueden ser objeto de GARANTIAS, las dirigidas alos BENEFICIARIOS FINALES:
i. Créditos para Capital de trabajo. ,
Recursos del FONDO
Los recursos del FONDO son los Regional N°011-2025-GRUICR, asi Com modifique; derogue o sustituya. * Plaz Él plazo de vigencia del FONDO será el que Fideicomiso.
COFIDE .en representación del FONDO¡¡deperá DE GARANTÍA con:las FI elegibles con cargo] efectuar la cobranza periódica de la Comisión de € requerimiento de pago de las IFI, “de “acuerd da establecido en el presente Reglamento Operati
| TITULO; 5 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
Criterios de elegibilidad de las 1Fl.
La IFI presenta al FIDUCIARIO la docume! correspondientes, a fin de validar ‘el Gl establecidos por el FIDEICOMITENTE fal como IFl elegible. |. OP
Asimismo, el FIDUCIARIO evalúa a la IFl capacidad considerando los criterios Cu: FIDEICOMITENTE. :
-Las IFl elegibles suscriben el CONT fe}
su condicién de FIDUCIARIO, adhirie das El del FONDO. + roar ae Las modificaciones de los criterios y/ pará! comunicadas por el FIDUCIARIO a fa CONTRATO DE GARANTÍA.
“La IFl interesada sé somete al proces basado en los criterios de elegibilidad dele
antitati us
Podrán acceder a la Garantía del FOND los criterios cualitativos y cuantitatiy qui
8.1. Criterios cualitativos i. Deberá encontrarse supervisa
Banca y Seguros. i . ii, Deberá encontrarse el ES dy ‘con la : .condición; del domici En efintendecia ¿Nacional de:Administraci iii, En el caso'de las personas .
certificado de vigencia de poder ‘de si iv. No encontrarse incurso en la cer -INFOCORP. :
v. Nosercontraparte de COFIDE del Ne es impien
“en un procedimiento judicial 0 ¡pro H “haber pregefitado’una, delriahdg i B tener pendiente-: alguna- accion | FIDUCIARIO. La verificación de contrapa
pitta contra- el:
1 . 8.2, Criteriosicual tatives : i. “Calidad dé Cartera: El indi lor; [ colocaciones brutas, no'debe € X¢
sistema de* Instituciones! Fin: n
Microfinanzas supervisado - por ‘lay SBS4 el
máximo y mínimo. ‘ a a4
ii. "Solvencia; | indicador, ca ]
“patrimonio ri
Rentabilidad: El no debajo e
8.3, i. a Incumeliiento de -alguno
tai IIL
i. SI, conbase'enla ioral ¡Ship! A establece que la IFl ha‘ supera ne GAL originaron la + suspensión temporal, i nmediata el otorgamiento de GARANTÍAS
is sneaks iY Podrán ser elegibles como BENEFIC A MYPE que cumplan con los siguientes cri
- En caso cuenten con RUC, debe estay fi. Desarrollan actividades de producción
z Artículo 9. Criterios; de olegiblidas del Benefi jario}
iibanco, Cajas Municipales, Cajas Rurales, apymes, y Financieras TFC Y Financiera Oh. .
iii,
vi.
vii.
viii,
Bx
xii.
Los criterios de elegibiidad para el ‘BENEFI ARI por la (Fl, de acuerdo con lo indicado enel párrafo! recedente, los mismos
Las GARANTÍAS otorgadas-se man de las vatiaciones eh la! clasificació;
(Lista de Excl. !
“Las Garantías "otorgadas 2, financiamiento } presente reglamento).
