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164 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 164_27Diciembre2024

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 164-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 27 de diciembre del 2024 VISTO:

En la Sesión Extraordinaria N° 036-2024, del 27 de diciembre del 2024, del tratamiento’ del punto de agenda siguiente: “Tratamiento de los 10 informes elaborados por la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción, referentes a la investigación sobre el proceso de contratación de los servicios y comprar desarrollados en la Dirección Regional de Salud de Tumbes en el año 2023 hasta el mes de abril del 2024, por los proveedores y/o empresas contratistas siguientes:

  1. Pizarro Ruiz, Naysha Yoselin, con RUC 10727640288. 2) Jayca Construcciones EIRL, con RUC 20607918199. 3) Servicios Industriales y Construcciones Alfa SCR., con RUC 20409489029; cuyo inicio y Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales del Departamento de Tumbes (PTAF), fue aprobado con el Acuerdo de Consejo Regional N° 113-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD”. XN

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Politico del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, mediante la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 14°, inciso b) penúltimo párrafo, establece que el Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas organiza su trabajo en Comisiones;

Que, de conformidad con el artículo 39° de la Ley Ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, la Ley N° 31812 - Ley que modifica la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modificó el artículo 15°, inciso k de la Ley N° 27867, de la forma como sigue “Son atribuciones del Consejo Regional: (...) k

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Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización”;

Que, con el Acuerdo de Consejo Regional N° 071-2024/GOB. REG. TUMBES-CRCD, del 14 de junio del 2024, se aprobó lo siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO. - ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción, lleve a cabo la investigación referente al proceso de contratación de los servicios y compras desarrollados en la Dirección Regional de Salud de Tumbes en el año 2023 hasta el mes de abril del 2024, por los siguientes proveedores y/o empresas contratistas:

a) PIZARRO RUIZ NAYSHA YOSELIN, con RUC N° 10727640288

b) JAYCA CONSTRUCCIONES EIRL, con RUC N° 20607918199

e) SERVICIOS INDUSTRIALES Y CONSTRUCCIONES ALFA SRL, con RUC N°

20409489029.

ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACION DE LOS CONSEJEROS REGIONALES DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES (PTAF), ELABORADO POR MIEMBROS DE LA COMISION ORDINARIA DE FISCALIZACION Y ANTICORRUPCION PERIODO 2024, relativa a: “Investigar sobre el proceso de contratación de los servicios y compras desarrollados en la Dirección Regional de Salud de Tumbes en el año 2023 hasta el mes de abril del 2024, por los siguientes proveedores y/o empresas contratistas:

a) PIZARRO RUIZ NAYSHA YOSELIN, con RUC N° 10727640288

b) JAYCA CONSTRUCCIONES EIRL, con RUC N° 20607918199

Cc) SERVICIOS INDUSTRIALES Y CONSTRUCCIONES ALFA SRL, con RUC N°

20409489029.

Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 113-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, del 11 de setiembre del 2024, se autorizó a los miembros de la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción inicien las investigaciones encomendadas con el Acuerdo de Consejo Regional N° 071-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD a partir del día 01 de octubre del 2024 al 30 de noviembre del 2024, debiendo ajustar sus actividades detalladas en el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), aprobado con citado Acuerdo de Consejo Regional al nuevo plazo otorgado”;

Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 147-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, del 12 de diciembre del 2024, se amplio por el plazo de 30 días calendarios la investigación llevada a cabo por la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción, aprobada con el Acuerdo de Consejo Regional N° 071-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, la misma que se computa a partir del día 01 de diciembre del 2024, siendo este un día después de la fecha de culminación del plazo ampliatorio aprobado con el Acuerdo de Consejo N° 113-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD; a la vez se aprobó el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) ampliada;

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Que, mediante INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio “MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL LABORATORIO DE REFERENCIA REGIONAL DE SALUD PÚBLICA, DISTRITO DE TUMBES - PROVINCIA DE TUMBES - TUMBES”;

Que, mediante INFORME N° 015-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio “MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA CORRECTIVO DE LA COBERTURA PARA MEJORAR LAS CONDICIONES DEL PRESUPUESTO DE SALUD CRUZ BLANCA”;

Que, mediante INFORME N° 016-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio “MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE SALUD DE AGUAS VERDES NIVEL 1-3 MICRO RED ZARUMILLA, DISTRITO DE AGUAS VERDES, PROVINCIA ZARUMILLA — TUMBES”;

Que, mediante INFORME N° 017-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio “MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PUESTO DE SALUD DE PUERTO PIZARRO 1-2, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, REGION TUMBESDECRETO SUPREMO 102-2023-EF";

Que, con el INFORME N° 018-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio "MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PUESTO DE SALUD LA PALMA 1-2, DISTRITO DE PAPAYAL, PROVINCIA DE ZARUMILLA, ZARUMILLA, REGIÓN TUMBESDECRETO SUPREMO 122-2023-EF";

