Acuerdo de Consejo Regional N.° 134_20Noviembre2024
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y Hy Conmemoración de las heroicas Batallas de Junin y Ayacucho” SisGeDo
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL ¡[doc.| /24522/.
N° 134-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD2”. 1/64 43 YC:
Tumbes, 20 de noviembre de 2024
VISTO:
En la Sesion Extraordinaria N° 031-2024, de fecha 20 de noviembre del 2024, se a trató el punto de agenda: “Saludar a los Alcaldes Distritales y Provinciales del : A Departamento de Tumbes, por celebrar la Creación a elevación a Departamento / “¿Tumbes y sus Provincias: Tumbes, Contralmirante Villar y Zarumilla, y a sus Distritos:
de Papayal, Matapalo y Casitas".
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)";
Que, los artículos 188” y192° de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;
Que, el artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;
Que, el departamento de Tumbes, fue creado el año de 1942 con ley N° 9667, considerada ciudad GLORIOSA Y VICTORIOSA por la campaña militar de 1941;
Que, Tumbes es una ciudad cuyo eje de desarrollo se cimienta en la agricultura, pesca, acuicultura y comercio;
Que, en esta fecha celebramos también la elevación a categoría de provincia de las ciudades de Contralmirante Villar y Zarumilla;
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 134-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Que, este mismo día 25 de noviembre, celebran su fecha de creación los distritos de Zorritos y Casitas ubicados en la Provincia de Contralmirante Villar del Departamento de Tumbes;
Que, igualmente el 25 de noviembre se conmemora la creación ae los distritos de Papayal y Matapalo ubicados en la Provincia de Zarumilla del Departamento de Tumbes;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. — EXPRESAR el saludo y felicitación a la ciudad de Tumbes, por su 82 aniversario de elevación a Departamento.
ARTÍCULO SEGUNDO. — EXPRESAR el saludo y felicitación a las Provincias de Contralmirante Villar y Zarumilla, por su 82 aniversario de creación política.
ARTÍCULO TERCERO. - EXPRESAR el saludo y felicitación a los Distritos de Zorritos, Casitas, Papayal y Matapalo, por su 82 aniversario de creación política.
ARTÍCULO CUARTO. — NOTIFÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gobernador Regional de Tumbes, a los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Tumbes, de Contralmirante Villar y de Zarumilla y, a los Alcaldes de la Municipalidades Distritales de Zorritos, Casitas, Papayal y Matapalo.
ARTÍCULO QUINTO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 2
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7865645-134_20noviembre2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9611354/7865645-acuerdo-consejo-regional-n134_20noviembre2024.pdf