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002-2026-GRU-GR Regional Decree Ucayali In force

Decreto Regional N.° 002-2026-GRU-GR

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL *Año de la esperanza y el fortalecimiento de la democracia”

DECRETO REGIONAL N* 002 .2026-GRU-GR Pucallpa, 27 MAR 2076

VISTO: El MEMORANDO MULTIPLE N° 246-2025-GRU-GGR-GRPP, INFORME N° 057-2026-GRU-GRI-PRIM-UE:005-CFB-DE-DPP, INFORME LEGAL N° 019-2026-GRU-PRIMU.E 005-CFB-DE-AL, OFICIO N° 082-2026-GRU-GRI-PRIM, INFORME N° 020-2026-GRUGRPP-SGMI/PPR, INFORME N° 062-2026-GRU-GRPP-SGMI, INFORME LEGAL N° 019-2026- GRU-GGR- ORAJ/TTC, OFICIO N° 0393-2026-GRU-GGR-ORAJ, MEMORANDO N* 177-2026- GRU-GGR-SG; y demás antecedentes;

CONSIDERANDO:

Que, el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Perú, norma constitucional concordante con el Articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales, son personas jurldicas de derecho público, con autonomia politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia; en tanto, el Artículo 9° numeral 9.2 de la Ley N° 27783, Ley Marco de Descentralización, explica que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece, es misión de los gobiernos regionales, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo asus competencias exclusivas compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, el Artículo 46 de la Ley N° 27887, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan-en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia"; en este contexto, el Artículo 49° de la citada ley, establece las funciones en materia de salud; Ñ

Que, mediante Ley N° 27658 -- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modemización en sus diferentes instancias, dependencias. Entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión. pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Y . Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo

N° 131-2018-PCM, se aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder < ‘as necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;

) Que, el Artículo 53° de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el

Manual de Operaciones MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales, a través de la cual se agrupan las funciones.entre sus unidades funcionales, estableciendo las líneas de dependencia. b) Formaliza la estructura -organica.al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda, y c) La estructura orgánica al Interior de los órganos académicos, cuando corresponda;

Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020- PCM/SGP, de fecha 14 de setiembre del 2020, se aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre el-Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Operaciones — MOP, la que califica:el MOP como un documento técnico normativo, de Gestión Organizacional; Técnico, porque es un resultado de un diseño organizacional pat

@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 Rel ion @ Av. Arequipa 810 - Lima A (01-42 46320 (E www.gob.pe/regionucayali YBiuetiva !

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALE GOBERNACION REGIONAL *Año de la esperanza y el fortalecimiento de la democracia”

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definir la estructura organizacional más idónea para el cumplimiento de las funciones y logro de resultados; Normativo, porque constituye una norma de carácter público y de obligatorio cumplimiento, y De Gestión Organizacional, porque es una guía administrativa sobre cómo se han asignado las funciones y responsabilidades al interior de la organización desconcentrada;

Que, el Artículo 54° del citado Lineamientos del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, prevé que, la Estructura del MOP, contiene títulos, capítulos, y artículos teniendo en cuenta los rubros y metodología que se detallan a continuación: a) Titulo Primero de las Disposiciones Generales; en este título se desarrolla: 1. La finalidad, 2. Naturaleza Jurídica, 3) Entidad a la que pertenece, 4) Funciones Generales, 5) Base legal. b) Titulo Segundo: La estructura; en este título se desarrolla la estructura, indicando los tipos de unidades de organización que la componen, sus funciones y la interrelación interna y externa de estos, c) Titulo Tercero: Bienes, servicios y procesos; Identificación de los bienes y servicios que entrega el programa, proyecto especial, órgano académico o desconcentrado, según corresponda, con la respectiva descripción de los procesos operativos o misionales que los generan, además de los procesos estratégicos y de apoyo. La descripción de los procesos se realiza, en su nivel más agregado, con una breve descripción de cada uno, sus objetivos y la unidad de organización responsable, En el caso de los programas y proyectos especiales, debe adjuntarse el mapa de procesos en el que se muestren las interacciones internas y externas, d) Anexo: Organigrama que refleje la estructura;

Que, resulta importante destacar la cuarta disposición complementaria final de los Lineamientos de Organización del Estado, señala, de manera excepcional pueden contar con un MOP las direcciones regionales de educación o las que hagan sus veces y las direcciones regionales de salud o las que hagan sus veces de los Gobiernos Regionales;