Que, con el INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio "MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE SALUD ANDRES ARAUJO MORAN

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FUMEE 1-3, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, REGIÓN TUMBES- DECRETO SUPREMO 102-2023-EF"

= Que, con el INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del

¿5 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo ocial, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación ealizada al servicio "MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA EN LOS SERVICIOS HIGENICOS Y LABORATORIO DEL PUESTO DE SALUD GERARDO GONZALES VILLEGAS 1-2, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, REGIÓN DE TUMBES";

Que, con el INFORME N° 021-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio "MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PUESTO DE SALUD DE CABUYAL NIVEL 1-2 MICRRED PAMPA GRANDE, DISTRITO DE SAN JUAN DE LA VIRGEN, PROVINCIA TUMBES, REGIÓN TUMBES-DECRETO SUPREMO 102-2023-EF";

Que, con el INFORME N° 022-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio “MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PUESTO DE SALUD LOMA SAAVEDRA NIVEL 1-1 PROVINCIA DE ZARUMILLA DEPARTAMENTO DE TUMBES”;

Que, con el INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 26 de diciembre del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe sobre la investigación realizada al servicio “MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE SALUD CANAVERAL NIVEL 1-3 MICRORED ZORRITOS, DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA CONTRALMIRANTE VILLAR, TUMBES - DECRETO SUPREMO 102-2023-EF";

Que, en el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de la fecha, del tratamiento del punto de agenda detallado en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Consejero Regional — Abg. Romario Rai Prescott Núñez — Presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción dio a conocer a los señores consejeros regionales que integrantes de citada Comisión han elaborado los informes finales detallados en los considerandos precedentes, los mismos que fueron aprobados por unanimidad;

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos.

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 164-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno

del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional N° 03- 2015/GOB.REG.TUMBES-CR;

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR los informes elaborados por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción, detallados en los considerandos del presente Acuerdo de Consejo Regional, siendo estos los siguientes:

  1. INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN
  2. INFORME N° 015-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN
  3. INFORME N° 016-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN
  4. INFORME N° 017-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN
  5. INFORME N° 018-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN
  6. INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN
  7. INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-
  8. INFORME N° 021-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-|
  9. INFORME N° 022-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-| 10)INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN

ARTÍCULO SEGUNDO. — REMÍTASE el INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO TERCERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto, desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL LABORATORIO DE REFERENCIA REGIONAL DE SALUD PÚBLICA, DISTRITO DE TUMBES - PROVINCIA DE TUMBES -TUMBES”.

ARTÍCULO CUARTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO QUINTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la

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Contraloria General de la Republica, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO SEXTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO SEPTIMO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO OCTAVO.- REMÍTASE el INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO NOVENO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 014-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBES- GGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO DECIMO.- REMÍTASE el INFORME N° 015-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO DECIMO PRIMERO.- REMITASE un ejemplar del INFORME N° 015- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA COBERTURA PARA MEJORAR LAS CONDICIONES DEL PUESTO DE SALUD CRUZ BLANCA" y conformidad para el pago.

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 164-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 015- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional

de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

S ARTÍCULO DECIMO TERCERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 015-

} 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación yy sustentatoria a la Contraloría General de la Republica, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO DECIMO CUARTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 015- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO DECIMO QUINTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 015- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO DECIMO SEXTO.- REMÍTASE el INFORME N' 015-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO DECIMO SEPTIMO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 015- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Procurador General de la República, para conocimiento y en el marco de sus funciones realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO DECIMO OCTAVO.- REMÍTASE el INFORME N° 016-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO DECIMO NOVENO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 016- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE SALUD DE

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3 GOBIERNO REGIONAL TUMBES fr CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”.

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AGUAS VERDES NIVEL I-3 MICRO RED ZARAMILLA, DISTRITO DE AGUAS VERDES, PROVINCIA ZARUMILLA-TUMBES”.

ARTÍCULO VIGECIMO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 016-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que ¡| correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO VIGECIMO PRIMERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 016-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO VIGECIMO SEGUNDO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 016- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO VIGECIMO TERCERO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 016- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO VIGECIMO CUARTO.- REMÍTASE el INFORME N° 016-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO VIGECIMO QUINTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 016- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBES- GGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO VIGECIMO SEXTO.- REMÍTASE el INFORME N° 017-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

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45 GOBIERNO REGIONAL TUMBES EN CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 164-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

ARTÍCULO VIGECIMO SEPTIMO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 017- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN la documentación sustentatoria a la Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PUESTO DE SALUD DE PUERTO PIZARRO 1-2, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, REGION TUMBESDECRETO SUPREMO 102- 2023-EF".