Sin perjuicio de lod an € cumplimiento de los criterios de elegibilidad. del presente reglamento) y, en el caso que
El represehtante legal del BENE CARIO! | AL yMYI Ss no debe tener antecedentes penales, judiciales h polici ales. E + El BENEFICARIO FINAL y MYPES debé icreditar al menos un año de existencia como micro o pequeña empre No encontrarse en un procedimiento cong insolvente por la autoridad competente: y y En caso de encontrarse clasificados, ea ei] 908: de la SBS, deben 'presentar una “clasi rope" al momento de la solicitud de garantla
‘declarado
12 meses previos a la solicitud; .. Ml
En caso el BENEFICARIO FINAL; y
crediticio, por tanto; no tenga clasica NS iat
la solicitud se considerará. como
conexos, PF como también pol contemplados en el Código Petial No ser funcionarios del Gobierno Regi
COFIDE filtre a todos los beneficiari No haber recibido un préstamo tres (03) años previos ala solicitud
“el FIBUCIARID:
indivi
3]
Artículo 10. — Créditos elegibles - A
El FONDO otorgará GARANTÍAS en favo 5 DE CRÉDITOS, según se detalle en la soli
Artículo 12. Cobertura
PS
ríículo 44. — Monto Máximo de Exposición (MIME
Los CRÉDITOS ELEGIBLES materia devad aquellos otorgados a favor de BENEFICIAR! sean beneficiarios de los programas 0'pi económico que el Gobierno Regional de: _ individuales u organizados en cadenas productivas, h cumplan con los criterios de elegibilidad es! bleci OPERATIVO. ; :
El monto maximo de exposición que el FONDO del garantías otorgadas no deberá exceder de; tre del FONDO sumado a las provisiones para, contingencias. . .
e
mantel ces el Patrimonio
(03) ves
r por las
ntes¡y.otras
La GARANTIA otorgada por el FONDO a favor - fai Fl tener una cobertura hasta del 95% del crédito otorga: lola FINALES y MYPES. El, monto maxim fi € del 10% del valor del fondo.
El porcentaje de cobertura otorgado por el Fe tipo de BENEFICIARIO FINAL y al plazo de la
Periodo de devolución; :
Menor o igual a 36 meses ' .
Mayor a 36 meses
Aquellos BENEFICIARIOS FINALES qi los siguientes criterios -obtendrán ui correspondiente al 2% por cada criterio verifi
i. Se encuentran asociados, presentados; una organización formalmente constitilid:
fi. Realizan actividades productivas:quel Go deforestación O 'deforestaci
@
naturalmente protegidas, cultivos ;; (SAF),manejo integrado de plagas y ús iii, Al menos 30% de participación de productores, considerando el númer:
Estatutos que “consideren mecani: sugetencias y preguntas, atencione:
hijos e hijas, protocolos de atención bo) tra el
la mujer. MB ve Organizaciones de productores” que
Los criterios de elegibilidad para el porcentaje de:
áreas dirigenciales dentro de la organi ación
muje fe: que participan en e.productores. ¿reclamos,
acreditados con una «declaración jurada que: de
BENEFICIARIO FINAL y MYPES, trasladada por la; de remitir toda la documentación que compruebe lan
Artículo 13. ' Provisiones : at El FONDO constituye ‘provisiones 4 de las cope de los criterios de clasificación de riesgo de
- Artículo 14. Moneda La garantia del FONDO se otorgará Artículo 15, — Plazo
crediticias garantizadas, es decir, la vigeri además de finalizar por las causales de es documento, cuando! la vigencia del; ¡CRE
el CERTIFICADO DE GARANTIA indique! la fecha de finalización del cronograma de
Asimismo, el plazo de vigencia de las, GA! vigencia del FONDO, En este sentido, luego de concluida la vigencia del FONDO;
Comisión de Garantía La comisión de garantía que el FONDO
Artículo 16,
“Las IFI actuarán Como! “agentes deca COFIDE.: En los contratos de Garantía mediante la cual la IFl-aceptará por anticipe FONDO, así como los parámetros para por los gastos de recuperación y judicial
más IGV sobre el saldo del crédito | ara
y IT ne sede el plazo de
a cubierto
ecb
Artículo 17.
Artículo 18,
Las comisiones de garantía sé mantendrán it de la Garantía. Cualquier modificación. Garantías que se -otorguen a partir dela: { modificación. Las modificaciones a la CO! establecidas por el Gobierno Regi
Sin perjuicio de ello, ¿la COMISIÓN anualmente. El incumplimiento de pa genera la extinción de la GARANTÍA.
Contragaran fas
Para que:una Garantia’ sea efectiva, Coi para efectos de las garantías que otorgue MYPES a favor de la 1Fl, lo siguiente: .
417.1. Garantías Individuales
crediticios que ‘al BENEFICIAR! directamente o a través de un fid ser susceptibles, de ser cedi das cobro a favor, del FONDO,
od tal ve
17.2. Garantias Conipartidas a
Las garantias, - colaterales, medios crediticios queel BENEFICIARIOS directamente o através de unfidei ser susceptibles! de ser cedidas le [Fl haya recuperado | sus acteen a excederites de garantías, éstas se derechos de cobro a favor del FOND!