Que, no obstante, el Sub Capítulo | Aspectos Generales del MOP de los Lineamientos Ne 02-2020-SGP, en el Literal E, prevé, los órganos que pueden contar con un MOP, cuando se sustente la necesidad, son los órganos desconcentrados y los órganos académicos. Sin perjuicio que cuente con un MOP, el órgano desconcentrado debe estar incluido en el ROF de la entidad pública de la cual forma parte (por ejemplo, ministerio o gobierno regional), tanto en, el artículo que desarrolla la estructura de la entidad, como en el artículo que desarrolla las funciones generales que le han sido asignadas al referido órgano desconcentrado;

Que, el Artículo 55° numeral 55.1 de los Lineamientos de Organización del Estado, establece que, la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina Ade Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los Élpecanismos de control y coordinación; y, en un Informe Legal elaborado por la Oficina de esoria Jurídica o la que haga sus veces;

Que, mediante MEMORANDO MULTIPLE N° 246-2025-GRU-GGR-GRPP, de fecha 31 de diciembre de 2028, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, comunica según la ORDENANZA REGIONAL N° 010-2025-GRU-CR, publicada con fecha 21 de diciembre de 2025 en el diario El Peruano, que aprueba el ROF del Goreu en la cual se indica que se tiene que actualizar documentos de gestión, como el MOP - Manual de Operaciones, CAP-Provisional y otros documentos que facilitaran una gestión eficiente (...); la Sub Gerencia de Modernización Instituciorial les prestará asesoramiento para elaborar los documéntos de gestión mencionados líneas arriba; °

Que, el INFORME N° 057-2026-GRU-GRI-PRIM-UE:005-CFB-DE-DPP, de fecha 02 de marzo de 2026, emitido por el Director.de Planeamiento y Presupuesto del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial de la U.E. 005 Carretera Federico Basadre del Gobierno Regional de Ucayali, remite la opinión técnica para la aprobación del Manual de Operaciones (MOP), que desarrolla: Sección |: Justificación. de la necesidad; Sección Il: Análisis de racionalidadura,

@ Jt. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 @ Av. Arequipa 810 - Lima @ (0n-4246320 ( www.gob.pe/regionucayali

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL "Año de la esperanza y el fortalecimiento de fa democracia"

Que, asimismo el encargado de la Dirección de Asesoría Legal del Programa Regional de Infraectructura Multisectorial de la U.E. 005 Carretera Federico Basadre del Gobierno Regional de Ucayali, emite el INFORME LEGAL N° 019-2026-GRU-PRIM-U.E 005-CFB-DE-AL, de fecha 03 de marzo de 2026, que en el numeral 2.3 de sus análisis, valida la legalidad de su creación del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial - PRIM, que se ejecuta a través de la Unidad Ejecutora N° 005 - Carrtera Federico Basadre; y emite opinion favorable para la aprobación del MANUAL DE OPERACIONES — MOP;

Que, el INFORME N? 020-2026-GRU-GRPP-SGMI/PPR, de fecha 03 de marzo de 2026, emitido por el Director de la Subgerencia de Modernización Institucional, órgano que en el marco de su competencia ha revisado la propuesta del Manual de Operaciones, acorde a la normativa vigente; CONCLUYENDO: La propuesta del Manual de Operaciones - MOP del Programa Regional de Infraectructura Multisectorial (PRIM), está formulado y elaborado conforme a los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establece orientaciones para el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Operaciones - MOP, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP; asimismo, CUMPLE con los criterios y reglas establecidos en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias;

Que, mediante OFICIO N° 0393-2026-GRU-GGR-ORAJ de fecha 05 de marzo de 2026, el Director de Sistema Administrativo IV de la Gerencia Regional de Asesoria Jurídica, remitió a la Secretaria General el INFORME LEGAL N° 019-2026-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 05 de marzo de 2026, respecto a la conformidad de la Propuesta del Manual de Operaciones (MOP) del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial (PRIM), para su aprobación en el Directorio de Gerentes; conforme a los argumentos expuestos en dicho informe legal;

Que, mediante MEMORANDO N° 177-2026-GRU-GGR-SG de fecha 24 de marzo de 2026, el Secretario General del Gobierno Regional de Ucayali; remite a la Gerencia Regional de Asesoría Juridica la Transcripción de acuerdo: N° 003-2026-GRU-DG: “Aprobar el Manual de Operaciones -MOP del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial (PRIM); por lo que se debe encargar a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, proyectar el DECRETO REGIONAL que apruebe el mencionado manual”;

Que, el Articulo 37° literal b) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, faculta a la Gobernador Regione! como el órgano de gobierno, dictar las normas y disposiciones, como los Decretos Regionales y las Resoluciones Regionales;' concordante con el Artículo 40° de la citada Ley, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; requisito que se ha cumplido en el presente caso;

Que, además, Artículo 55° numeral 55.21 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone, el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un. organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales;

Que, con la facultad que otorga la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias; y, con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional. de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Sub Gerencia de Modenirzación Institucional;

DECRETA: a

ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR el Manual de Operaciones (MOP) del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial (PRIM); el cual, consta de tres (3) Titulos, cinco (5) Capítulos, veinticuatro (24) Artículos y un (1) Anexo; cuyo texto integro, forma parte como Anexo del presente Decreto Regional.

