Decreto Regional N.° 001-2026-GRU-GR
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL “Año de la esperanza y el fortalecimiento de la democracia"
pEcRETO REGIONAL Ne 001 .2026.GRU-GR Pucallpa, 17 MAR. 2005
VISTO: El INFORME N° 0181-2026-GRU-GGR-GTPA-OTPP, OFICIO N° 0374-2026- GRU-GGR-ORAJ, INFORME LEGAL N*017-2026-GRU-GGR-ORAJ/TTC, OFICIO N° 091-2026- GRU-GGR-GTPA, INFORME N° 013-2026-GRU-GRPP-SGMI/PPR, INFORME N° 055-2026- GRU-GRPP-SGMI, MEMORANDO N? 176-2026-GRU-GGR-SG; y demás antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Perú, norma constitucional concondante con el Articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales, son personas juridicas de derecho público, con autonomia politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia; en tanto, el Artículo 9° numeral 9.2 de la Ley N° 27783, Ley Marco de Descentralización, explica que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente;
Que, el artículo 5° de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece, es misión de los gobiernos regionales, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo asus competencias exclusivas compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el Artículo 46 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las funciones específicas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia”; en este contexto, el Artículo 49° de la citada ley, establece las funciones en materia de salud; ‘ .
Que, mediante Ley N° 27658 — Ley Marco de Modemizaci6n de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias. Entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión ) pública y construir un Estado democrático, descentralizadó y al servicio del ciudadano;
Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo
principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de
as Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencia y funciones, 'se organicen de la mejor manéra a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; y
Que, el Artículo 53° de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que Y, formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales, a través de la cual se agrupan las funciones entre sus unidades funcionales, estableciendo las líneas de ) dependencia. b) Formaliza, la estructura orgánica al interior. de los órganos desconcentrados,
cuando corresponda, y c) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda; . :
Que, asimismo, mediante Resclución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020- PCM/SGP, de fecha 14 de setiembre del 2020, se aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Operaciones — MOP, la que.califica el MOP:como un documento técnico normativo de Gestión Organizacional; Técnico, porque es, un resultado de un diseño organizacional para definir la estructura organizacional más idónea para el cumplimiento de las funciones y logro di resultados; Normativo, porque constituye una norma de carácter público y de obligatori
Y O) Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120
O Av. Arequipa 810 - Lima O (01)-4246320 @ www.gob.pe/regionucayali
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cumplimiento, y De Gestión Organizacional, porque es una guía administrativa sobre cómo se han asignado las funciones y responsabilidades al interior de la organización desconcentrada;
Que, el Articulo 54° del citado Lineamientos del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, prevé que, la Estructura del MOP, contiene títulos, capitulos, y artículos teniendo en cuenta los rubros y metodología que se detallan a continuación: a) Titulo Primero de las Disposiciones Generales; en este título se desarrolla: 1. La finalidad, 2. Naturaleza Jurídica, 3) Entidad a la que pertenece, 4) Funciones Generales, 5) Base legal. b) Titulo Segundo: La estructura; en este título se desarrolla la estructura, indicando los tipos de unidades de organización que la componen, sus funciones y la interrelación interna y externa de estos. c) Titulo Tercero: Bienes, servicios y procesos; Identificación de los bienes y servicios que entrega el programa, proyecto especial, órgano académico o desconcentrado, según corresponda, con la respectiva descripción de los procesos operativos o misionales que los generan, además de los procesos estratégicos y de apoyo. La descripción de los procesos se realiza, en su nivel más agregado, con una breve descripción de cada uno, sus objetivos y la unidad de organización responsable. En el caso de los programas y proyectos especiales, debe adjuntarse el mapa de procesos en el que se muestren las interacciones internas y externas. d) Anexo: Organigrama que refleje la estructura;
Que, resulta importante destacar la cuarta disposición complementaria final de los Lineamientos de Organización del Estado, señala, de manera excepcional pueden contar con un MOP las direcciones regionales de educación o las que hagan sus veces y las direcciones regionales de salud o las que hagan sus veces de los Gobiernos Regionales;