¿Cesión de Derechos
El FIDUCIARIÓ está ligado a ceder a cobranza y recuperaciones respecto;: honrados con los recursos del FOND( correspondientes garantías individuales y/o.
medios de cobranza, .en concordancia REGLAMENTO OPERATIVO. © :
qn deberán considerar
ariables durante la vigencia stá de’ aplicación ‘para las
“vigencia: de la GARANTIA son
HR FINAL y
Artículo 19.
Artículo 20,
Artículo 21.
. Otorgamiento de la GARANTIA | us
Requerimiento de la Honra de Garanti
le i, Una vezque ' “un h crédito objets de | i vencido, las IFI deberán efectua “labor deso
cuota impaga. Lo HONRA DE
ji. Las [Fl ‘pueden solicitar el requel GARANTÍA, una vez vencido el pl el + meral (i) anterior mediante el procedit iento IBUCIARIO.
iii, Para esto, la IFl'deberá enviar, al Fl A HONRA DE GARANTIA. El FIDUCIARIO de requisitos necesarios para formalizar el requerimiento... Ñ
iv. LalFI, sin perjuicio de lo indicado en lo: anterior, deben, tener derecho
iento de
a recibir la HONRA DE GARANTÍA ral cat ndefacciones,
legales frente al deudor. v. — La conformidad de requerimi e
HONRA DE GA! A debe concluir]
hábiles de requerida la honra. *:
Subrogación '
Con el desembolso subrogado en todos:los' lerechos de eae
desembolso, 'incluyendo los ‘ “ derecho r correspondientes, frente al BENEFICIARIO!
operación crediticia cublerta por la GARANTÍA, así tercero obligado :solidaria o subsi BENEFICIARIO FINAL y MYPES.
Ocurrida la subrogación indicada eh el pá , tienen derechos PAR! PASSU frente al ylo tercero obligado.
Most "intereses Ly "MYPES de la mo frente a cualquier
: La IFl se compromete a distribuir PARI rape que reciba por la cals a de las garanti
respectivo. —¡ NE
El FIDUCIARIO puede requerir 2 a la lia documento probatorio dela subrogación
Para el otorgamiento de la GARANTIA a tas lo siguiente:
i. Pagar totalmente la COMISIÓN DE GA! A
¡ont NDC teferido |
Se Oe b) La evolución de los CRÉDITOS GARANTIZADOS i
DE GARANTÍA, con lo cual solicita l El Fiduciario emite el CERTIFICADO DE
ii Comunicar al FIDUCIARIO que se ele
de la EN
Las IFl elegibles presentarán a COFIDE!; Mel mini del FONDO, su Carta Solicitud de Registro'de * fartias, según: Formato A acompáñado de la carta de presentaci le BENEFICIARIO FINAL y MYPES del Gobierno Regional de Ucayali, y solicitud de cobertura según Formato B que se muestran en los as as “que y; ¿serán
- aprobadas y atendidas'en la medida que F col ‘recursos. Asimismo, la IFl deberá cumplir ‘que lo: i FINALES y MYPES no se encuentran en los RE
a y a.
COFIDE otorgará la COBERTURA que co! cumplimiento a los términos del presente; OPERATIVO incluyéndose la veri ación € GARANTÍA en el plazo especifica: Y
El plazo de la cobertura, emitida por ) cuenta los plazos de los SUBPRESTAMI de un plazo de ejecución de hasta computados a-partir de la primera cuot cuenta que el plazo total no sobrepase la vi días hábiles adicionales, la garantia sérá 8x
Podrán acogerse a la garantía los
i) Haya desembolsado dentrd dé los presentación de la solicitud de' igarar
li) haya aprobado pero este pendiente d no excederá los 30 dias uti registro. pe garantía.
