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159 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 159_27Diciembre2024

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oe GOBIERNO REGIONAL TUMBES

CONSEJO REGIONAL

“Ato del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 159-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 27 de diciembre de 2024

VISTO:

En la Sesión Extraordinaria N° 035- 2023, de fecha 27 de diciembre de 2024, se debatió el punto de agenda: “Elección de las Comisiones Ordinarias del Consejo Regional de Tumbes”, en lo que respecta a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley N.° 27680 — Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley N.° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 14°, inciso b) penúltimo párrafo, establece que el Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas organiza su trabajo en Comisiones;

Que, de conformidad con el artículo 39° de la Ley Ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N.° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, publicada en el Diario Oficial “ establece que para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones, las mismas que pueden ser ordinarias, investigadoras y especiales, y en su artículo 104°, señala que las comisiones ordinarias se constituyen con los consejeros que se designen por Acuerdo de Consejo Regional y su duración es anual;

Av. La Marina N° 200 — Tumbes Telef.: 072-524464 1

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 159-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Que, citada normatividad en su artículo 105°, señala que: “Las Comisiones están conformadas por tres (03) consejeros como mínimo, quienes elegirán a un Presidente, un Secretario y Vocales. En la conformación de las Comisiones se procurará aplicar los principios de pluralidad, proporcionalidad y especialidad en la materia. La distribución de los Consejeros en las mismas se racionaliza de modo tal, que ningún Consejero pertenezca a más de tres Comisiones Ordinarias ni menos de una”;

Que, precitado Reglamento Interno en su Artículo 111°, establece que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, cuenta con las siguientes Comisiones Ordinarias: a) Comisión de Desarrollo Económico, b) Comisión de Desarrollo Social, c) Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, d) Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, e) Comisión de Infraestructura, f) Comisión de Fiscalización y Anticorrupción;

Que, en el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de la fecha, del tratamiento del punto de agenda expuesto en el VISTO del presente Acuerdo de Consejo Regional, se determinó que, para la conformación de las comisiones ordinarias, se debe elegir al Presidente de Comisión, quien luego elegirá a sus integrantes de Comisión, siendo el Secretario de la misma al primero que elija y Vocal al segundo que asimismo elija;

Que, en relación a la elección del Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, el Consejero Regional en Pleno eligió al Consejero Regional Romario Rai Prescott Núñez como Presidente, quien eligió al Consejero Regional Jenrry Mario Risco Castillo como Secretario y al Consejero Regional Roberto Alan Ríos Herrera como Vocal;

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. - CONFORMAR la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes para el Periodo Anual 2025, la misma que ha quedado integrada por los siguientes consejeros regionales:

Av. La Marina N° 200 — Tumbes Telef.: 072-524464 2

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y A lyacucho”

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COMISION ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL

  1. Romario Rai Prescott Núñez - Presidente
  2. Jenrry Mario Risco Castillo - Secretario
  3. Roberto Alan Ríos Herrera - Vocal

ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

DS lON A] TUMBES

UZ PEÑA le ei RO REGIONAL

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7866467-159_27diciembre2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9612792/7866467-acuerdo-consejo-regional-n159_27diciembre2024.pdf