O Jt. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 . © Av. Arequipa 810 - Lima (A (0n0-4246320 (E) www.gob.pe/regionucayali Productiva

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL *Año de la esperanza y el fortalecimiento de la democracia”

ARTÍCULO SEGUNDO. — DEJESE SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Regional, por las consideraciones expuestas.

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en coordinacion con la Secretaría General, la publicación del presente Decreto Regional en la sección Normas Legales del Diario Oficial El Peruano; PRECISAR que el presente Decreto Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO CUARTO. — DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decreto Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali: www.regionucayali. gob.pe

ARTÍCULO QUINTO. -- DISPONER que el Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, a partir de la vigencia de la presente norma, realicen las acciones pertinentes para la formulación y/o adecuación de los documentos de gestión institucional a que hubiere lugar.

ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER a Secretaría General NOTIFICAR el presente Decreto Regional al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial y a la Subgerencia de Modernización Institucional.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

(9) Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01-4246320 () www.gob.pe/regionucayali

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MANUAL DE OPERACIONES (MOP) | DEL PROGRAMA REGIONAL DE INSFRAESTRUCTURA REGIONAL (PRIM)

pag. 1

Título Primero Disposiciones Generales

Artículo 1.- Competencia

El Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, es responsable de apoyar en la gestión de su cartera de inversión en infraestructura con enfoque multisectorial, para lo cual, tiene la competencia de formular, programar, ejecutar y supervisar los proyectos de inversión, solucionando problemas en situaciones críticas en materia de infraestructura vial en el ámbito regional, asi como pequeñas intervenciones de inversión en mantenimiento, mejoramiento, optimización o ampliación de infraestructura de servicios públicos de educación, salud, saneamiento. Para el cumplimiento de sus funciones está bajo ta supervisión y coordinación de la Gerencia Regional de Infraestructura, conforme a su norma de creación.

Artículo 2.- Naturaleza Jurídica

El Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, jurídicamente es una institución pública de derecho público, funciona en base al Programa de Desarrollo Vial con el Pool de Maquinaria pesada a través de la Unidad

Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre.

Artículo 3.- Entidad a la que pertenece

El Programa Regional de Infraestructura Multisectorial pertenece al Gobierno Regional de Ucayali, es una unidad orgánica desconcentrada adscrita a la Gerencia Regional de Infraestructura.

Artículo 4.- Funciones Generales La unidad orgánica desconcentrada Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, ejerce las siguientes funciones generales:

a)

Formular, dirigir, ejecutar, evaluar y supervisar los estudios de preinversión, estudios definitivos, proyectos de inversión, los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios bajo responsabilidad, seguimiento y coordinación de la Gerencia Regional de Infraestructura. Programar, coordinar, controlar, ejecutar y evaluar las intervenciones en infraestructura vial en el ámbito departamental, orientado al cumplimiento de sus metas físicas y financieras.

Planificar, aprobar, coordinar, controlar y ejecutar el Plan de mantenimiento y mejoramiento de vías de acceso a zonas urbanas y rurales en el ámbito departamental.

Promover la organización de pobladores en Comités en el ámbito de zonas rurales que requieren pequeñas intervenciones de inversión en mantenimiento y mejoramiento de locales comunales, aulas y locales escolares, postas médicas, pozos tubulares y obras pequeñas en el ámbito de su competencia, en coordinación con la unidad orgánica competente en desarrollo comunal.

Promover actividades de capacitación relacionados a supervisión y administración de materiales y equipos destinados a la ejecución de

pág. 2

h)

)

pequeñas intervenciones de inversión en el ámbito de su competencia, en coordinación con la unidad orgánica competente en desarrollo comunal. Priorizar las necesidades relacionadas a pequeñas intervenciones de inversión presentadas por los Comités y/o Autoridades rurales, en el marco de la disponibilidad presupuestal del año fiscal.