Que, no obstante, el Sub Capitulo | Aspectos Generales del MOP de los Lineamientos N° 02-2020-SGP, en el Literal E, prevé, los órganos que pueden contar con un MOP, cuando se sustente la necesidad, son los órganos desconcentrados y los órganos académicos. Sin perjuicio que cuente con un MOP, el érgano desconcentrado debe estar incluido en'el ROF de la entidad pública de la cual forma parte (por ejemplo, ministerio o gobierno regional), tanto en, el artículo que desarrolla la estructura de la entidad, como. en el artículo que desarrolla las funciones generales que le han sido asignadas al referido órgano desconcentrado;
Que, el Artículo 55° numeral 55.1 de los Lineamientos de Organización del Estado, establece que, la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces;
Que, mediante OFICIO. N° 091 |-2026-GRU-GGR-GTPA, de fecha 19 de febrero de 2026, la Gerencia Territorial de Padre Abad, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, el INFORME N° 0181-2026-GRU-GGR-GTPAOTPP, de fecha 18 de febrero 2026, respecto a la propuesta de Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Territorial de Padre Abad, con los documentos sustentatorios, para la respectiva revisión, conformidad y aprobación por la Subgerencia de Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regionál de Ucayali
Que, mediante INFORME N*.013-2026:-GRU-GRPP- SGMUPPR, de fecha 26 de febrero
¿y de 2026, emitido por el Director de la Sub Gerencia de Modéfnización Institucional, organo que en el marco de su competencia: ha’revisado la propuesta del Manual de Operaciones, acorde a
la normativa vigente; CONCLUYENDO: La propuesta del Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Territorial de Padre Abad, está formulado y elaborado conforme a los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establece orientaciones Para el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Operaciones “MOP, áprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Publica N° 0065-2 -2020-PCM-SGP; ,asimismo, CUMPLE con los criterios y reglas establecidos en los Lineamientos de 'Organización del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias;
@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 O Av. Arequipa 810 - Lima @ (01)-4246320 () www.gob.pe/regionucayali
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI SE GOBERNACION REGIONAL 3 “Año de la esperanza y el fortalecimiento de la democracia”
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Que, en ese estado, mediante OFICIO N° 0374-2026-GRU-GGR-ORAJ de fecha 03 de marzo de 2026, el Director de Sistema Administrativo IV de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, remitió a la Secretaría General el INFORME LEGAL N° 017-2026-GRU-GGRORAUITTC, de fecha 03 de marzo de 2026, respecto a la Aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Territorial de Padre Abad, para su aprobación en el Directorio de Gerentes; conforme a los argumentos expuestos en dicho informe;
Que, mediante MEMORANDO N° 176-2026-GRU-GGR-SG de fecha 24 de marzo de 2026, el Secretario General del Gobierno Regional de Ucayali, remite a la Gerencia Regional de Asesoría Juridica la Transcripción de acuerdo: N° 002-2026-GRU-DG: “Aprobar el Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Territorial de Padre Abad; por lo que se debe encargar a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, proyectar el DECRETO REGIONAL que apruebe el mencionado manual’;
Que, el Artículo 37° literal b) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, faculta a la Gobernador Regional, como el órgano de gobierno, dictar las normas y disposiciones, como los Decretos Regionales y las Resoluciones Regionales; concordante con el Artículo 40° de la citada Ley, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; requisito que se ha cumplido en el presente caso;
Que, además, Artículo 55° numeral 55.21 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone, el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales;
Que, con la facultad que otorga la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias; y; con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Sub Gerencia de Modernización Institucional; .
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Territorial de Padre Abad; el cual, consta de tres (3) Títulos, cuatro (4) Capitulos, sesenta y dos (62) Articulos y uni (1) Anexo; cuyo texto íntegro, forma parte como Anexo del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. - DEJESE SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Regional, por las consideraciones expuestas.
4 ii ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER a la Gerencia Territorial de Padre Abad en coordinacion con la Secretaria General, la publicación del presente Decreto Regional en la sección Normas Legales del Diario Oficial El Peruano; PRECISAR que el presente Decreto Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación,
ARTÍCULO CUARTO. ~ DISPONER a ia Oficina de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decretó Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali: www.regionucayali.gob.pe :
- ARTÍCULO QUINTO,"DISPONER que la Gerencia Territorial de Padre Abad, a partir \ de la vigencia de la presente norma, realicen las accjones pertinentes para la formulación y/o adecuación de los documentos de gestión institucional a que hubiere lugar.
O Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú @ (061)-58 6120 @ Av Arequipa 810 - Lima @ (01)-4246320 = @ www.gob.pe/regionucayali
Region
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBERNACION REGIONAL “Año de la esperanza y el fortalecimiento de la democracia”
ARTÍCULO SEXTO. ~ DISPONER a Secretaria General NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Gerencia Territorial de Padre Abad y a la Subgerencia de Modernización Institucional.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
@ Jr. Raimondi 220 - Ucayali, Perú (Y (061)-58 6120 © Av. Arequipa 810 - Lima @ (00-42 46320 (Q www.gob.pe/regionucayali
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MANUAL DE OPERACIONES
(MOP)
GERENCIA TERRITORIAL DE PADRE ABAD Aguaytía - 2026
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Título Primero: Disposiciones Generales
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a Artículo 1.- Competencia
o El órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad es responsable de formular, proponer,
e programar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones y actividades regionales de desarrollo
e territorial en su respectivo ámbito jurisdiccional provincial, en concordancia con los planes y programas regionales y subregionales correspondientes, Ejercen funciones de coordinación con la UGEL, la
® Oficina Zonal de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección de Red Integrada de Salud, la Unidad
ce) de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, la Oficina Agraria, la Unidad de Gestión Ambiental y otras
a dependencias regionales que actúan en el ámbito de su jurisdicción provincial; así como coordinan con
8 las Gerencias Regionales de línea según corresponda a los proyectos y actividades que deban ejecutar para el desarrollo territorial,
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Artículo 2.- Naturaleza Juridica
El órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, se creó para prestar bienes, servicios y atender las necesidades no cubiertas en el ámbito del territorio de la Provincia de Padre Abad, en las materias de su competencia acorde a ta Ley N* 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Artículo 3.- Entidad a la que pertenece órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, pertenece al Gobierno Regional de Nayali y se encuentra adscrito a la Gerencia General Regional.
culo 4.- Funciones Generales órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, tiene las siguientes funciones
generales:
Dirigir, coordinar, orientar y ejecutar los planes de desarrollo en el ámbito de su jurisdicción
¿y territorial e integrar esfuerzos y recursos de los actores territoriales de desarrollo, dependencias Regionales, organismos sectoriales y otros agentes de apoyo al desarrollo.
pmover la participación del sector privado en el desarrollo de su jurisdicción territorial.
jgir, articular, supervisar, controlar y evaluar Ja gestión pública de la Gerencia Territorial en su
isdicción territorial, en aplicación de las políticas regionales, el Plan de Desarrollo Regional
'oncertado, el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional del Gobierno
gional de Ucayali, en cumplimiento de los objetivos y metas establecidos.
e d) Concertar y coordinar con los gobiernos locales, las organizaciones sociales, económicas y
& culturales de su jurisdicción territorial para la ejecución de proyectos y obras de interés público.
Promover e impulsar convenios y acuerdos entre los sectores público y privado.
‘acilitar el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y
orredores económicos, ampliando los mercados de los productos locales.
Articular y coordinar la prestación de servicios públicos de las unidades desconcentradas
sectoriales en el ámbito territorial de su competencia.
Dirigir, coordinar y supervisar la formulación de estudios y expedientes técnicos de proyectos de
inversión para si jurisdicción territorial, en el marco del Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones.
Convocar y presidir el Comité de Coordinación Territorial en el ámbito de su competencia.
Gestionar, coordinar, controlar y ejecutar las actividades, operaciones y mantenimientos de la
maquinaria pesada y equipos, orientados a la rehabilitación de infraestructura vial en apoyo a la
población en el ámbito de su jurisdicción provincial.
Programar y registrar las actividades operativas, metas físicas y financieras en el plan operativo
anual y multianual, los bienes y servicios en el cuadro de necesidades anual y multianual de su
ámbito de responsabilidad, mediante el aplicativo informático web que corresponde; así como,
monitorear, evaluar e informar su ejecución y resultados, en coordinación con la Subgerencia de
Planificación y Estadística.
D Otras funciones delegadas por la Gerencia Genera! Regtonal, en el marco de la ley.
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1400006 800989080
Articufo 5.- Base Legai
El órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, se creó con Ordenanza Regional N° 010-2016-GRU-CR, publicado el 23 de setiembre de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, órgano desconcentrado que continúa funcionando bajo el amparo de la Ordenanza Regional N° 003-2026-
GRU-CR.
