Skip to content
L Legalize.pe
115-2025 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 115-2025_02DIC2025

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL TUMBE DOC. CONSEJO REGIONAL

I

Expo

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 115-2025/GOBaREG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 02 de diciembre del 2025 VISTO: En la Sesión Ordinaria N.0 013-2025, de fecha 02 de diciembre del 2025, durante Ia estación de Pedidos, el Consejero Regional Sammy Edward Cruz Peña, solicitó al Pleno del Consejo Regional recomendar a la Comisión Ordinaria de

Desarrollo Social, dentro del marco normativo que la Ley establece, lo siguiente: a)

Solicitar información sobre el vínculo laboral de la Dra. Jaffry Vargas Jara, servidora del Hospital Regional Jamo 11-2 Tumbes.

b)

Solicitar al Director Regional de salud, que dentro de sus prerrogativas legales realice la rotación del médico especialista en oftalmología de la posta de salud de Malval y del ginecólogo de la posta de salud de Zarumilla, para que cumplan labor en el Hospital Regional Jamo 11-2, por necesidad de servicio, debido a las diversas falencias que dicho nosocomio presenta.

CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley NO 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, y la Ley NO 28607- Ley de Reforma de los artículos 91, 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, refiere que los gobiernos regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, se crean los Gobiernos Regionales, en cada uno de los departamentos del país, como personas jurídicas de derecho público con autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal;

Que, de conformidad con la Ley N027867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma ley señala que el Consejo Regional tiene Ia atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y Que, el artículo 370 de la Ley ut supra, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones y en relación al Consejo Regional emite Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; y su artículo 390 señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 115-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente Reglamento; Que, durante el desarrollo de la Sesión Ordinaria, al abordarse los pedidos descritos en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional y luego del debate correspondiente ante los mencionados pedidos, el Pleno del Consejo Regional adoptó las decisiones conforme a sus atribuciones y en observancia de la normativa legal vigente;

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional NO 0032015/GOB. REG. TUMBES-CR; se aprobó la petición efectuada por el Consejero Sammy Edward Cruz Peña. ,

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

RECOMENDAR a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social dentro del marco normativo que la Ley establece, lo siguiente:

ARTICULO PRIMERO.

a)

Solicitar información sobre el vínculo laboral de la Dra. Jaffry Vargas Jara, servidora del Hospital Regional Jamo 11-2 Tumbes.

b)

Solicitar al Director Regional de salud, que dentro de sus prerrogativas legales realice la rotación del médico especialista en oftalmología de la posta de salud de Malval y del ginecólogo de la posta de salud de Zarumilla, para que cumplan labor en el Hospital Regional Jamo 11-2, por necesidad de servicio, debido a las diversas falencias que dicho nosocomio presenta.

PUBLÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo ARTICULO SEGUNDO. Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. O RECSON

ges

Yet

Av. La Marina NO 200

Tumbes


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7874601-115-2025_02dic2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9622314/7874601-acuerdo-consejo-regional-115-2025_02dic2025.pdf