Ejecutar y controlar las intervenciones de inversión resolviendo la necesidad priorizada en el ámbito de su competencia, mediante la unidad orgánica competente en desarrollo comunal.

Gestionar, dirigir, supervisar, controlar y ejecutar las actividades, operaciones y mantenimientos de la maquinaria pesada y equipos, orientados a la rehabilitación de infraestructura multisectorial en apoyo a la población en el ámbito regional, en coordinación con las entidades pertinentes.

Programar y registrar las actividades operativas, metas físicas y financieras en el plan operativo anual y multianual, los bienes y servicios en el cuadro de necesidades anual y multianual de su ámbito de responsabilidad, mediante el aplicativo informático web que corresponde; así como, monitorear, evaluar e informar su ejecución y resultados, en coordinación con la Subgerencia de Planificación y Estadística.

Otras funciones delegadas por la Gerencia Regional de Infraestructura, en el marco de sus competencias.

Artículo 5.- Base Legal

El Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, como unidad orgánica desconcentrada adscrita a la Gerencia Regional de Infraestructura, se creó en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza Regional N°010-2016-GRU-CR, publicado el 23 de setiembre de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, que aprueba la actualización de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional de Ucayali, continúa funcionando en el marco de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias.

Título Segundo Estructura Orgánica

Artículo 6.- Estructura Orgánica La estructura orgánica del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, es la siguiente:

Unidad de Dirección 01.1. Dirección Ejecutiva

  1. Unidades de Asesoramiento

02.1. Unidad de Planeamiento y Presupuesto 02.2. Unidad de Asesoría Jurídica

  1. Unidad de Apoyo

03.1. Unidad de Administración pág. 3

04, Unidades de Linea 04.1. Dirección de Estudios y Obras 04.2. Dirección de Maquinaria y Equipos Mecánicos

  1. Unidad Desconcentrada 05.1. Programa de Desarrollo Comunal

Capítulo | 01. Unidad de Dirección

01.1. Dirección Ejecutiva

Artículo 7.- Dirección Ejecutiva

La Dirección Ejecutiva es la unidad orgánica de dirección del Programa

Regional de Infraestructura Multisectorial, responsable de dirigir, conducir,

supervisar y controlar la gestión ejecutiva y administrativa del Programa e Regional de Infraestructura Multisectorial, en concordancia con las políticas

regionales y en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, en el

marco de las normas vigentes.

Artículo 8.- Funciones de la Dirección Ejecutiva La Dirección Ejecutiva, ejerce las siguientes funciones:

a) Aprobar y dirigir la formulación y ejecución de los estudios de preinversión, estudios definitivos, proyectos de inversión, procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios bajo responsabilidad y seguimiento, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura y en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones,

Coordinar y supervisar la ejecución de intervenciones en infraestructura

vial en el ámbito departamental, orientado al cumplimiento de sus metas

físicas y financieras.

Aprobar, controlar y supervisar el Plan de mantenimiento y mejoramiento

de vías de acceso a zonas urbanas y rurales en el ámbito departamental.

Conducir las acciones de organizar a los pobladores en Comités en el

ámbito de zonas rurales que requieren pequeñas intervenciones de

inversión en mantenimiento y mejoramiento de locales comunales, aulas y

locales escolares, postas médicas, pozos tubulares y obras pequeñas de .

su competencia, en coordinación con la unidad desconcentrada Programa

de Desarrollo Comunal.

e) Conducir las acciones de capacitación respecto a supervisión y administración de materiales y equipos destinados a la ejecución de pequeñas intervenciones de inversión de su competencia, coordinando con la unidad desconcentrada Programa de Desarrollo Comunal.

f) Conducir las acciones que priorizan necesidades relacionadas a pequeñas intervenciones de inversión presentadas por los Comités y/o Autoridades rurales, en el marco de la disponibilidad presupuestal del año fiscal, en

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h)

D)

k) I)

coordinación con la la unidad desconcentrada Programa de Desarrollo Comunal.

Dirigir y supervisar la ejecución de intervenciones de inversión resolviendo la necesidad priorizada de su competencia, en coordinación con la unidad desconcentrada Programa de Desarrollo Comunal.

Dirigir y supervisar la ejecución de las actividades, operaciones y mantenimientos de la maquinaria pesada y equipos, orientados a la rehabilitación de infraestructura multisectorial en apoyo a la población en el ámbito regional, en coordinación con las entidades pertinentes. Representar legalmente al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial ante instituciones públicas y privadas.