Titulo Segundo: Estructura Orgánica y Funcional
Artículo 6.- Estructura Orgánica y Funcional La estructura orgánica y funcional del órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, es
la siguiente:
Unidad de Dirección 01.1. Gerencia Territorial
Unidades de Asesoramiento 02.1. Oficina de Planeamiento y Presupuesto 02.1.1. Unidad de Presupuesto 02.1.2. Unidad de Planeamiento 02.1.3. Unidad de Gestión de Inversiones
$5930098900000989800C
02,2. Oficina de Asesoria Juridica
Ens
03.1.1. Unidad de Recursos Humanos 03.1.2. Unidad de Contabilidad 03.1.3. Unidad de Tesorería
03.1.4. Unidad de Abastecimiento 03.1.5. Unidad de Gestión Patrimonial 03.1.6. Unidad de Almacén
BASE
- Oficina de Trámite Documentario y Archivo Oficina de Comunicación y Relaciones Públicas Oficina de Tecnologías de la Información
@ 04. Unidades de Línea Ea 04.1. Subgerencia de Infraestructura 04.1.1. Unidad de Estudios y Proyectos 04.1.2, Unidad de Ejecución, Supervisión y Liquid:
04.4.3. Unidad de Maquinarias y Equipos Mecá:
04.2. Subgerencia de Desarrollo Económico y Social 04.2.1. Unidad de Desarrollo Económico 04.2.2. Unidad de Desarrollo Social 04.2.3. Unidad de Promoción del Turismo y Artesanía
Capituio i 01. Unidad de Dirección 04,1. Gerencia Territorial Artículo 7.- Gerencia Territorial _ o o oo La Gerencia Territorial es la unidad de dirección adscrita a ia Gerencia General Regionai, responsable de formular, proponer, programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de desarrollo territorial con participación del Gobierno Regional en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales en concordancia
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con los planes y programas regionales y subregionales correspondientes. Ejercen funciones de coordinación y supervisión sobre todas las unidades desconcentradas del Gobierno Regional que actúan en el ámbito territorial bajo su responsabilidad. Tienen autonomia administrativa y operativa relativa, con las limitaciones que el Gobierno Regional regule médiante directivas concordantes con la normatividad general de los sistemas administrativos, y reportan a la Gerencia General Regional; para el desarrollo de las acciones y actividades a su cargo a nivel territorial coordinan con las Gerencias Regionales correspondientes, acorde a las materias involucradas por esas acciones y actividades.
o e a e e e
© Artículo 8.- Funciones de la Gerencia Territorial o La Gerencia, ejerce las siguientes funciones: fe) a) Gestionar y dirigir la ejecución de los planes de desarrollo en el ámbito de su jurisdicción territorial o € integrar esfuerzos y recursos de los actores territoriales de desarrollo, dependencias regionales, organismos sectoriales y otros agentes de apoyo al desarrollo, @ b) Gestionar y dirigir acciones que promuevan la participación del sector privado en el desarrollo de a su jurisdicción territorial. €) Dirigir la gestión pública de la Gerencia Territorial en su jurisdicción territorial, en aplicación de las S políticas regionales, el Plan de Desarrollo Regional Concertado, el Plan Estratégico Institucional y e el Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional de Ucayali, en cumplimiento de los objetivos etas establecidos. a best ‘ i izaci d) Gestionaracciones de concertación y coordinación con los gobiernos locales, las organizaciones e sociales, económicas y culturales de su jurisdicción territorial para la ejecución de proyectos y obras de interés público. A 8) Gestionar y dirigir acciones que promuevan e impulsen convenios y acuerdos entre los sectores público y privado. © f) Gestionar y dirigir acciones que faciliten el aprovechamiento de oportunidades para la formación o de ejes de desarrollo y corredores económicos, ampliando los mercados de los productos locales. Dirigir y coordinar las acciones que articulen la prestación de servicios públicos de las unidades @ desconcentradas sectoriales en el ámbito territorial de su competencia. irigir, supervisar y aprobar la formulación de estudios y expedientes técnicos de proyectos de @ e inversión para su jurisdicción territorial, en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. e Dirigir, supervisar y aprobar prestaciones de adicionales y deductivos vinculantes de los proyectos de Inversión Publica,
stionar las actividades, operaciones y mantenimientos de la maquinaña pesada y equipos, lentados a la rehabilitación de infraestructura vial en apoyo a la población, en el ámbito de su isdicción provincial.
Dirigir la programación y registro de las actividades operativas, metas fisicas y financieras en el plan operativo anual y multianual, los bienes y servicios en el cuadro de necesidades anual y multianual de su ámbito de responsabilidad, mediante el aplicativo informático web que corresponde; as! como informar su ejecución y resultados a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto.
tras funciones delegadas por la Gerencia General Regional, en el marco de la ley.
Capítulo I) 02, Unidades de Asesoramiento Artículo 9.- Unidades de Asesoramiento Constituyen unidades de asesoramiento del órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, los siguientes:
02.1, Oficina de Planeamiento y Presupuesto
- 02.2, Oficina de Asesoria Juridica
02.1. Oficina de Planeamiento y Presupuesto
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al
Artículo 10.- Oficina de Planeamiento y Presupuesto
Es la unidad de asesoramiento dependiente de la Gerencia Territorial, responsable de dirigir, organizar, controlar, supervisar y ejecutar los procesos, procedimientos, técnicas e instrumentos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión y modernización de la gestión pública, en el marco de directivas, normas técnicas y lineamientos de los correspondientes sistemas administrativos.
