Acuerdo de Consejo Regional N.° 122_15Octubre2024
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“Ano del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 122-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 15 de octubre del 2024 VISTO:
En la Sesión Extraordinaria N° 027-2024 del Pleno del Consejo Regional del
Gobierno Regional de Tumbes, del 15 de octubre de 2024, del tratamiento del
punto de agenda: “Tratamiento del cumplimiento del artículo 39-A y articulo 39- LES B de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia SA “<>. Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar”, se propuso se tome la ES £ | Ys EN decisión de conformar una Comisión Investigadora que investigue sobre el 6 I |) cumplimiento de citada norma.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Politica del Perú, modificada por la Ley N° 28607, Ley de Reforma de los artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú, la misma que en su artículo 191” establece que, la estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, en su artículo 14°, establece que: “Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en comisiones”; en su artículo 15°, inciso k., señala que el Consejo Regional tiene la atribución de: “Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”; y en su artículo 39°precisa que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en el artículo 16°, inciso c) señala que son obligaciones de los Consejeros Regionales de Tumbes: “Integrar las comisiones ordinarias, investigadoras y especiales”, y en su artículo 103*, precisa que: “Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones, las mismas que pueden ser ordinarias, investigadoras y especiales”;
Que, acotado Reglamento Interno en su artículo 120”, en relación a la conformación de la Comisión Investigadora señala lo que a la letra dice: “Comisiones Investigadoras, son aquellas que el Consejo Regional conforma por
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1
Pr GOBIERNO REGIONAL TUMBES : CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 122-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
acuerdo de la mitad más uno del número legal de sus miembros para realizar indagaciones como consecuencia de denuncias, quejas y/o presunción de irregularidades que se presenten en el desempeño de la función pública por parte de los Gerentes, funcionarios o servidores del Gobierno Regional. El plazo de duración de las Comisiones Investigadoras será el que se determine en el acuerdo de su creación, pudiendo renovarse dicho plazo las veces que lo estime conveniente el Pleno del Consejo. Sus labores culminan cuando presentan sus informes finales”;
Que, del tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del presente documento, los consejeros regionales debatieron la procedencia o no de la decisión de conformar una Comisión Investigadora que lleve a cabo la investigación sobre el cumplimiento del artículo 39-A y articulo 39-B de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional N° 003- 2015/GOB. REG. TUMBES-CR;
SE ACORDO POR MAYORÍA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APRUEBESE LA DECISIÓN DE CONFORMAR la Comisión Investigadora que investigue sobre el cumplimiento del artículo 39-A y articulo 39-B de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar
ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
ARTICULO TERCERO. - Publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7864994-122_15octubre2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9610764/7864994-acuerdo-consejo-regional-n122_15octubre2024.pdf