Acuerdo de Consejo Regional N.° 117-2025_11DIC2025
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Per
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
SisGeDo Doc.
NO 117-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-C
O O
F,xp,
Tumbes, 11 de diciembre del 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 026-2025, del 1 1 de diciembre del 2025, del punto de agenda: Aprobación del Reglamento de la Audiencia Pública Anual de Rendición de Cuentas de los Consejeros Regionales de Tumbes Periodo Anual 2025.
ONSIDERANDO: Política del Perú, modificada por Ley NO 27680 Ley de eforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, y la Ley NO 28607- Ley de Reforma de los artículos 91, 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, refiere que los gobiernos regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; ue, la Constitución
Que, a través de la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, se crean los Gobiernos Regionales, en cada uno de los departamentos del país, como personas jurídicas de derecho público con autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su
administración económica y financiera un pliego presupuestal;
Que, el artículo 20 de Ia Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y
administrativa
en
asuntos
de
su
competencia,
constituyendo,
para
su
administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal". Asimismo, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el artículo 370 de la Ley ut supra, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones y en
relación al Consejo Regional emite Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; y su artículo 390 señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su
voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el artículo único de la Ley NO 29053 que modifica el artículo 110 (...) de la de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: "Que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Está integrado por los Consejeros Regionales, elegidos por sufragio directo por un periodo de cuatro (4) años". Tal es así, que el Consejo Regional de Tumbes Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 117-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
cuenta con representantes de cada provincia, siendo así: Tumbes tiene cuatro (4) representantes, Zarumilla tiene dos (2) representantes y Contralmirante Villar tiene un (1) representantes, en total siete (7) consejeros regionales; Que, el artículo 30 de la Ley 31433, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a los derechos y obligaciones funcionales de los consejos regionales, incorporo en el artículo 160 de la Ley ut supra el inciso f), en el mismo que se señala que, es un derecho y una obligación funcional lo siguiente: "Rendir cuentas de su labor. Para tal efecto, llevan a cabo, al menos, la audiencia anual de de cuentas provincia rendición pública en una que
representan",
Que, el Consejero Delegado Alterno, Ing. Diego Alemán Ramírez, ha presentado ante el Pleno del Consejo Regional la propuesta del Reglamento de la Audiencia Pública Anual de Rendición de Cuentas de los Consejeros Regionales de Tumbes Periodo Anual 2025; —
Que, durante el desarrollo del punto de agenda señalado en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Consejero Delegado Alterno, Ing. Diego Alemán Ramírez, sustentó los fundamentos y motivos que justifican la aprobación del referido Reglamento de la Audiencia Pública Anual de Rendición de Cuentas;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional NO 0032015/GOB. REG. TUMBES-CR; ,
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTICULO PRIMERO. APRUÉBESE el Reglamento de la Audiencia Pública Anual de Rendición de Cuentas de los Consejeros Regionales de Tumbes
Periodo Anual 2025.
DISPENSAR al presente Acuerdo de Consejo ARTICULO SEGUNDO. Regional del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
ARTICULO TERCERO. Publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGíSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHíVESE. TUMBES Ing. DIEGO
CONSEJ
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
IREZ
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