Artículo 11.- Funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Ejerce las siguientes funciones:
a) Planear, organizar, dirigir y asesorar en los procesos técnicos de los sistemas administrativos de presupuesto público, planeamiento estratégico, inversión pública y modernización de la gestión pública, en el marco de la normatividad vigente de los correspondientes sistemas administrativos.
b) Dirigir el proceso de modernización de la gestión en la Gerencia Tenitorial, en el marco de las normas y lineamientos técnicos del sistema administrativo de modernización.
c) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.
d) Participar en fa formulación de los proyectos de inversión pública de carácter territorial con una perspectiva de mediano y largo plazo.
e) Participar en la formulación del presupuesto participativo territorial.
Formular y proponer el Plan Operativo Institucional, el Presupuesto Institucional anual con una
perspectiva de programación multianual de la Gerencia Territorial.
- AlAdministrar el uso del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) y del CEPLAN, en § los módulos de los sistemas administrativos de presupuesto público, planeamiento estratégico. Identificar, sistematizar, priorizar y proponer proyectos de inversión pública de carácter productivo, infraestructura, económica y social; orientados al desarrollo de su jurisdicción, en coordinación con
los Gobiernos Locales, instituciones representativas y población organizada,
Fagponer las modificaciones en el Programa de Inversiones de la Gerencia Territorial.
tar la memoria de gestión de la Gerencia Territorial.
Bar el grado cumplimiento de las metas físicas y presupuestales en términos de eficacia y
cia en el uso de recursos económicos asignados.
ner el documento técnico normativo de gestión organizacional, así como tos instrumentos
stién, según fa normatividad vigente sobre la materia correspondiente,
nsolidar, verificar y dar consistencia a la programación, ejecución y evaluación de los ingresos
y gastos de las metas presupuestarias.
Emitir informes técnicos para absolución de consultas en las materias de su competencia.
‘ecopilar, analizar, procesar y actualizar permanentemente la información estadística para su
alización oportuna en la toma de decisiones.
CBlas funciones que le sean asignadas por el Gerente Territorial, en el marco de su competencia.
Ú @ D a D @ @ e o e @ o @ o o
siguientes:
02.1.1. Unidad de Presupuesto 02.1.2. Unidad de Planeamiento 02.1.3. Unidad de Gestión de Inversiones
02.1.1. Unidad de Presupuesto
Artículo 13.- Unidad de Presupuesto
Es la unidad funcional de asesoramiento dependiente de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, responsable de programar, formular, ejecutar, controlar y evaluar el presupuesto a nivel de la Unidad Ejecutora 945 de la Gerencia Territorial de Padre Abad, en concordancia con las directivas emitidas por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas como ente rector del Sistema Nacional de Presupuesto Público, así como la directiva emitida por la Gobernación Regional en el marco de las Leyes de Presupuesto Público Anual y otras normas relacionadas.
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o @ e @ @ @ o o o @ ó @ o
Artículo 14.- Funciones de la Unidad de Presupuesto Ejerce las siguientes funciones:
a) Asesorar en la materia del sistema administrativo de presupuesto y otros temas de su competencia
b) Orientar, coordinar y supervisar la ejecución de los programas y proyectos territoriales de carácter sectorial y multisectorial que le corresponda, que han sido incluidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado.
c) Coordinar la formulación de los proyectos de inversión pública de carácter territorial con una perspectiva de mediano y largo plazo.
d) Administrar el uso del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) en el módulo del sistema administrativo de presupuesto público.
e) Proponer e informar sobre las modificaciones en el Programa de Inversiones de la Gerencia Territorial,
f) Evaluar el grado cumplimiento de fas metas físicas y presupuestales en termino de eficacia y eficiencia en el uso de recursos económicos asignados.
- Consolidar, verificar y dar consistencia a la programación, ejecución y evaluación de los ingresos y gastos de las metas presupuestarias.
h) Emitirinformes técnicos para absolución de consultas en la materia de su competencia.
- Otras funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, en materia de su competencia
PSS OPN SPSS Oo Qgggae
iticulo 15.- Unidad de Planeamiento 24 la unidad funcional de asesoramiento dependiente de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
sesorar a los demás órganos y áreas en asuntos relacionados a los sistemas de planeamiento y otros temas de su competencia las demás unidades orgánicas responsables. ¿Orientar, coordinar y supervisar la ejecución de los programas y proyectos territoriales de carácter ectorial y multisectorial que le corresponda, que han sido incluidos en el Plan de Desarrollo
Sarticipar en ef proceso de formulación del presupuesto participativo territorial y regional. ‘ormular el Plan Operativo Institucional de la Gerencia Territorial,
Consolidar, verificar y dar consistencia a la programación, ejecución de las metas físicas y
financieras registradas en el Plan Operativo Institucional del aplicativo CEPLAN,
f Identificar, sistematizar y priorizar proyectos de inversión pública de carácter productivo, infraestructura, económica y social; orientados al desarrollo de su jurisdicción, en coordinación con los Gobiernos Locales, instituciones representativas y población organizada.