Proponer la aprobación o modificación del Plan Operativo y del Presupuesto Anual, en función a las actividades estratégicas operativas e inversiones de infraestructura a cargo del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; así como supervisar su ejecución en el ámbito de las competencias.

Emitir resoluciones en las materias de su competencia; así como emitir actos de administración que corresponde.

Ejercer la actuación de Autoridad de la Gestión Administrativa en el proceso de contratación pública, aplicando las disposiciones de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y modificatorias, y de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modificatorias.

Aprobar, autorizar y supervisar los procesos de contratación de bienes, servicios y obras requeridas en el Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y modificatorias, y de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modificatorias. Constituir comités para procedimientos de selección de contrataciones de bienes, servicios y obras, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modificatorias.

Autorizar la apertura de cuentas bancarias en conformidad a disposiciones de las Normas Técnicas de Control y normatividad del Sistema Nacional de Tesorería del Sector Publico.

Informar el cumplimiento y ejecución de las actividades operativas y metas físicas y financieras de las inversiones- a la Gerencia Regional de Infraestructura.

Constituir comisión de recepción y evaluación de obras de infraestructura vial, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura. Aprobar las bases y valores correspondientes a procesos de selección, cuando los convenios de financiamiento así lo permitan.

Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP) anual del Programa Regional de infraestructura Multisectorial.

Proponer el Manual de Operaciones (MOP), Mapa de Procesos y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; así como el Manual de Clasificador de

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Cargos (MCC) o el que lo sustituya, Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o el que lo sustituya a la Gerencia Regional de Administración.

u) Aprobar directivas específicas, lineamientos y normas técnicas de carácter técnico y operativo, en concordancia con la normativa vigente.

v) Conducir el proceso de modernización de la gestión pública en el Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, coordinando con la Subgerencia de Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto.

w) Promover los valores de transparencia, honestidad, neutralidad y probidad en la gestión en el Programa Regional de Infraestructura Multisectorial.

X) Dirigir la programación y registro de actividades operativas, metas físicas y financieras en el plan operativo anual y multianual, los bienes y servicios en el cuadro de necesidades anual y multianual de su ámbito de responsabilidad, mediante el aplicativo informático web que corresponde; así como informar su ejecución y resultados a la Gerencia Regional de

e Planeamiento y Presupuesto.

y) Otras funciones delegadas por la Gerencia Regional de Infraestructura, en

el marco de la ley.

Capitulo Il 02. Unidades de Asesoramiento

Artículo 9.- Unidades de Asesoramiento Constituyen unidades orgánicas de asesoramiento, los siguientes:

% 2.1. Unidad de Planeamiento y Presupuesto 2.2. Unidad de Asesoría Jurídica

02.1. Unidad de Planeamiento y Presupuesto

Artículo 10.- Unidad de Planeamiento y Presupuesto

® Es la unidad orgánica de asesoramiento dependiente de la Dirección Ejecutiva, responsable de dirigir, organizar, controlar, supervisar y ejecutar los procesos técnicos y procedimientos de planeamiento estratégico, presupuesto público, tecnologías de información y modemización de la gestión pública en el marco de la normatividad vigente de los sistemas administrativos correspondientes, asimismo las actividades de informática y tecnologías de la información.

Artículo 11.- Funciones de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto Ejerce las siguientes funciones:

a) Dirigir la ejecución de procesos técnicos de sistemas administrativos de presupuesto público, planeamiento operativo estratégico, modernización de la gestión pública y tecnologías de la información, en el marco de la normatividad vigente de los sistemas administrativos,

b) Monitorear la aplicación de directivas, lineamientos, normas técnicas y sistemas de programación, formulación, ejecución, seguimiento y

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evaluación de los resultados del Presupuesto Anual, Plan Operativo, Plan Estratégico Institucional a cargo del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre.

Presentar a la Dirección Ejecutiva la memoria de gestión del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial a la Dirección Ejecutiva. Presentar a la Dirección Ejecutiva el documento técnico normativo de gestión organizacional Manual de Operaciones (MOP) y el Mapa de Procesos del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial. Participar en el proceso de programación multianual de inversiones en materia de infraestructura vial y de pequeñas intervenciones de inversión en mantenimiento, mejoramiento, optimización o ampliación de infraestructura de servicios públicos de educación, salud, saneamiento con una perspectiva de corto, mediano y largo plazo, en coordinación con la Dirección de Estudios y Obras.

Emitir opinión técnica en las materias de su competencia.

Revisar, evaluar y visar resoluciones relacionados en las materias de su competencia; así como emitir actos de administración.

Presentar y prepararla rendición de cuentas anual del Titular del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en cumplimiento de las disposiciones de la Contraloría General de la Republica.

