Acuerdo de Consejo Regional N.° N028_22Mar2024
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PR GOBIERNO REGIONAL TUMBES | 1 CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las Heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N” 028-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 22 de marzo del 2024
En la Sesión Extraordinaria N° 010-2024 del Pleno del Consejo Regional del i, Gobierno Regional de Tumbes, de fecha 22 de marzo del 2024, del tratamiento del punto de agenda: “Tratamiento del pedido de renuncia de miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social”.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Unico de la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica bésica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regicnal, como órgano normativo y fiscalizador (...)"
Que, siguiendo ese orden, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;
Que, el artículo 13% de citada Ley, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas;
Que, por otro lado, el artículo 39° de la Ley ut supra, señala: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";
Que, acotada Ley modificada por la Ley N° 27902, en su artículo 14°, establece que: "Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en comisiones";
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en el artículo Il del Titulo Preliminar, señala que: “El Consejo Regional es el órgano representativo,
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Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su artículo 16°, inciso c) señala que son obligaciones de los Consejeros Regionales de Tumbes: "Integrar las comisiones ordinarias, Investigadoras y especiales". En su articulo 103°, precisa que: "Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones, las mismas que pueden ser ordinarias, investigadoras y especiales";
Que, acotado Reglamento Interno en su artículo 111°, señala que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, cuenta con la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social; y en su artículo 115”, inciso a) y d) precisa que esta Comisión trabaja coordinadamente con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, así con los sectores de Educación, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Vivienda y Saneamiento, y otras que sean necesarias; y que fiscaliza en forma permanente la gestión y conducta publica de las funciones que pertenecen a dichas áreas;
Que, citado Reglamento Interno, en su Primera Disposición, Complementaria Final, señala: “En caso de asuntos no previstos en el presente Reglamento, el Consejo Regional adoptará las decisiones que estime pertinente, aplicando las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias de la materia”;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 140-2023/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, del 29 de diciembre del 2023, se conformó la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, la misma que quedo integrada por los siguientes consejeros regionales:
- Jerrry Mario Risco Castillo - Presidente
- Diego Alemán Ramírez - Secretario
- Roberto Alan Rios Herrera - Vocal
Que, con fecha 19 de marzo del 2024, se levantó el Acta de Sesión de Comisión N*022 - 2024, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, en la cual el Consejero Regional Diego Alemán Ramírez — Secretario de Comisión, preciso lo siguiente: “Que debido a las constantes visitas de fiscalización realizadas por esta comisión y no habiendo sido convocado a ninguna de las mismas y por razones estrictamente personales, expreso mi voluntad de dejar de participar en esta comisión, a fin de no tener ningún problema en el futuro, ya que no se me ha dado a conocer los resultados y las razones por las cuales se han hecho estas visitas”; por su parte el Consejero Regional Roberto Alan Ríos Herrera — Vocal de Comisión, dejo constando lo siguiente: “Comparto
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lo indicado por el Ing. Diego Alemán Ramírez, dado que es preocupante que hasta la fecha no hallamos participado dentro de estas fiscalizaciones ¡realizadas por el presidente de la comisión, y en aras de evitar malos entendidos en esta comisión, solicito dejar de participar en esta comisión al igual que el Ing. Diego Alemán Ramirez”. asimismo, se solicitó al Secretario del Consejo Regional haga de conocimiento al Pleno del Consejo Regional sobre este hecho con la finalidad del buen funcionamiento de esta comisión con carácter de muy urgente, ya que existe documentación pendiente de ser tramitada;
Que, del tratamiento del punto de agenda expuesto en el VISTO del presente Acuerdo de Consejo Regional, y al haberse aceptado en la preserte Sesión Extraordinaria de Consejo Regional la renuncia de los consejeros regionales Diego Alemán Ramírez y Roberto Alan Ríos Herrera a seguir formando parte de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social para el periodo 2024, el Consejero Regional Romario Rai Prescott Núñez, propuso lo siguiente: solicito la reestructuración de toda la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, manifestando que dicho pedido es motivado debido a que en el exordio que ha venido manifestado el presidente, se ha dado un tiempo prudente para ver quién de los consejeros quiere acompañar a dicha comisión, ha habido un silencio y una expresión de voluntad que lo regula el código civil y la Ley 27444, que es una aceptación tácita, nadie ha dicho nada, entonces nadie quiere acompañar, entonces si nadie quiere acompañar no podemos obligar a alguien que ya en una expresión tasita ya lo ha manifestado, por tanto mi pedido es que ante la necesidad se tiene que reestructurar toda la comisión; Ordinaria con carácter de urgencia en ese sentido, después de un arduo debate, dicho pedido fue aprobado por mayoría;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes N%s. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y demás normas conexas; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD;
SE ACORDÓ POR MAYORÍA:
ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR la Reestructuración de todos los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, debiendo en una próxima Sesión Ordinaria de Consejo Regional elegir a los nuevos miembros de citada comisión, (presidente, secretario y vocal) ello ante la necesidad de la continuidad y buen funcionamiento de la comisión y en el marco de la Normatividad Legal Vigente.
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ARTÍCULO SEGUNDO. —Dispcner la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
CONSEJERO REGIONAL
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