- Elaborar la memoria de Gestión de la Gerencia Territorial en coordinación con las Unidades de organización.
h) Elaborar, actualizar, y proponer documentos de gestión que contribuyan en la gestión administrativa ROF, MOF y directivas intemas para su presentación y aprobación por el titular del pliego. ~
i) Emitir informes técnicos para absolución de consultas en las materias de su competencia.
j) Otras funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, en materia de su competencia.
02.1.3. Unidad de Gestion de Inversiones
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Artículo 17.- Unidad de Gestión de Inversiones
Es la unidad funcional de asesoramiento dependiente de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, responsable de la unidad formuladora y evaluadora de proyectos de inversión, así como de aprobar las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y de rehabilitación en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones,
Artículo 18.- Funciones de la Unidad de Gestión de Inversiones Ejerce las siguientes funciones;
a) Asesorar a los demás órganos y áreas en asuntos relacionados a los sistemas de inversión pública y otros temas de su competencia.
b) Coordinar la formulación de los proyectos de inversión pública de carácter territorial con una perspectiva de mediano y largo plazo.
c) Identificar, sistematizar, priorizar y proponer proyectos de inversión pública de carácter productivo, infraestructura, económica y social; orientados al desarrollo de su jurisdicción, en coordinación con Jos Gobiernos Locales, instituciones representativas y población organizada.
d) Emitir informes técnicos para absolución de consultas en temas de su competencia.
e) Aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación y evaluación aprobados por la DGPMI, asf como las metodologías especificas aprobadas por los Sectores, para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión cuyos objetivos estén directamente vinculados con las competencias de la entidad a la que pertenece la UF.
Elaborar las fichas técnicas y los estudios de pre inversión con el fin de sustentar la concepción
cnica, económica y el dimensionamiento de los proyectos de inversión, teniendo en cuenta los
bjetivos, metas de producto e indicadores de resultado previstos en la fase de Programación
ultianual de Inversiones; así como los fondos públicos estimados para la operación y
mantenimiento de los activos generados por el proyecto de inversión y las formas de
@ financiamiento.
Registrar en el Banco de Inversiones los proyectos de inversión y las inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación.
Sclarar la viabilidad de los proyectos de inversión.
bbar las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación. itar la opinión de la OPMI del Pliego, sobre los proyectos o programas de inversión a ser clados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo mayores ¿2 (01) año del Gobierno Nacional y sus garantías, a fin de verificar que estos se encuentren
% alineados con los objetivos priorizados y metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o
o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, cumplan con la
metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones,
ANas metodologías específicas sectoriales, las normas técnicas que le sean aplicables y que
one pontribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de
8 uerdo a sus criterios de priorización. En el caso de las UF de los GR, adicionalmente, deben
EL opinión a su OPMI.
8)” Solicitar la opinión favorable de la DGPMI sobre los proyectos o programas de inversión a ser financiados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo del Gobierno Nacional, previo a su declaración de viabilidad.
I) Verificar y aprobar la consistencia técnica entre el resultado del expediente técnico o documento equivalente y la ficha técnica o estudio de pre inversión que sustentó la dectaración de viabilidad de los proyectos de inversión
m) Remitir información sobre las inversiones que solicite la DGPMI y los demás órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
n) Cautelar que las inversiones a formularse o aprobarse, según sea el caso, correspondan a Unidades Productoras que brindan servicios públicos que se enmarquen en las competencias de su respectivo nivel de gobierno y estén alineadas a las cadenas funcionales que correspondan al servicio a intervenir,
- Desactivar las inversiones, de acuerdo a los criterios establecidos por la DGPMI
p) Registrar en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones las modificaciones de los proyectos de inversión que puedan presentarse
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q e posterior a la declaratoria de viabilidad y previo a la aprobación del expediente técnico o e documento equivalente, siempre que éstas no cambien la concepción técnica del mismo, sobre la base del sustento correspondiente de la UEI.