ARTÍCULO VIGECIMO OCTAVO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 017- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO VIGECIMO NOVENO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 017- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO.- REMITASE copia del INFORME N° 017-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 017- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO.- REMÍTASE el INFORME N° 017- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 017- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

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menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBES- GGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO.- REMITASE el INFORME N° 018-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 018- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN la documentación sustentatoria a la Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional=de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PUESTO DE SALUD LA PALMA 1-2, DISTRITO DE PAPAYAL, PROVINCIA DE ZARUMILLA, REGIÓN TUMBES-DECRETO SUPREMO 122-2023-EF".

ARTÍCULO TRIGESIMO SEXTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 018- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEPTIMO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 018-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 018- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 018- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.- REMÍTASE el INFORME N° 018-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junin y Ayacucho”.

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el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan

ARTÍCULO CUADRAGESIMO PRIMERO.- REMITASE copia del INFORME N° 018-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBESGGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO.- REMÍTASE el INFORME N° 019- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO CUADRAGESIMO TERCERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE SALUD ANDRES ARAUJO MORAN 1-3, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, REGIÓN TUMBES-DECRETO SUPREMO 102-2023-EF".

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO CUARTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEXTO.- REMITASE copia del INFORME N° 019- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

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ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEPTIMO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO OCTAVO.- REMÍTASE el INFORME N° 019- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO NOVENO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 019-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBESGGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO.- REMÍTASE el INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO. REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA EN LOS SERVICIOS HIGENICOS Y LABORATORIO DEL PUESTO DE SALUD GERARDO GONZALES VILLEGAS |- 2, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, REGIÓN DE TUMBES".

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

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ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO TERCERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO CUARTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO QUINTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO SEXTO.- REMÍTASE el INFORME N° 020- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO QUINCUAGESIMO SÉPTIMO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 020-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes”, aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBESGGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO OCTAVO.- REMÍTASE el INFORME N° 021- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan e inste a los responsables del Área de Logística así como también al Jefe del establecimiento de Salud que emitió la conformidad para que verifiquen que toda la documentación este dentro del marco legal y verifique que lo detallado corresponda a la realidad, dado que los términos de referencia señalan una denominación del servicio realizado y en las actas de supervisión, señala que el servicio quien corresponde a otro Distrito.

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ARTICULO QUINCUAGESIMO NOVENO.- REMITASE un ejemplar del INFORME N° 021-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO SEXAGESIMO.- REMÍTASE el INFORME N° 021-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO PRIMERO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 021- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBES- GGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO SEGUNDO.- REMÍTASE el INFORME N° 022- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO TERCERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 022-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO CUARTO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 022-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO QUINTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 022- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO SEXTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 022- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 164-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO SEPTIMO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 022-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que realice las acciones que correspondan en el marco de sus funciones.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO OCTAVO.- REMÍTASE el INFORME N° 022- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO SEXAGÉSIMO NOVENO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 022- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBES- GGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO.- REMÍTASE el INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Director Regional de Salud Tumbes para conocimiento y realice las acciones que correspondan.

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO PRIMERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a Secretaria Técnica responsable del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que evalué la conducta administrativa y funcional de los funcionarios y/o servidores que participaron en todo el procedimiento del servicio, entiéndase esto desde el requerimiento hasta la entrega del servicio de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE SALUD CAÑAVERAL NIVEL 1-3 MICRORED ZORRITOS, DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA CONTRALMIRANTE VILLAR, TUMBES-DECRETO SUPREMO 102- 2023-EF".

ARTICULO SEPTUAGESIMO SEGUNDO.- REMITASE un ejemplar del INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Organo de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.

Av. La Marina N° 200 - Tumbes 15

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 164-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO TERCERO.- REMÍTASE un ejemplar del INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales que correspondan.

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO CUARTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 023- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación contra los que resulten responsables, por presunta omisión de actos funcionales.

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO QUINTO.- REMÍTASE copia del INFORME N° 023- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN con la documentación sustentatoria al Procuraduría Publica Regional de Tumbes, para que efectúe el seguimiento y se incorpore como parte agraviada en los actos de investigación que realice el Ministerio Público por los hechos que se ponen de conocimiento con citado informe.

ARTÍCULO SEPTUAGESIMO SEXTO.- REMÍTASE el INFORME N° 023- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Órgano Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE), para que en el marco de sus funciones realice las acciones que a su función correspondan.

ARTÍCULO SEPTUAGESIMO SÉPTIMO.- REMITASE copia del INFORME N° 023-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COFA-P-RRPN al Gerente General Regional, para que en el marco de sus funciones disponga se evalúe en forma permanentemente el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva N° 003- 2017/GOB. REG. TUMBES-GGR- GRPPAT-SGDI-SG, "Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes, Servicios y Consultorías por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes en el Pliego Gobierno Regional Tumbes", aprobado con la Resolución Gerencial General Regional N° 0045-2017/GOB. REG. TUMBESGGR, del 15 de febrero del 2017, en el marco de lo señalado en el numeral 11.7 de acotada Directiva.

ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO OCTAVO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

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SAMMY HDYA Te: SAM cheno REGIONAL

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