Efectuar la programación y registro de actividades operativas, metas físicas y financieras en el plan operativo anual y multianual mediante el aplicativo informático web del CEPLAN y monitorear su avance; así como de los bienes y servicios en el cuadro de necesidades anual y multianual mediante el aplicativo informático web PMBSO de la plataforma SIAF-SP.

Funciones relacionadas a Planeamiento:

i) k)

D

Ejecutar los procesos técnicos del sistema administrativo de planeamiento operativo estratégico, en el marco de la normatividad vigente del sistema. Participar en la formulación del Plan Estratégico Institucional (PEI), det Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) y del Presupuesto Participativo con la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto. Formular y proponer el Plan Operativo con perspectiva de programación multianual del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre, en coordinación con la Dirección Ejecutiva.

Registrar, monitorear y evaluar la información de los objetivos estratégicos y actividades operativas en la plataforma del sistema de procesos de planeamiento estratégico del CEPLAN, asignado al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre.

Evaluar indicadores de eficiencia, eficacia, efectividad y de competitividad en concordancia al Plan Estratégico Institucional (PE!) y Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC).

Organizar, coordinar y elaborar la memoria de gestión del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial.

pág. 7

Funciones relacionadas a Presupuesto:

p) 9)

Ejecutar los procesos técnicos del sistema administrativo de presupuesto público, en el marco de la normatividad vigente del sistema.

Registrar, emitir y evaluar las certificaciones de créditos presupuestarios y sus modificaciones en el módulo administrativo del proceso de ejecución presupuestaria del SIAF-SP, asignado al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre.

Formular, proponer, monitorear y evaluar el Presupuesto Anual con perspectiva de programación multianual del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de ta Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre, en coordinación con la Dirección Ejecutiva. Proponer, elaborar y aplicar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en el marco de la directiva emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, y en coordinación con la Unidad de Administración.

Funciones relacionadas a Modernización de la Gestión Pública:

t)

Ejecutar los procesos técnicos normativos del sistema administrativo de modernizacién de la gestién publica, en el marco de la normatividad vigente del sistema.

Elaborar el documento técnico normativo de gestión organizacional Manual de Operaciones (MOP) y el Mapa de Procesos del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial aplicando los lineamientos en materia organizacional y norma técnica para gestión por procesos emitidos por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con la Dirección Ejecutiva, las unidades de apoyo y asesoramiento, direcciones de línea y unidad desconcentrada. Asesorar a las unidades de apoyo y asesoramiento, direcciones de línea y la unidad desconcentrada el proceso de modernización de la gestión en el marco de la normatividad del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública.

Funciones relacionadas a Tecnologías de la Información:

w) Mantener operativas y seguras las redes digitales, comunicaciones, bases

y

de datos, los equipos tecnológicos; así como de los diferentes servicios de las tecnologías de información y comunicaciones internas y de aquellos orientados al ciudadano.

Asegurar la correcta instalación y configuración de los sistemas operativos y plataformas digitales; así como asistir técnicamente a los usuarios en el uso de herramientas informáticas.

Emitir informe técnico respecto a requerimientos de equipos tecnológicos de las direcciones, unidades y la unidad desconcentrada, así como emitir opinión técnica en materia de tecnología digital.

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z) Definir las especificaciones técnicas y participar en la evaluación técnica en procesos de adquisición de equipos de cómputo y software de diversa Indole.

aa) Otras funciones asignadas por la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia.

02.2. Unidad de Asesoría Jurídica

Artículo 12.- Unidad de Asesoría Jurídica

Es la unidad de asesoramiento dependiente de la Dirección Ejecutiva, responsable de brindar asesoramiento jurídico-legal y administrativo, dirigir y coordinar para la correcta aplicación de las normas legales que corresponde; así como absolver consultas que sean formuladas y pronunciarse sobre la legalidad de los actos administrativos.

Artículo 13.- Funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica Ejerce las-siguientes funciones:

a) Informar, opinar, asesorar y absolver consultas de carácter legal, jurídico y administrativo formuladas por los responsables de las unidades y direcciones del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en el marco de sus competencias. Formular, revisar y visar resoluciones, contratos, convenios y adendas que la Dirección Ejecutiva debe emitir y/o celebrar con otras instituciones públicas o privadas, Emitir opinión legal sobre los aspectos propiamente jurídicos respecto a contrataciones de bienes, servicios y obras con sustento técnico planteado por el área usuaria y la Dependencia Encargada de las Contrataciones. Emitir opinión legal de los recursos administrativos que se resuelven en primera instancia administrativa. Mantener estrecha coordinación en materias de su competencia con la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, con la finalidad de unificar criterios jurídicos sobre determinados temas recurrentes. f) Otras funciones asignadas por la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia y la normatividad vigente.

