Acuerdo de Consejo Regional N.° 121-2025_22DIC2025
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
Reo'
CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peru
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL 00C
SisGeDo
,
CONSEJO RECIDNAL
NO 121-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-C
Tumbes, 22 de diciembre de 2025 VISTO: En la Extraordinaria NO 027-2025, de fecha 22 de diciembre de 2025, se debatió el del 009NO al de punto Informe referido tratamiento agenda la elaborado Ordinaria 2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODE-P-DAR, Comisión por de Desarrollo Económico, sobre informe final de la investigación del Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) Referente a la FISCALIZAR LA
EGALIDAD DE LA ENTREGA DE UNIFORMES A PERSONAL TERCEROS EN A DIRECCIÓN DE FORESTAL Y FAUNA SILVESTRE Y ASUNTOS MBIENTALES AGRARIOS"; EL MISMO QUE SERÁ DESARROLLADO POR OS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES, aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 095-2025/GOB. REG. TUMBES-CR-CD. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con Ia Constitución Política del Estado, Ley N.0 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley N.O 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece la autonomía el derecho y capacidad efectiva del gobierno en
es que sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, de conformidad con el artículo 390 de la Ley ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ley NO 31812, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ia misma que para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modificó el artículo 150, inciso k de la Ley NO 27867, de la forma como sigue "Son atribuciones del Consejo Regional: (...) k Fiscalizar Ia gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se
incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen
al Consejo Regional Ia capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización";
Que, la Ley NO 27815 Ley del código de ética de la función pública, en su artículo 70, respecto al uso adecuado de los Bienes del Estado Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 121-2025/GOB.REGaTUMBES-CR-CD
Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados; Que, la Ley NO 30057 Ley del Servicio Civil, en su articulo 850 falta de carácter disciplinario Son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con suspensión temporal o con destitución, previo proceso administrativo en el inciso f) la utilización o disposición de los bienes de la entidad pública en beneficio propio o de terceros; ue, mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 095-2025/GOB.REG.TUMBESR-CD, de fecha 24 de octubre del 2025, se aprobó por unanimidad lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR el inicio de la fiscalización sobre "Fiscalizar presuntas irregularidades en la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes: 1) Fiscalizar la legalidad de designación y/o encargatura del Director de la Dirección de Infraestructura Hidráulica de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, presuntamente financiada por Proyecto de Inversión Pública de la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 2) Fiscalización del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N031145, respecto a la entrega del título a favor del señor Segundo Palacios Riofrio, realizada por la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 3) Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniformes a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios"; el mismo que será desarrollado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de
Tumbes;
Que, mediante Informe NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODE-P-DAR, de fecha 24 de noviembre del 2025, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, alcanzaron al Consejero Delegado Roberto Alan Ríos Herrera, el Informe final de investigación sobre Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniformes a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios"; el mismo que será desarrollado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Tumbes; Que, la finalidad de la citada fiscalización es verificar la legalidad y correcta implementación de la entrega de uniformes al personal contratado por terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos del Gobierno Regional de Tumbes. Del análisis efectuado se advierte que la entrega de uniformes institucionales a personal que presta servicios bajo la modalidad de locación de servicios o tercerización no se encuentra prevista en la normativa aplicable ni en los instrumentos de gestión de la entidad, lo cual contraviene el principio de legalidad consagrado en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nao 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. Este principio establece que las entidades públicas solo pueden actuar dentro del marco de sus competencias y conforme a la normativa vigente, situación que no se ha observado en el presente caso. Que, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de la fecha, al abordarse el punto de agenda señalado en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 121-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Ing. Diego Alemán Ramírez, expuso el contenido del Informe NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CRCODE-P-DAR, de fecha 24 de noviembre de 2025. Asimismo, durante el debate, los señores Consejeros Regionales formularon las intervenciones y deliberaciones correspondientes respecto del contenido del citado informe; por lo que, concluido el debate, este fue sometido a votación, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos.
27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional NO 032015/GOB.REG.TUMBES-CR; ,
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO.
APROBAR el Informe NO 009-2025/GOB.REG.TUMBESCR-CODE-P-DAR, de fecha 24 de noviembre del 2025, formulado por la Comisión
Ordinaria de Desarrollo Económico, referente a Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniformes a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios.
ARTÍCULO
del 009REMÍTASE Informe copia SEGUNDO. la 2025/GOB.REG,TUMBES-CR-CODE-P-DAR, junto documentación a sustentatoria, a la Contraloría General de la República, para que en el marco de sus funciones efectúe las acciones que correspondan.
ARTÍCULO
del REMÍTASE 009Informe copia TERCERO. la 2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODE-P-DAR, junto documentación a sustentatoria, al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de aperturar investigación correspondiente contra los que resulten responsables.
ARTÍCULO
REMÍTASE copia del Informe 009CUARTO. la documentación 2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODE-P-DAR, junto a sustentatoria al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), para que, en el marco de sus competencias, brinde
orientación técnica y/o realice las acciones que estime pertinentes relacionadas con la adecuada gestión de los recursos forestales y el de bienes institucionales
uso
vinculados a las funciones del personal de la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios, a fin de evitar la reiteración de hechos similares.
ARTÍCULO QUINTO.
DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. GO SERNO
LSt.
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
REGIONAL
ROBERTO
HERRERA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7874726-121-2025_22dic2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9622524/7874726-acuerdo-consejo-regional-121-2025_22dic2025.pdf