- De las operaciones respaldadas: por la GARA! eth My
Las IFi remitirán mensuaimenie a COFIDE bale: ‘el información siguiente:
caso, el nombre del receptor, monto y. plazo de
- las garantías otorgadas por el BENEFICIARI
- B. Este formato se enviará al solicitarla cobétt 13
han sido incumplidos y respecto de los cuales se ha i
anteriores a la fecha de solicitud de baja. oe
A COFIDE efectuará la revisión de la información cons|ghiita & El ¡el! FORMATO C, Reporte de Actualizacién.de cada cartera, y en oa ni
- las comunicará a la IFI hasta el día quince (15) Re mes. La IFI deberá atender dichas observaciones ha:
Artículo 22. Naturaleza de la Garantía
_La GARANTÍA! otorgada en virtud O irrevocable e ¡incondicional, salvo” ¡ COMISIÓN DE GARANTÍA.
El FIDUCIARIO no puede reducir el mal incrementar el monto de la COMISIÓN DE de ésta.
Artículo 23. — Mandato'de recupera ion a at , Sin perjuicio del derecho de subrogació Hel, FONDO,
corresponda, es responsable de realizar; la. ‘Jodbranza : judicial y/o extrajudicial de la operación materia de HONRA dr NTÍA, ¡asf como la recuperación y participación en los Pr sl joursales ante . INDECOPI y las acciones de cobrahza; nS re ae bjeto de
HONRA DE GARANTÍA. Este mandato: ne
La IFI cuenta con el mandato del FIDUCIA para procesos que se desarrollen para el cobro“del Ya com ol e GARANTÍA. Este mandato no genera el
alguna por parte del FIDUCIARIO
La IF, sin perjuicio de lo indicado en partafol anti i costos, las costas y los gastos pel Ed recuperación, del monto total recuperado:* El! FIDUC procedimientos, montos y/o porcentaje:
: deducciones en el CONTRATO DE ee -_ Los montos repuperados en el proces a deben ser transferidos al FONDO en los té . el FIDUCIARIO, en igual de derechos dico!
del sub préstamo que f fue honrado (Ver ae
Castigos poi, El FONDO castiga lps créditos objeto | proporción que!corresponda, enla: misma!
Artículo 25,
Artículo 26,
nia
tales efectos, la IFl informa a COFIDE de de los créditos. — 3 +: medio
REGLAMENTO OPERATIVO, il — Incorporar como..CRÉDITO: CONTRATO DE GARANTÍA, sol de BENEFICIARIOS FINALES; condiciones que se definan en-dici REGLAMENTO OPERATIVO. iii, Verificar la elegibilidad del every iv. Pagar la COMISIÓN DE, GARANTI vw. Vigilar el cumplimiento por pal MYPES, de los requisitos exigi OPERATIVO y en otras disposici
conveniente. vi. Evaluar , y . administrar oi
vii. — Las IFI elegibles tienen.la obligacie información que requiera. Deberá. las personas naturales o jurídicas q: instalaciones de la IF! para efectu constatar la correcta aplicación de la: garantía del FONDO,
vil. En el caso de; que la IFl. GARANTÍA, ésta: se: obliga; ele 4 electrónico a COFIDE de la ocurrenciaid (3) días Útiles siguientes a-la: ‘fecha ki : debiendo especificar las causales de. las Para estos efectos se obliga a; ce E) COFIDE sus derechos de acreedor.
ix Actúar como entidad recupeti ‘ado presente reglamento, :
x. Ceder sus derechos de ácreedord porcentajes garantizados por “el FONDO.
xi. Otras que señale el presente; RE 1 CONTRATO DE GARANTIA.
deli contrato, corr pondiente,
CI OS Obligaciones de COFIDE Al Las principales obligaciones que asumirá son las siguientes: _
Artículo 27.
- Desarrollar, implementar y difu
- Modificación del Reglamento _
- Velar por el adecuado funcionamiento'del FONDO y la im tangibilidad del FONDO, así como el cumplimiento de los CONTRATOS DE
GARANTÍA y el presente REGLAMENTO.ORERATIVO. ' 2. — Determinar la elegibilidad de las, IFI;; n los en el presente REGLAMENTO OPI 3. Atender las solicitudes de cobertura que se cumplan las condicione: REGLAMENTO OPERATIVO. * : 4. Honrar las garantías emitidas col argo “al-FONDO, cuando corresponda. : ia i 5. Mantener un registro de las o]
otorgadas. od 7. Supervisar o auditar la cartera,
inconsistencias de elegi!
revisión de ar y
respecto ide los ORE IN verificar el correcto otorgamiento dela: podrá seleccionar una muestra aleatori CREDITOS GARANTIZADOS para
- Supervisar a las IFI, los procesos jtidicla HONRAS DE GARANTÍA ocurrida:
cobertura, de | garantía : emitidas - co
coordinación con el GORE UCAYALI: b 40. Establecer y notificar a las IFI‘las ‘disp
necesarias para la adecuada operativid:
y
iq : josiciónes "complementarias 'ONDO.