Capitulo Ill 03. Unidad de Apoyo

Articulo 14.- Unidad de Apoyo Constituye unidad orgánica de apoyo, la siguiente:

03.1. Unidad de Administración 03.1. Unidad de Administración

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Ut

Artículo 15.- Unidad de Administración

Es la unidad orgánica de apoyo dependiente de la Dirección Ejecutiva, responsable de administrar, dirigir, ejecutar, controlar y supervisar los procesos técnicos normativos de sistemas administrativos de contabilidad, tesorería, gestión de recursos humanos, patrimonio, las actividades de comunicación pública, abastecimiento y procesos de la Cadena de Abastecimiento Público en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento y de la normatividad emitida por los entes rectores de los sistemas administrativos.

Artículo 16.- Funciones de la Unidad de Administración Ejerce las siguientes funciones:

a) Administrar los recursos financieros asignados al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre, en el marco del Presupuesto Institucional de Apertura, Plan Operativo Institucional y Plan Estratégico Institucional; así como informar-la situación financiera a la Dirección Ejecutiva.

b) Monitorear la aplicación de directivas, lineamientos, normas técnicas y

sistemas de gestión de recursos humanos, contabilidad, abastecimiento,

tesorería, bienes estatales y tecnologías de información emitidas por entes rectores de sistemas administrativos; asimismo implementar las directivas emitidas por Gobernación Regional.

Ejercer la actuación de Dependencia Encargada de las Contrataciones

(DEC) por intermedio de Abastecimiento, aplicando las disposiciones de la

Ley N” 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y modificatorias,

su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y

modificatorias, y de directivas emitidas por el Organismo Especializado

para las Contrataciones Eficientes.

Proponer a la Dirección Ejecutiva el Pian Anual de Contrataciones y/o Plan

Anual de Contrataciones del Cuadro Multianual de Necesidades; así como

supervisar su ejecución, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de

Contrataciones Públicas y sus modificatorias, su Reglamento aprobado

mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y sus modificatorias.

Emitir opinión técnica en el ámbito de sus competencias y en el marco de

la normatividad de los sistemas administrativos correspondientes.

f Participar en la formulación del Presupuesto Anual en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.

Funciones relacionadas a Abastecimiento, Almacen y Patrimonio:

g) Administrar y registrar ta información de los compromisos anuales y sus modificaciones en el módulo administrativo de ejecución del gasto del SIAF-SP, asignado al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre.

h) Elaborar, mantener actualizado, ejecutar y monitorear el Plan Anual de Contrataciones y/o el Plan Anual de Contrataciones del Cuadro Multianual de Necesidades; así como evaluarlo trimestralmente, cumpliendo con su

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k)

))

ejecución acorde a la disponibilidad presupuestal, en conformidad a la directiva emitida por la Dirección General de Abastecimiento del MEF. Registrar, emitir, monitorear y ejecutar las órdenes de compras y de servicios del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA-MEF), en el marco de las normas vigentes del Sistema Nacional de Abastecimiento y de contrataciones públicas eficientes; asimismo mantener actualizado la información relevante en el OECE.

Administrar los bienes muebles mediante el registro, almacenamiento, distribución, disposición y supervisión de los mismos; asimismo proveer oportunamente los bienes y servicios esenciales en el marco de la Cadena de Abastecimiento Público.

Dirigir la recepción de los bienes entregados por los proveedores, verificar y controlar la conformidad de los mismos en cuanto al precio, calidad y cantidad requeridos, en aplicación de las directivas del Sistema Nacional de Abastecimiento.

Programar, dirigir y ejecutar el inventario de bienes muebles patrimoniales, en el marco de las directivas del Sistema Nacional de Abastecimiento. Emitir actos de administración relacionados a adquisición, registro, altas y bajas, almacenamiento y disposición de los bienes muebles del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en el marco de las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

Funciones relacionadas a Gestión de Recursos Humanos:

n)

p)

a)

Elaborar, proponer y aplicar el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) o el que lo sustituya, Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o el que lo sustituya; asimismo diseñar, proponer y administrar los puestos de trabajo mediante la formulación de los Perfiles de Puesto o Manual de los Perfiles de Puesto (MPP), según corresponda, en el marco de la directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Proponer, elaborar y aplicar el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP) anual del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en el marco de la norma vigente emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Organizar la gestión de los recursos humanos mediante la planificación de las necesidades de personal, en concordancia con los objetivos del Programa Regional de Infraestructura Regional.