e q) Registrar la actualización de los documentos técnicos que sustentaron la declaratoria de viabilidad e de los proyectos de inversión cuando estos hayan perdido vigencia. @ r) Otras funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, en materia de su competencia. © 02.2. Oficina de Asesoría Jurídica S e Artículo 19.- Oficina de Asesoría Jurídica
Es la unidad de asesoramiento dependiente de la Gerencia, responsable de implementar el sistema e de asesoría jurídica y brindar asesoramiento jurídico-legal y administrativo, absolver consultas que a sean formuladas por las demás oficinas, así como pronunciarse sobre la legalidad de los actos que le e sean remitidos para su revisión o visación. 6 Artículo 20.- Funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica e Ejerce las siguientes funciones: o a) Informar, opinar, asesorar y absolver consultas sobre los aspectos de carácter legal, jurídico y e administrativo que formulen los órganos y áreas de la Gerencia Territorial
Asumir representación legal de la Gerencia Territorial, ante todo tipo de instancias administrativas, rbitrales y otras. . lormular y visar resoluciones, contratos, convenios y otros documentos legales que la Gerencia erritorial debe celebrar con terceros para el desarrollo de sus actividades; así como revisar y opinar cuando estos han sido elaborados por otras dependencias institucionales. d) Ejecutar acciones en los asuntos jurídicos que disponga la Gerencia Territorial, Coordinar con la oficina regional de Asesoría Juridica de la sede central, en las acciones propias Ne agasu función.
SuSpMapilar, sistematizar y mantener actualizada las disposiciones que tengan incidencia en el cjonamiento de la Gerencia Territorial. ener informada a todos los órganos y unidades sobre las disposiciones legales, mentarias y otras normas relacionadas a las actividades del Gobierno Regional de Ucayali,
e Ffentando su adecuada aplicación.
Emitir opinión legal en los asuntos relacionados con la Gerencia Territorial, o i) Emitir opinión y/o absolver las consultas respecto a la interpretación y aplicación de los dispositivos 6 legales vigentes retacionados con la Administración Publica,
Asesorar a las comisiones disciplinarias u otros órganos especiales. “0tras funciones que le sean asignadas por el Gerente Territorial, en el marco de su competencia.
Capitulo Il 03. Unidades de Apoyo
Artículo 21.- Unidades de Apoyo Constituye unidades de apoyo del órgano desconcentrado Gerencia Territorial de Padre Abad, los
siguientes:
03.1. Oficina de Administración
03.2. Oficina de Trámite Documentario y Archivo 03.3. Oficina de Comunicación y Relaciones Públicas 03,4. Oficina de Tecnología de la Información
03.1. Oficina de Administración
Artículo 22.- Oficina de Administración
Es la unidad de apoyo dependiente de la Gerencia, responsable de administrar, normar, organizar, dirigir, supervisar y controlar los procesos técnicos de contabilidad, abastecimiento, tesorería y
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y
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endeudamiento público, gestión de recursos humanos y gestión patrimonial, en el marco de la normatividad de los sistemas administrativos emitida por los entes rectores correspondientes.
Artículo 23.- Funciones de la Oficina de Administración Ejerce las siguientes funciones:
a) Conduce y orienta los procesos técnicos de los sistemas administrativos de Gestión de Recursos Humanos, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Patrimonio y Almacén, así como las acciones relativas al trámite documentario, transparencia y acceso a la información y la gestión del acervo documentario institucional.
b) Formular y proponer políticas, planes, estrategias, metas para el cumplimiento de las metas físicas y financieras de la entidad en el marco de la normativa vigente.
c) Proponer a la Gerencia Territorial el cuadro de necesidades y Plan anual de Adquisiciones y contrataciones para su aprobación y ejecución.
d) Dirigir, ejecutar y supervisar las actividades técnico administrativas relacionadas al cumplimiento de [as metas físicas y financieras institucionales.
e) Dirigir, coordinar y supervisar la presentación de los Estados Financieros y Contables a los organismos correspondientes de conformidad con la normatividad vigente.
f) Participar en el proceso de formulación del presupuesto institucional en coordinación con la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.
Dirigir, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones,
Participar en la elaboración y revisión de los requerimientos en los Procesos de selección de
Licitaciones, contratos y/o Estudios que se le encargue.
Suscribir conjuntamente con el responsable del área de contabilidad los Estados Financieros.
Suscribir los contratos, resolver los mismos y cesar al personal de acuerdo a las disposiciones
legales.
Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas de los órganos de la Gerencia Territorial y las
idades gubernamentales vinculados al ámbito de su competencia.
mar periódicamente al Gerente Ejecutivo, sobre la situación económica y financiera de la
ución.
oner al Gerente Ejecutivo el alta y baja de bienes en concordancia con las disposiciones
les vigentes.
Héborar y expedir resoluciones administrativas sobre asuntos de su competencia.
Emitir informes y documentos que se requieran en los procesos administrativos, judiciales y
e arbitrales cuando se soliciten en aspectos de su competencia.
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tulo 24.- Unidades Funcionales de la Oficina de Administración nidades funcionales de apoyo de la Oficina de Administración, son las siguientes:
Unidad de Contabilidad Unidad de Tesorería
Unidad de Abastecimiento Unidad de Gestión Patrimonial 6. Unidad de Almacén
03.1.1. Unidad de Recursos Humanos
Artículo 25.- Unidad de Recursos Humanos
Es la unidad funcional de apoyo dependiente de la Oficina de Administración, responsable de conducir, planificar, orientar, dirigir, coordinar las actividades y aplicar los procesos y técnicas en el marco de la normatividad vigente del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, en coordinación con fa dirección de la Oficina de Administración y fa Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali.