Cualquier modificación: al presente
en vigor una vez que sea comunicada a: las|| previa no objeción del Gobierno Regional de U i
COFIDE y el Gobierno Regional de Ucaya al presente REGLAMENTO OPERATIVO,
nuevas circunstancias: o condiciones.que! ls ejecución del FONDO: objetivos de este, | ;
ANEXO 1 *
: _ USTA, DE EXCLUSION
ergy Las MYPE que lleven a ‘cabo ' ‘9 pretendan llevar a cabo} alado era di e lás' Actividades listadas a continuación, no serán objeto de financiación o cobérural on cargo a los recursos del FONDO: ; pl
De forma general:
El FONDO no fi financiará o o garantizará financia: ) las léyes o la tficados, incluyendo las ; de rsidad o
normativa del país o bajo convenios y acuerdos internacional les rál convencionesflegislación relativa a la protección. de los patrimonio cultural. Pa
Y concretamente en las siguientes actuados:
trabajadores.
Producción o actividades que supongan formas de trab; régimen de explotación, o trabajo infantil. peligrósd, * oi Br materia de empleo y ocupacién o que impidan a ‘los emples derecho de asociación, tener libertad sindical y derecho de egoc
*Declaración de la OIT relativa a los principios y derecho funda! los principios de las siguientes convenciones; OIT; 29 Ye oe esclavo), 87 (libertad de asociación, 98 (Derecho a lá ne:
(discriminación), 138 (edad mínima), 182 (peores formas de tra universal de los derechos humanos. 2
Sectores con percepción social negativa ii
Prostitución y cualquier negocio owe adividad pornografía.
Fabricación o tráfico de armamento y munición. O rE
*Pueden ser excluidas las empresas de seguridad q!
municiones con para uso propio y sin intención de re en
Producción y distribución de tabaco.
artesanal, vino y pisco. | |
Producción o comercio de narcóticos.
de
E
&
internacional de Control de Narcóticos (INCB).
a
Ja Junta
Juegos de azar, casinos y otras actividades similares
Producción o comercio de productos peligrosos ar: ecosistemas. ' ‘
Producción o comercio de materiales radioactivos,
i vad b *No se aplica a la compra de equipos médicos 0.aq radioactiva sea mínima o esté debidamente protegida;
Fabricación o venta de productos con Bifenilospoliclorin:
Comercio transfronterizo de desechos o productos de desen
peligrosos para reciclaje.
EN
Producción o comercio de especialidades farmacéuticas st prohibición a nivel internacional.
Producción o comercio de plaguicidas o herbicidas: suj prohibición a nivel internacional y contaminantes orgánico:
*Protocolo de Montreal: Lista de sustancias que perjudica
Producción o comercio de sustancias:que agotan la;capa|
escalonada a nivel internacional, | :!;
Internacional: 1...
ee or)
requisitos de la Organización Marit
Embarque de petróleo u otras sustancias tóxicas en ET 0 | E
Producción, comercio, almacenamiento o transporte delvolt
productos químicos peligrosos, o uso de productos
es ‘importantes de
a escala
¡cos ' peligrosos E E
%
comercial.
Actividades que vulneren la salud de los ecosistemasnatu
ETE : fe
de bosques de regiones selvaticas tropicales humedas, sin correspondientes de los entes reguladores ni del a sostenible,
Autorizaciones lan de Ñ manejo
Convención sobre el comerció internacional de espe silvestres (CITES) o productos derivados de ellas.
Construcción de (mini) presas | hidrológicas sin evacuar Ambiental.
Actividades en áreas protegidas por oy nacional: 9 cc territorios adyacentes o situados aguas arriba de; ¡ya hábitats de especies raras o en peligro de extinción y bosque: importancia ecológica.
Producción o actividades que vulneren terrenos que Son o hayan sido reclamados por adjudicación, sin el pleno ct dichos pueblos.