Administrar, registrar la información y emitir las planillas de pago de remuneraciones de los servidores activos; asimismo las pensiones y compensaciones de los cesantes y jubilados en el aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos (AIRHSP).

Gestionar la administración de personas, legajos, contro! de asistencias, desplazamientos, procedimientos disciplinarios y desvinculación de los servidores de la Institución.

Administrar y mantener la información actualizada en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC), Registro Nacional de Personal del Servicio Civil (RNPSC), Registro Nacional de Sanciones de

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Destitución y Despido (RNSDD), la casilla electrónica de notificación de comunicaciones y las resoluciones del Tribunal del Servicio Civil. Asesorar y orientar a los servidores u organización sindical en casos de interferencia a la libertad sindical, siguiendo con el trámite regular en el marco del régimen disciplinario y el procedimiento sancionador, de conformidad a la Ley y su Reglamento.

Registrar el pliego de reclamos recibido directamente de la organización sindical en el aplicativo informático de negociación colectiva, remitiendo copia al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, antes iniciar la negociación.

Gestionar las renuncias recibidas de los servidores civiles conforme al marco lega! vigente y suscribir el acuerdo del término del servicio civil, por mutuo acuerdo.

Funciones relacionadas a Contabilidad:

w)

aa)

bb)

cc)

dd)

Administrar, registrar y mantener actualizado las operaciones contables financieras en el SIAF-RP; asimismo elaborar los libros contables y presupuestarios, y presentar los Estados Financieros y Presupuestarios del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial a la Dirección Ejecutiva.

Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y financieras del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control. Administrar y registrar la información de los compromisos mensuales y del gasto devengado y sus modificaciones en el módulo administrativo de ejecución del gasto del SIAF-SP, asignado al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre.

Funciones relacionadas a Tesorería:

Administrar y registrar la información del pago en el módulo administrativo de ejecución del gasto del SIAF-SP, asignado al Programa Regional de Infraestructura Multisectorial por intermedio de la Unidad Ejecutora 946: Carretera Federico Basadre; asimismo emitir y controlar las notas de pago. Registrar, controlar y verificar la autenticidad de las fianzas, garantías y pólizas de seguros en custodia, de acuerdo a la normatividad vigente. Gestionar la declaración y pago de impuestos y otras obligaciones que correspondan con cargo a fondos públicos, dentro de los plazos definidos y en el marco de la normatividad vigente.

Gestionar con la autorización de la Dirección Ejecutiva ante la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas la apertura, manejo y cierre de las cuentas bancarias del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, realizando las conciliaciones bancarias por toda fuente de financiamiento.

Implementar medidas de seguimiento y verificación del estado y uso de los Fondos Públicos, que comprende arqueos de los flujos financieros ylo

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valores, conciliaciones, y demás acciones que determine el ente rector; así como implementar la gestión de riesgos fiscales.

Funciones relacionadas a Comunicaciones Públicas:

ee)

ff

gg)

hh)

kk)

Planificar, organizar y dirigir las comunicaciones públicas utilizando las tecnologías digitales de redes sociales y comunicaciones convencionales. Elaborar, proponer e implementar estrategias de difusión, socialización, publicidad, protocolo, relaciones públicas y comunicación, en coordinación con la Dirección Ejecutiva.

Organizar, coordinar y dirigir actividades, eventos y ceremonias oficiales; asimismo dirigir y ejecutar las acciones de comunicación de los actos de la Institución en medios audiovisuales de tecnología digital y convencional a la opinión pública,

Programar, organizar y conducir las relaciones públicas propios de la Dirección Ejecutiva; asimismo coordinar visitas, entrevistas y conferencias de prensa respecto a las actividades y obras ejecutadas.

Mantener actualizada la información institucional en las redes sociales del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial.

Participar en convocatorias de eventos oficiales de la Gobernación Regional con material audiovisual e impreso para su proyección y difusión, en coordinación con la Oficina Regional de Comunicación Institucional. Otras funciones asignadas por la Dirección Ejecutiva, en el marco de su competencia.

Capítulo IV 04, Unidades de Línea

Artículo 17.- Unidades de Línea Constituyen unidades orgánicas de línea, los siguientes:

04.1. Dirección de Estudios y Obras 04.2. Dirección de Maquinaria y Equipos Mecánicos

04.1. Dirección de Estudios y Obras

Artículo 18.- Direc


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