Acuerdo de Consejo Regional N.° 112-2025_01DIC2025
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruanaft
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 1 12-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 01 de diciembre del 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 025-2025 de fecha 01 de diciembre del 2025, se debatió el punto de agenda referido al Informe del Gobernador Regional de Tumbes y del Jefe de la Oficina Regional de Gestión de Riesgo y Desastres del Gobierno Regional Tumbes, sobre la ejecución de fichas de actividades de emergencias realizadas en el periodo 2025 y las actividades de prevención que se tienen programadas para el periodo 2026 y otros.
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley NO 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, y la Ley NO 28607- Ley de Reforma de los artículos 91, 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, refiere que los gobiernos regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, se crean los Gobiernos Regionales, en cada uno de los departamentos del país, como personas jurídicas de derecho público con autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal;
Que, de conformidad con la Ley N027867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y
Que, el artículo 370 de la Ley ut supra, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones y en relación al Consejo Regional emite Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; y su artículo 390 señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su
voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia
normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente Reglamento;
Av. La Marina NO 200
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Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 1 12-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Que, mediante Oficio NO 367-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, de fecha 27 de noviembre de 2025, se cursó invitación al Jefe de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, Mg. Ing. Juan Carlos Ramírez Astudillo, a fin de que informe sobre las acciones realizadas en relación al punto de agenda
descrito en el visto del presente Acuerdo;
Que, a través del Oficio NO 249-2025/GOB.REG.TUMBES-GR-OFREGERD-JO, de fecha 01 de diciembre de 2025, el Jefe de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres comunicó su inasistencia a la Sesión Extraordinaria convocada, alegando tener una reunión previamente programada con el Alcalde y el Secretario Técnico de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar —
Zorritos; Que, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria, al abordarse el punto de agenda expuesto en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, y al tener conocimiento del documento presentado por el citado funcionario mediante el cual solicita la reprogramación de su participación, los Consejeros Regionales manifestaron su malestar, señalando que no sería la primera vez que dicho funcionario es convocado y que sus inasistencias son reiteradas, así como el incumplimiento en la atención oportuna de los pedidos de información formulados por el Consejo; por lo que, luego del debate correspondiente, el Pleno adoptó las decisiones conforme a sus atribuciones y en observancia de la
normativa legal vigente;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional NO 0032015/GOB. REG. TUMBES-CR,• ,
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTICULO PRIMERO. SOLICITAR al Secretario del Consejo Regional un informe sobre las faltas e inconcurrencias reiteradas al Pleno del Consejo Regional, así como sobre el incumplimiento en la entrega de la información solicitada por parte del Jefe de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, Mg. Ing. Juan Carlos Ramírez Astudillo, a fin que dicho informe sea evaluado en una próxima sesión del Consejo Regional.
PUBLÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo ARTICULO SEGUNDO. Portal el Web del Gobierno Regional de Tumbes. Regional en
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. CrO?dERNO
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CONSEJERO Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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