Actividades en territorios o territorios aguas arrib; indígenas y/o grupos vulnerables,; como tierras y rio: si subsistencia como pasto de ganado, la caza ola pesca.
fob
Actividades que atenten contra el patrimonio.
Kee
“eoBojoenbie b sepepiipoy
HoLa BA ejuewesidape Jejoeje uepend an!
- Las facilidades crediicias podrán incluir la pli
po] i 5. Las operaciones se reestructurarén enla mónedá aH
. Las facilidades crediticias pará la reestructiradi
honrados se otorgarán' en la'medida que” los” cliéj sens
económica y financiera y cumplán con alguna de la
a. Otorgamiento de una cuota inicial pagada e n of pago de bienes recibidos a valor de realiza:
b. Otorgamiento “de Garaítias adicionales. inmuebles, maquinaria o equipos u otro ti o la posición de riesgo, - iv -
c. Aceptación de ‘condiciones especiales referidas;
d. Sustitución del Benefi iciario: Final, para fe cual con una clasificación de Tiesgo SBS en ci
Se procurará que las condiciones antes señalad prelación antes mencionado.
cuotas extraordinarias, prórroga de cuotas, cambi tasa de interés, exoneración parcial o total de pena parcial o total de intereses moratorios y comperisa
podrán realizarse mediante la aplicación de cuotas: cuotas acordes a la estacionalidad de la act idad 4
Beneficiario Final con el fin de eyitar descalces que'gel para la reestructuración. “y
, equivalente al 50% de la cuota inicia!, siempre y cyar de una cuota inicial no meno! al, 10% del montos antes referida. +
desease realizar una reestructuración bajo parámetros; distintos al
y control de la gestión o de los flujos financieros le[ Es
copsideraró éonveriente, stablecidos en
Gast
otorgado al Otorgante del Crédito.
i
e recuperación
los siguientes porcentajes (en soles)
i
-ANEXO 3 ;
¡Conforme a lo establecido en el artículo. 17” del presente Real ar IRecuperador deberá actuar por el Fondo hasta el P aa A la recuperación obtenida se le deduciran los galos judia judiciales, los que deberán estar debidamente documehtados..
Asimismo, el estudio de abogados encargado de fa. recup total y global, en calidad de honorarios de éxito sobre mofi
Rango Mínimo 1 o a 2 5,001 a; 3 25001; a: 4 30007. a
Estos honorarios no incluyen IGV.
Se establece como recuperación efectiva la recuper. ación et de COFIDE, de las obligaciones sujetas 'a cobranza Judi
En el caso de deudas irrecuperables con procesos! Ajudi honorario flat equivalente al veinte por ciento (20%) de
vigente.
, Se: pagara un ributaria (UIT)
CRITERIOS DE EL!
Nosotros, {IF}, declaramos que fel Benóficiaio Final .con; ‘cumple con
dos los criterios de elegibilidad señalados en el Artículo 9° del Reglamento Operativo del 'ONDESAM UCAYALI:
Lima, [*] de [de]. - i
SN
- como micro o pequeña empresa. - Pp
En caso cuenten con RUC, se encuentran en Micro o pequeñas empresas que desarrollen! Ucayali, que sean constituidas legalmente, en Per elegible con destino a capital de trabajo y/o beneficiarias de los programas o proyectos de apoyo al desarrollo econól ico que el Gobierno Regional de Ucayali implemente o resp: .
El representante legal del BENEFICIARIO. FIN antecedentes penales, judiciales, ni policial El BENEFICIARIO FINAL y MYPES debe ac! 1 No encontrarse en un procedimiento concursal o a vt Sr Si do la autoridad competente. En caso de encontrarse clasificados en la Central presentar una clasifi cación de, “Normal” o (CRP garantía. ho En caso de no contar ¢ con clasificación a cha fe categoría diferente a la categoría “Normal” o "CPP rd la solicitud. En caso el BENEFICIARIO FINAL y MYPES no tanto, no tenga clasificación en los 12 meses previ como categoría “Normal”. . E Los accionistas, directores y gerentes de los: i
contemplados en el Código Penal. No ser funcionarios del Gobiérno Rógional de de lei, No podrán ser BENEFICIARIO FINAL y MYRES cu
honramiento por parte del FONDO.