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Artículo 26.- Funciones de la Unidad de Recursos Humanos Ejerce las siguientes funciones:
a) Conduce y orienta los procesos técnicos de los sistemas administrativos de Gestión de Recursos Humanos.
b) Participar en el proceso de formulación del presupuesto institucional en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
c) Suscribir los contratos, resolver los mismos y cesar al personal de acuerdo a las disposiciones legales.
d) Emitirinformes y documentos que se requieran en los procesos administrativos cuando se soliciten en aspectos de su competencia.
e) Planificar, organizar y evaluar la formación de capacidades del personal activo de acuerdo a las políticas y necesidades de la Institución.
f) Ejecutar y evaluar el desempeño laboral, la asistencia del personal y los programas de asistencia y bienestar social.
g) Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la gestión y administración de los recursos humanos de la Gerencia Territorial de acuerdo con las normas legales vigentes.
h) Elaborar, organizar y mantener actualizado el Manual Clasificador de Cargos (MCC), Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) y el Presupuesto Analítico de personal
apenas (PAP), en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
a i) ALlevar a cabo los procesos de selección y contratación de personal por servicios personales y ntrato administrativo de servicios (CAS), en el marco de las normas legales vigentes.
Elaborar la planilla única de pagos del personal activo y cesante si lo hubiere; así como, mantener
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@ actualizado el registro y escalafón del personal. 2 k) Registrar, actualizar y vigilar la seguridad de la información contenida en el Aplicativo Informático: @ gears Modulo de Gestión de Recursos Humanos del SIAF-SP, M CAR, sentencias judiciales, PAP.
orar en las materias de su competencia a las oficinas y direcciones de línea; así como, emitir tes técnicos que correspondan.
r las Directivas y Lineamientos emitidos por el ente rector del Sistema Administrativo de E tión de Recursos Humanos, fa Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR.
rar, brindar asistencia técnica e información al gerente territorial, funcionarios, servidores para la adecuada comprensión e implementación del Sistema de Gestión de Recursos lumanos.
Elaborar y proponer el Rol de Vacaciones del personal nombrado, contratado en planilla y por ntrato administrativo de servicios.
jercer la potestad disciplinaria y ejecutar las acciones pertinentes para la aplicación de sanciones le resulten de procesos administrativos disciplinarios.
ordinar, controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos de la institución, las actividades de ntrol interno y las medidas correctivas que corresponde
Emitir opinión técnica y asesorar en temas de su competencia.
s) Elaborar el Plan Anual de Capacitaciones.
t) Demás funciones que le asigne el jefe inmediato, en materia de su competencia.
03.1.2, Unidad de Contabilidad
Artículo 27.- Unidad de Contabilidad
Es la unidad funcional de apoyo dependiente de la Oficina de Administración, responsable de conducir, planificar, orientar, dirigir, coordinar las actividades y aplicar los procesos y técnicas en el marco de la normatividad vigente del Sistema Nacional de Contabilidad, en coordinación con la dirección de la Oficina de Administración y la Subgerencia de Contabilidad de la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali.
Artículo 28.. Funciones de la Unidad de Contabilidad Ejerce las siguientes funciones:
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a) Conduce y orienta los procesos técnicos de los sistemas administrativos de Contabilidad.
b) Dirigir, coordinar y supervisar la presentación de los Estados Financieros y Contables a los organismos correspondientes de conformidad con la normatividad vigente,
c) Suscribir conjuntamente con el responsable del área de contabilidad los Estados Financieros.
d) Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas de los órganos de la Gerencia Territorial y las entidades gubernamentales vinculados al ámbito de su competencia.
e) Informar periódicamente al Gerente Ejecutivo, sobre la situación económica y financiera de la Institución.
f) Programar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades relacionadas a los procesos contables, conforme con las normas legales vigentes.
- Supervisar y cautelar el registro financiero en el Sistema Integrado de administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), MODULO WEB Y SIGA-SP.
h) Elaborar los estados financieros de periodicidad mensual, trimestral, semestral y anual conforme a la normatividad vigente.
- Realizar la conciliación del Marco Presupuestal cada trimestre y anual.
i) Realizar fos regístros contables de acuerdo a fas normas y procedimientos contables emitidos por la Dirección General de Contabilidad Pública.
k) Mantener actualizado la totalidad de registros contables principales y auxiliares.
) Supervisar, evaluar y controlar la ej
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