E
©
_ ONP9ID Jap ajueBojO 19p E sejuejuesalday so| ap oJ1es Á eu
ÓN
Señores
Corporación Financiera de Desarrollo S.A.- COFIDE - Lima.-
Nos «dirigimos a ustedes con la finalidad” de solicita! al Fideicomiso, el Registro de la Cartera de Garantía que se resul
na continuacién, cuyo detalle se adjunta en los formatos B y/o C correspondientes. i .
ARANTÍAS
Tamaño de
Empresa | N° de Beneficiarios
Monto Total Si.
Asimismo, adjuntamos la constancia de pago de la Comisió de Garantia de cada cartera, cuyo cálculo se ha efectuado de acuerdo con la información ntenida en los formatos B ylo Gcorrespondientes.
Por este medio.declaramos con carácter de declaración los Beneficiarios relacionados con la presente solicitud, cumplen: elegibilidad según lo establece el Artículo 9 del Reglame (e
FONDESAM UCAYALI.
Firma y Sello del * Representante de la IFI
FORMATO B (formato de solicitud de Cobertura) ne Te | ee] Tt ic) ad | Hee A ie |. ei . |g Pb Hs | | 0 [occ Wt [| in| |e sag ngs sa | | 1] | rate | etn | as | ao | be) | tein | Gi ‘omc tin
FORMATO C (Formato de Actualización de Cobertura) .
Saldo | Fecha de | Fecha de
Identificaci 7 _ Secuencia ode ¿oe SaDNio tuación Cascadas Casitcación Casita Cascadas Casación Moneda | Principal | Desembol| Pago dela réstamo | Documento RUC rediticia BS 1 on SBS2 BS (Actual) so Comision
$
ES
FORMATO D (Renovación de Cobertura)
Secuenda
Nro. de Préstamo
Tipode | identificación Documento | DMlo RUC
Moneda.
je! Fecha pago
Comisión
- . s ; Nro. de Tipode | identificacié Comisión de [Certificado fecuenci@ | préstamo | Documento | nDNIo RUC - Garantía emitido
MEE AN
Lima, xx de xxxx de 20xx Señores
Corporación Financiera de Desarrallo's: Lima.- ,
Nos dirigimos a ustedes con la finalidad de solicitarles el Garantía del FONDESAM UCAYALI, cuyo Beneficiario y Pré: continuación: y .
Datos del Beneficiario:
Tamaño de Empresa: O Beneficiarios Final Nombre o Razón Social: __i | Aa
Tipo de documento: ODNI
Número de Documento:
i
Datos del Préstamo Garantizado:
Monto ensoles - A [Saldo Insole : Fecha de:
Fecha de Desembolso i! |incumplimientos!
N° Pagaré
Periodo de Pago (Meses)
roo rd poda
Doa 1 N° del CERTIFICADO DE GARANTIA emitido por COFID! Fecha:
Gestión de Cobro: B i
Extrajudicial 1 * * Judicial 0
Us
¿
Documentos Adjuntos:
O Copia Pagaré Protestado
TRequerimientos de Pago
O Declaración de Gestión de Cobranza
O Copia Pagaré Protestado
O Copia de la Demanda
O Copia del Auto Admisorio Demanda
O Copia Me idas |
Firma y Sello del Representante de la IFI
AN
FORMATO G (Solicitud de horiramiento)
Secuencia |Nro. de |Tipo de Identificación | Moneda | Monto - | Fecha de Tipo de Tasa de interés Tasa de [Monto |Fecha de Préstamo | Documento | DNI o RUC inicial del | incumplimiento | proceso de compensatorio | interés por Vencimiento Préstamo |de pago recuperación moratorio | honrar [por Préstamo
FORMATO H (Recuperación de Honramiento)
No m Tipo ds | Fecha | Fecha de | Tipo de | Identifica proceso de Monto Mon de Gast | Recup_a_ | Recu_IFI_ | Recu_IFI_I | Recu,IFI_In | Recu_FOND | Recu_FOND Recu_FONDO_ | Observac Secuencia | Pré | Docum | ción DNI de transfer | recuper A la oe o Ba | ante” |“oRUS. | 94 | recuper | FHP2" | encis a super [os | distrib | Capital | nt.etes | Moral | O_capital | O_Interes Int_Morat iones mo ación FONDO _
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionucayali/normas-legales/7960167-003-2026-gru-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9733834/7960167-decreto-regional-003-2026.pdf